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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 145/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-10-06
Fecha de Promulgación: 2023-10-10
Ciudad: Esquel, Chubut

USO DE LOCAL EN PLAZA SAN MARTIN MANOS DE MI PUEBLO - AUTORIZA AL DEM A FIRMAR CONVENIO CON CARITAS PRELATURA ESQUEL

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidac de Esque!", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". ORDENANZA N° 145/2023: TEMA: USO DE LOCAL EN PLAZA SAN MARTÍN "MANOS DE MI PUEBLO" VISTO: La Ordenanza 165/14 Creación del Consejo Municipal de la Economía Social y Solidaria de la Ciudad de Esquel, la Ordenanza N° 198/15 creación del Registro Municipal de Emprendedores y Productores de la Economía Social y Solidaria de Esquel y la ordenanza. 179/18 de Ferias Públicas populares (Expte.87/23), y CONSIDERANDO: Que el Estado Nacional, a partir del 2003, ha incentivado y fomentado a la economía social. desarrollando de manera firme políticas de Estado que promueven el trabajo y la producción. concretando la transformación de las políticas promotoras de una real inserción social. Que la Ordenanza N° 165/14 crea en su Art. 1º el Consejo Municipal de la Economía Social y Solidaria, que tiene entre sus objetivos; articular las políticas públicas en relación a la Economia Social, ya sean nacionales, provinciales como locales, a favor del desarrollo local y la integración regional. Que como parte del Consejo Municipal de la Economía Social y Solidaria participa "CARITAS Prelatura Esquel", la cual cuenta con personería jurídica, fue elegida por el Consejo para la celebración de un nuevo convenio. Que la Ordenanza N° 198/15 crea el Registro Municipal de Emprendedores y Productores de a Economía Social y Solidaria (ReMEPESS), a fin de promocionar la producción y la comercialización. Que la Ordenanza N° 179/18 en su Art. 1º denomina "Feria Pública Popular" a un evento económico, social y/o cultural, que puede ser permanente o temporal, en un lugar fijo; donde los feriantes son los propietarios de un conjunto de puestos desmontables que utilizaran para la come cialización de productos de elaboración artesanal propia; elementos de uso familiar de segunda mano (ropa usada en buen estado de conservación e higiene; artículos de bazar, pequeños muebles), alimentos de manufacturación propia, venta de frutas y verduras de huertas. Que existe la necesidad de brindar alternativas de apoyo, contención y oportunidades a una gran cantidad de personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad y compiejidad, debido a la difícil situación socio-económica actual y a las perspectivas futuras; Que la Economía Social y Solidaria está centrada en la vida, y el desarrollo integral de las personas, para dar respuesta a situaciones de vulnerabilidad y desempleo desde procesos comunitar.os. Generando espacios de trabajo, buscando soluciones a necesidades individuales o comunitarias, a través de la creación de redes de relaciones entre personas, familias y organizaciones, produce bienes y activos para la comunidad y es motor del desarrollo local. Que las ferias son una herramienta de la economía social y este tipo de ventas representa una actividad que adecuadamente regulada, colabora al concepto de animación urbana y a incentivar la vida comunitaria de un espacio público. Que las mismas constituyen espacios privilegiados para el encuentro, los intercambios y la participación ciudadana, pero fundamentalmente son espacios de trabajo para muchas familias. i. Conc jo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "'Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". Que existe la necesidad de contar con herramientas que promuevan el desarrollo económico local, orientadas a acompañar las iniciativas de los ciudadanos de menores recursos, fomentando como uno de los ejes de crecimiento el fortalecimiento de la Economía Social y Solidaria. Que actualmente los emprendedores y emprendedoras, que impuisan la economía social y solidaria en nuestra ciudad, tienen dificultades para llevar adelante la venta de sus producciones, ya que no cuentan con el espacio fisico adecuado. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con "CÁRITAS Prelatura Esque" en representación del espacio de comercialización de emprendedores de la economía social "Manos de mi Pueblo"; un nuevo convenio de uso exclusivo del local ubicado en la Plaza Gral. San Martin (anexo a los baños), por el lapso de 2 años, con renovación automática salvo expresión en contrario de alguna de las partes, lo que obligará a una nueva presentación de solicitud de uso. ART. 2º: DESIGNASE como autoridad de aplicación de la presente Ordenanza a la Secretaría de Ambiente o a la que en el futuro la reemplace. Art. 3ª: ESTABLÉZCASE como requisitos mínimos para la celebración del presente Convenio los siguientes ítems: El Depa tamento Ejecutivo Municipal deberá presupuestar para el próximo ejercicio las adecuaciones del interior del local objeto del convenio, considerando climatización y distribuc ón de espacios. - Las mejoras y/o modificaciones a realizarse deberán ser acordadas por las partes, quedando estás a favor del municipio. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá difundir por medios físicos y digitales, de acuerdo al Programa Esquel QR, creado en la Ordenanza 31/23, en la página web oficial y redes sociales de la Municipalidad de Esquel los días, horarios y productos ofrecidos en el local asignado en el Art. 1° de la presente. Art. 4°: Registrese, comuniquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archivese. Esque, 06 de Octubre de 2023.- Whie Dr. Meriano Paima Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Presidente 4. Concejo Delibergnte Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 13° Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 26/2023, registrada como Ordenanza N° 145/2023. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archivese SECRETARIA DE GOBIERNO: 10 de octubre de 2023. Lic Sanchez Uribe Mariela Secretaria de Gobierno Municipalidad de Esquel ArA, SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel