Ordenanza Municipal N° 121/2023/2023
DECLARA UTILIDAD PUBLICA OBRA AMPLIACION RED DE GAS CEFERINO SECTOR ALTO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel"
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia(1983- 2023)"
"Año del vigésimo aniversario de la consulta popular por el " NO A LA MINA".
ORDENANZA N° 121/2023
TEMA: DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA DE OBRA DE AMPLIACIÓN
RED DE GAS BARRIO CEFERINO SECTOR ALTO.
VISTO: El requerimiento efectuado por los vecinos del Barrio Ceferino sector alto
de la ciudad de Esquel, de declarar de utilidad pública la Obra "Ampliación Red de
Gas - Barrio Ceferino Sector Alto" (Expte. 116/23), y
CONSIDERANDO:
Que, en reiteradas oportunidades vecinos del Barrio Ceferino Sector Alto, han
solicitado poder gestionar la conexión de gas en el sector, habiendo expresado la
necesidad de las familias de contar con el servicio en sus domicilios.
Que, Camuzzi Gas del Sur ha elaborado a solicitud de los vecinos el anteproyecto
Que, pese a la intención de los vecinos de conformar un consorcio para poder
ejecutar la obra, que les brindará un mejoramiento en la calidad de vida de las
familias, el valor de la misma excede sus posibilidades económicas, por lo que
acuden a este Municipio en busca de colaboración para poder concretar la misma
Que, será necesario imputar los costos de Obra a la Partida Presupuestaria de
Banco de Tierras, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza N°268/18.
Que, se solicita la declaración de utilidad pública de la obra "Ampliación Red de
Gas- Barrio Ceferino Sector Alto",
, a pedido de los vecinos.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1º: DECLÁRESE de utilidad pública y pago obligatorio la obra "Ampliación
Red de Gas- Barrio Ceferino Sector Alto" de la ciudad de Esquel.
ART. 2°: AUTORICESE a la Secretaria de Hacienda a proceder al cobro de la obra
mencionada en el artículo primero de la presente, finalizada la misma.
ART. 3°: IMPUTENSE los costos de la obra a la Partida Presupuestaria de Banco
de Tierras, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza N°268/18.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese
Esquel, 7 de septiembre de 2023.-
Di. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
fuent te
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11º Sesión Ordinaria del 2023, bajo
Acta N° 23/2023, registrada como Ordenanza N° 121/2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 11 de septiembre de 2023
mariele
le Gobiern
uniciparada de Ferno
Intendente
Municipalidad de Esquel