Ordenanza Municipal N° 113/2017/2017
DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO – OBRAS DE PAVIMENTACION..
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA Nº 113/17
TEMA: DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO – OBRAS DE
PAVIMENTACION
VISTO: La Resolución Nº 1462/2017, en la cual se produjo el llamado a registro de oposición
de la obra de pavimentación que se realizará en la ciudad de Esquel, (Expte. 181/17) y
CONSIDERANDO:
Que, se publicó el edicto en el diario local para el llamado al Registro de Oposición con fechas,
martes 27, miércoles 28 y jueves 29 de Junio del 2017.-
Que, a tal efecto se habilitó y puso a disposición de los frentistas afectados por la obra de
Pavimentación, el libro de Actas correspondiente, en la mesa de entradas de la Municipalidad de
Esquel en calle Mitre Nº 524 para aquellos que quisieren expresar su oposición, el cual estuvo
abierto durante el término de quince (15) días corridos.
Que, según constancia obrante en el libro de actas, se desprende que los frentistas no
realizaron oposición a la mencionada obra.
Que, la pavimentación mencionada acarrea un beneficio importante para la comunidad.
Que, en virtud de lo antedicho es necesario declarar de Utilidad Pública y Pago Obligatorio de
la Obra de Pavimentación que se detalla en el Artículo 1º de la presente, a fin de dar
cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Obras Públicas Nº 206/90.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1°: DECLARESE DE UTILIDAD PÚBLICA Y PAGO OBLIGATORIO, la Obra de
Pavimentación de la arteria que a continuación se detalla, para los frentistas afectados por la
obra, como asimismo aquellos vecinos de las calles transversales que se encuentran ubicados
dentro de los cincuenta metros, o mitad de cuadra, de las intersecciones de las bocacalles a
pavimentar:
? GOBERNADOR TELLO entre Hnos. Paredes e Intendente Catena.
? GOBERNADOR TELLO entre Intendente Catena y Av. Holdich.
? GOBERNADOR TELLO entre Av. Holdich y Pintor Antúnez.
? GOBERNADOR TELLO entre Pintor Antúnez y Concejal Gaffet.
? GOBERNADOR TELLO entre Concejal Gaffet y Padre De Salvo.
? GOBERNADOR TELLO entre Padre De Salvo y Escribano De Bernardi.
? Hnos. Paredes Entre Gob. Tello y Gob. Gallina.
? Hnos. Paredes Entre Gob. Gallina y Lezana.
? Hnos. Paredes Entre Lezana y Malvinas Argentinas.
ART. 2°: AUTORIZASE a la Secretaria de Hacienda a proceder al cobro de la obra
mencionada en el Artículo 1º, de acuerdo al prorrateo por frente lineal, finalizada la misma.
ART.3°: Los precios se establecerán por obra terminada y sujetos a reajustes de las
variaciones de costos que pudieren corresponder por incremento o disminución de ellos. Los
mismos se establecerán una vez terminada la obra, liquidándose las variaciones de costos
definitivas, la cual será aprobada mediante Resolución Municipal.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ART.4°: El monto final de la obra se hará conocer a los frentistas afectados por la misma,
mediante una publicación de un edicto en el Boletín Oficial, fecha a partir del cual quedan
obligados al pago.
ART.5°: Regístrese, comuníquese y Cumplido, Archívese.
Esquel, 10 de Agosto de 2017
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del 2017, bajo Acta 12/17,
registrada como Ordenanza Nº 113/17.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2017.