Ordenanza Municipal N° 151/2023/2023
ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA ( LEY 27.275- LEY I Nº 156)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
2023 Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel
Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023) y Año del vigésimo
aniversario de la Consulta Popular por el "No a la Mina"
ORDENANZA N° 151/2023
TEMA: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
VISTO: La necesidad de continuar con la transparencia de los acios de gobierno, la
Ley Nacional N° 27.275/2016 "Ley de acceso a la información pública" y la Ley
Provincial | N° 156 (Antes Ley N° 3764) (Expte. 264/22), y
CONSIDERANDO:
Que, la definición de "gobierno abierto" refiere a las políticas destinadas a garantizar el
acceso masivo, gratuito e irrestricto de la ciudadanía a los datos de la Administración
Pública Municipal.
Que, por información se entiende a todo documento escrito, fotográfico, grabación,
dato en soporte magnético, digital o en cualquier otro formato, que haya sido creado u
obtenido en forma directa por la Municipalidad, en forma indirecta por terceros con
fondos municipales o que obren bajo su poder o su control.
Que, es necesaria la participación y colaboración como así también la intervención e
implicación de la ciudadanía y entidades en los asuntos públicos
Que, tanto la Ley Nacional como la Ley Provincial mencionadas en el Visto, se basan
en la necesidad de transparentar los actos de gobierno, garantizar el derecho al acceso
a la información pública, promover la participación y colaboración ciudadana,
transparentar la gestión pública a través de la implementación de políticas de Gobierno
Abierto de todos los poderes del Estado.
Que, la política de gobierno abierto debe ser una política de Estado, siendo prioridad
para el gobierno municipal la implementación de una nueva forma de interrelación entre
la gestión pública municipal y la ciudadanía basada en la transparencia y orentadas al
establecimiento del paradigma de "Gobierno Abierto".
Que, debe haber transparencia en la actividad de la gestión pública municipal, de todos
los organismos y entidades municipales.
Que, se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar y colaborar en la definición
de objetivos, en la toma de decisiones, en la gestión y en la evaluación sobre asuntos
que inciden directa o indirectamente en el interés público, manteniéndose, a tal efecto,
un diálogo abierto, transparente y constante, valorando la intervención de todas y cada
una de las personas por igual y sin discriminación, en la toma de decisiones y la
formulación de políticas públicas.
Que, es necesario continuar con las acciones de transparencia de las acciones de
gobierno.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
Art. 1°: ESTABLEZCASE como obligatorio, conforme la legislación vigente,
la
publicación mensual en el Portal de Gobierno Abierto, ubicado en la página web Oficial
de la Municipalidad de la ciudad de Esquel información sobre:
1. Ejecución presupuestaria mensual.
2. Ordenanza Tarifaria.
3. Boletín oficial.
ESQUEL
M. Conc-jo Deliberonte
Je Esquel
2023 Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel
Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023) y Año del vigésimo
aniversario de la Consulta Popular por el "No a la Mina"
4. Órdenes de compra.
5. Órdenes de pago.
6. Organigrama Municipal.
7. Contratos de Locación de servicios.
8. Contratos de locación de obras
9. Contratos de alquiler.
10. Pautas publicitarias.
11. Sueldos de los tres poderes municipales.
12. Ordenanzas promulgadas citando autor/es y resultado de la votación de las
Art. 2": La publicación de la información citada en el Art. 1°, ítems 7, 8, 9 y 10 deberá
conster de los siguientes datos:
a. Apellido, nombre o razón social del contratado.
. Importe mensual percibido
c. Tipo de contratación.
d. Tareas, funciones y/u obras del contratado.
e. Montos ejecuiados.
Ari. 3 ; La publicación será obligatoria a partir de la sanción de la presente.
ART. 4: Registrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archivese.
Esquel, 19 de octubre de 2023.-
Dr. Miriand Palma
Sccretario legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
fradiles
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14ª Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta
N° 27/2023, registrada como Ordenanza N°151/2023.
POR JANTO Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese
al Boletín
Municipal y cumplido, archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 23 de octubre de 2023.
Arq. SERGIO
*Intendente
Municipalidad de Esquel