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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 151/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-10-19
Fecha de Promulgación: 2023-11-23
Ciudad: Esquel, Chubut

ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA ( LEY 27.275- LEY I Nº 156)

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel 2023 Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023) y Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "No a la Mina" ORDENANZA N° 151/2023 TEMA: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. VISTO: La necesidad de continuar con la transparencia de los acios de gobierno, la Ley Nacional N° 27.275/2016 "Ley de acceso a la información pública" y la Ley Provincial | N° 156 (Antes Ley N° 3764) (Expte. 264/22), y CONSIDERANDO: Que, la definición de "gobierno abierto" refiere a las políticas destinadas a garantizar el acceso masivo, gratuito e irrestricto de la ciudadanía a los datos de la Administración Pública Municipal. Que, por información se entiende a todo documento escrito, fotográfico, grabación, dato en soporte magnético, digital o en cualquier otro formato, que haya sido creado u obtenido en forma directa por la Municipalidad, en forma indirecta por terceros con fondos municipales o que obren bajo su poder o su control. Que, es necesaria la participación y colaboración como así también la intervención e implicación de la ciudadanía y entidades en los asuntos públicos Que, tanto la Ley Nacional como la Ley Provincial mencionadas en el Visto, se basan en la necesidad de transparentar los actos de gobierno, garantizar el derecho al acceso a la información pública, promover la participación y colaboración ciudadana, transparentar la gestión pública a través de la implementación de políticas de Gobierno Abierto de todos los poderes del Estado. Que, la política de gobierno abierto debe ser una política de Estado, siendo prioridad para el gobierno municipal la implementación de una nueva forma de interrelación entre la gestión pública municipal y la ciudadanía basada en la transparencia y orentadas al establecimiento del paradigma de "Gobierno Abierto". Que, debe haber transparencia en la actividad de la gestión pública municipal, de todos los organismos y entidades municipales. Que, se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar y colaborar en la definición de objetivos, en la toma de decisiones, en la gestión y en la evaluación sobre asuntos que inciden directa o indirectamente en el interés público, manteniéndose, a tal efecto, un diálogo abierto, transparente y constante, valorando la intervención de todas y cada una de las personas por igual y sin discriminación, en la toma de decisiones y la formulación de políticas públicas. Que, es necesario continuar con las acciones de transparencia de las acciones de gobierno. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA Art. 1°: ESTABLEZCASE como obligatorio, conforme la legislación vigente, la publicación mensual en el Portal de Gobierno Abierto, ubicado en la página web Oficial de la Municipalidad de la ciudad de Esquel información sobre: 1. Ejecución presupuestaria mensual. 2. Ordenanza Tarifaria. 3. Boletín oficial. ESQUEL M. Conc-jo Deliberonte Je Esquel 2023 Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023) y Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "No a la Mina" 4. Órdenes de compra. 5. Órdenes de pago. 6. Organigrama Municipal. 7. Contratos de Locación de servicios. 8. Contratos de locación de obras 9. Contratos de alquiler. 10. Pautas publicitarias. 11. Sueldos de los tres poderes municipales. 12. Ordenanzas promulgadas citando autor/es y resultado de la votación de las Art. 2": La publicación de la información citada en el Art. 1°, ítems 7, 8, 9 y 10 deberá conster de los siguientes datos: a. Apellido, nombre o razón social del contratado. . Importe mensual percibido c. Tipo de contratación. d. Tareas, funciones y/u obras del contratado. e. Montos ejecuiados. Ari. 3 ; La publicación será obligatoria a partir de la sanción de la presente. ART. 4: Registrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archivese. Esquel, 19 de octubre de 2023.- Dr. Miriand Palma Sccretario legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel fradiles Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14ª Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 27/2023, registrada como Ordenanza N°151/2023. POR JANTO Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archivese SECRETARIA DE GOBIERNO: 23 de octubre de 2023. Arq. SERGIO *Intendente Municipalidad de Esquel