Ordenanza Municipal N° 130/2020/2020
AUTORIZA EJECUCION RED DE GAS EN BADEN I Y II ESQUEL
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Dellberante
De Esquel
"2020 AÑO DE LA ENFERMERIA - ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZA Nº 130/2020
TEMA: AUTORIZACIÓN EJECUCIÓN RED DE GAS BARRIOS BADÉN I y lI
VISTO: La presentación efectuada por el D.E.M. solicitando autorización para la
ejecución de una red de gas en los Barrios Badén I y II (Expte. 134 / 2020) y
CONSIDERANDO:
Que, la obra se ejecutará con fondos municipales correspondientes al Banco de
Tierras, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 268/18,
Que la mencionada ampliación de la red de gas natural cuenta con proyecto aprobado
por CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., empresa prestadora del servicio;
Que la Municipalidad de Esquel ya ha adquirido los materiales necesarios para la
consirucción esta obra, debiendo contratar a la empresa que realizará la instalación de
las caneras, para poder habilitar el servicio de gas natural.
Que, la obra mencionada significa un beneficio importante para las treinta y seis
famillas que actualmente tienen sus viviendas en el sector a intervenir;
Que, a los fines de mantener el fondo del Banco de Tierras corresponde proceder al
recupero de lo invertido en la construcción de la obra, distribuyendo el costo entre los
vecinos beneficiados por las misma
Que, la Comisión de Obras Públicas habiendo estudiado los antecedentes emite
despacho favorable, autorizando al DEM a contratar la ejecución de la obra dando
cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N° 268/18.
POR ELLO: EL HONORABALE CONCEJO DELIBERANTE DELA CIUDAD DE
ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1º: AUTORIZASE al D.E.M. a contratar la ejecución Obra "RED DE GAS EN
BARRIOS BADEN I y ll de esta ciudad, utilizando fondos del Banco de Tierras, en un
todo de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2 inc. c) de la Ordenanza N° 268/18
ART. 2º: AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda a proceder al cobro de la obra
mencionada en el Artículo 1ª de la presente Ordenanza, de acuerdo al prorrateo por
frente lineal, una vez finalizada la misma, otorgando planes de financiación de hasta
treinta y seis ( 36) cuotas mensuales
El monto de cada cuota se determinará según el método francés de amortización a
interés vencido y con cuota adelantada, aplicándose una tasa de interés no mayor al
UNOPOR CIENTO (1%) mensual. Para la determinación de la cuota se aplicará la
siguiente formula:
Donde:
(1+1)
-1 C: Cuota mensual
C=D*
• *i* (1+1)
D: Deuda determinada
n (1+1) - 1
i: interés mensual
n: Cantidad de cuotas vencidas
ART. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido archívese.
Esquel, 10 de Septiembrè da 2020.
Mc. Lorena Andersor
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en ia 9º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta N°17 /20,
registrada como Ordenanza N° 130 /2020
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese,
dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 16 de SeptiemBre de
2020.
CDOR. TACCETTA MATIAS E
SECRETARIO DE COORDINACIÓN
DE GESTIÓN Y FINANZAS
MUNICIPALIDAD DE ESOUEI
Arq. SERGIO ONGARATO
intendente
Municipalidad de Esquel