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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 112/23/2023

Fecha de Sanción: 2023-08-25
Fecha de Promulgación: 2023-08-29
Ciudad: Esquel, Chubut

APLICACION DE ORDENANZA COEM - MODIFICA 121/19

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD: H. Concejo Deliberante De Esquel" "Año del Cenrenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de le: Democracia (1983-2023)* 'Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MIN*" ORDENANZA N° 112/2023 TEMA: CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA MUNICIPAL (COEM) VISTO: La Ley Nacional N° 27.287 del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, Decreto Reglamentario 383/2017; la Ley XIX N° 24 (antes Ley 4.135) y sus modificatorias y la Ordenanza municipal N° 121/19, (Expte. 176/99) y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 17 de la Ley SINAGIR del Visto se crea el Fondo Nacional de Emergencias con el objetivo de financiar y ejecutar las acciones de respuesta gestionadas por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil; Que, el artículo 14 del Decreto reglamentario 383/2017 de la ley 27.287 establece que el proceso de declaración de emergencia por desastre será iniciado a solicitud de la jurisdicción afectada para, justificar pedidos de ayuda al gobierno provincial y nacional a fin de que el esfuerzo principal (o centro de gravedad de la acción) de la comunidad esté orientado durante su vigencia a afrontar los efectos de la emergencia ocurrida (o ante su inminencia), siendo la destinataria de la declaración del estado de emergencia la propia comunidad integralmente considerada: poder público, organizaciones intermedias y habitantes. Que, en el artículo 20 del Decreto reglamentario 383/2017 de la ley 27.287, los organismos de proteccion civil nacionales, provinciales, o municipales tente a un incidente mayor o desastre, estarán a cargo de la coordinación operativa de todos los elementos humanos y materiales destinados a conjurar el hecho, estando en condiciones de poner en funcionamiento un Centro Operativo de Emergencias (COE) o un Sistema de Comando de Incidente, según corresponda. El voluntariado y las ONG seguirán las directivas e indicaciones de las estructuras operativas oficialmente designadas para intervenir en la crisis en sus tareas de apoyo. Que, en el artículo 17 de la Ley XIX N°24 (antes Ley 4.135) y en el Art: 17 del Decreto reglamentario 383/2017 de la ley 27.287 del Visto son consideradas fuerzas operativas para actuar en el marco de las acciones desplegadas por el SINAGIR los organismos públicos nacionales, provinciales o municipales competentes, entre otros; y que, por lo tanto, serán parte de un COEM. Que, en la Ordenanza N° 121/19 del Visto se establece la constitución de la Dirección de Protección Civil Municipal con el objeto de planificar, organizar y coordinar las acciones referentes a las emergencias que se produzcan en el ejido municipal: Que, en el artículo 3° de dicha Ordenanza del Visto se establece que la Dirección de Protección Civil del Departamento Ejecutivo Municipal, pondrá en funcionamiento el Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM); Que cuenta con despacho favorable de la Comisión de Legales el proyecto de Ordenanza. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1: A los efectos de la aplicación de la Ordenanza 121/19, se constituye el COEM (Centro de Operaciones de Emergencia Municipal), quien realizará la coordinación operativa de todos los recursos humanos y materiales, referidos a emergencias. ART. 2: El Intendente o Intendenta, convoca y desactiva el COEM. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". ART. 3°: EI COEM estará conformado por los siguientes representantes municipales: PRESIDENTE: Intendente o Intendenta, o quien se encuentre a cargo del Ejecutivo Municipal. SECRETARIO/A: Secretario/a de Gobierno u otro Secretario/a Municipal. COORDINADOR COEM: Dirección de Protección Civil, Dependiente de Intendencia. MIEMBROS PERMANENTES: Secretario/a de Gobierno, Secretario/a de Obras Públicas, Secretario/a de Hacienda, Secretario/a de Desarrollo Social, Secretario/a de Ambiente, Secretario/a de Turismo, Secretario/a de Deportes, Director/a de Protección Civil Municipal, jefes y/o representantes de las instituciones detalladas en el art. 4. ART. 4°: Se convocará a participar como integrante del COEM a todas o algunas de las Instituciones, publicas o privadas, según la naturaleza de la emergencia, las cuales incluyen fuerzas operativas del SINAGIR (Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad con asiento en la Jurisdicción) y a los Organismos Provinciales y Nacionales, que a continuación se detallan • EJÉRCITO ARGENTINO • GENDARMERIA NACIONAL (Escuadrón 36) • POLICIA FEDERAL • PREFECTURA NAVAL ARGENTINA • POLICIA PROVINCIA DEL CHUBUT • SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL (U14) • ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES • ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) • ÁREA PROGRAMÁTICA ESQUEL • BOMBEROS VOLUNTARIOS ESQUEL • CAMUZZI, GAS DEL SUR • CARITAS PRELATURA ESQUEL • CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP) • COOPERATIVA 16 DE OCTUBRE Ltda. • COORDINACION DE ANALISIS DE RIESGO AMBIENTAL • HOSPITAL ZONAL ESQUEL • INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA • MINISTERIO DE EDUCACION DEL CHUBUT • POLICIA AEROPORTUARIA • SISTEMA NACIONAL DEL MANEJO DEL FUEGO • SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL (SMN) • SECRETARIA DE BOSQUES DE LA PROVINCIA • UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA SAN JUAN BOSCO • DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD (D.N.V.) ADMINISTRACION DE VIALIDAD PROVINCIAL (A.V.P.) AEROCLUB ESQUEL • GRUPO DE RADIOAFICIONADOS • HIDROELECTRICA FUTALEUFÚ S.A. • EVARSA, EVALUACIÓN DE RECURSOS S. A. • GRUPO DE BUSQUEDA Y RESCATE ESQUEL • CLUB ANDINO ESQUEL • CONSTRUCTORAS VARIAS H. Concejo Deliberante De Esquel* "Año del Centenario de la Municipalida! de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpido de la Democracia (1983-2023)"; "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Populor por el "NO A LA MIN-" PERSONAL TÉCNICO SEGÚN EL TIPO DE EMERGENCIA Y a toda otra institución que, por la característica de la emergencia sea necesario convocar e instituciones que modifiquen su denominación y las que a futuro se creen. ART. 5°: Las instituciones antes mencionadas deberán designar un representante con poder de decisión, quien será el encargado de participar en todas las reuniones y conocer los planes de emergencia y/o contingencia elaborados con su Institución. ART. 6°: Serán funciones de quien coordine el COEM: A) Establecer una efectiva interrelación entre las diferentes áreas que conforman el B) Integrar el proceso de toma de decisiones entre los niveles políticos y técnicos. C) Asistir y asesorar al Intendente, Intendenta o responsable municipal en todo lo relativo a las actividades de gestión preventivas y de planificación realizadas o a realizarse D) Ejecutar las directivas que a tal efecto el Intendente o Intendenta pudiera emitir. ART. 7°: El COEM será el responsable de implementar el plan de emergencia, sus protocolos y planes de contingencia desarrollados localmente y colaborará con los planes provinciales o nacionales que así lo requieran. ART. 8°: Registrese, comuniquese y cumplido, archívese. Esquel, 25 de agosto de 2023. Dr. Manano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel frentes Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10° Sesión Ordinaria del año 2023, bajo Acta N° 22/2023, registrada como Ordenanza N° 112/2023 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 29 de Agosto de 2023. Secretaria de Gobierno lunicipalidad da Esquei Municipalidad de Esquel