Ordenanza Municipal N° 215/2020/2020
RATIFICA CONVENIO CON CLUB BELGRANO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2020 AÑO DE LA ENFERMERIA - ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZA N° 215/2020
TEMA: RATIFICACION ACUERDO CON CLUB BELGRANO
VISTO:
El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Club Social Cultural y
Deportivo Belgrano (Expte. 26/19), y
CONSIDERANDO:
Que, a fin de satisfacer intereses comunes, el Club cede en comodato a la
Municipalidad el inmueble citado en calle Roque S. Peña 302, el cual será destinado a
actividades de la escuela municipal de gimnasia para adultos, la que depende de la
Secretaria de Deportes y Recreación, los días lunes y jueves de 14 a 15 hs
Que la vigencia de este convenio es hasta el 30 de diciembre de 2020, una vez
finalizado, la Municipalidad se compromete a la devolución del espacio objeto del
convenio, mediante un acta
Que la cláusula novena del mismo expresa que el mismo debe ser ratificado por el
HCD.
Que la Comisión de Asuntos Legales en vista de los antecedentes obrantes en el
expediente, ha otorgado despacho favorable a la ratificación de esteconvenio.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CICUDAD DE
ESQUEL, en el uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos, el convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y Club Social, Cultural y Deportivo Belgrano con fecha 11 de
noviembre de 2020, el cual se adjunta a la presente con Anexo I.
ART. 2°: Registrese, Comuníquese, dese al Boletín Municipal, y cumplido, archívese.
Esquel, 3 de diciembre de 2020.
????
• Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberahte
Ciudad de Esqued
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Sala de Sesiones del H.C.D. en la 15º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta
Nº28/2020, registrada como Ordenanza Nº215/2020
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO:/1 deliciem dure de 2020
CDOR. JACCETTA MATIAS F
SECRETARIO DE COORDINACIÓN
DE GESTIÓN Y FINANZAS
MUNICIPALiG
DE ESQUEL
Arg. SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel
Hi-
0.D
10D. Nº 21
CONVENIO
retaria Legislatra A/C.
T, - Cadad de deprel
Entre LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, representada en este acto por el señor
. Intendente Municipal Arq. Sergio ONGARATO, con domicilio legal en calle Bartolomé
Mitre n° 524, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra el Sr.
Milton Daniel REYES, DNI. N° 22.679.066, en su carácter de Presidente del CLUB
SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO BELGRANO,
con domicilio en Roque
Sáenz Peña 302 de esta ciudad, en adelante "EL CLUB", convienen en celebrar el
presente convenio:
PRIMERA: A fin de satisfacer intereses comunes, EL CLUB cede en comodato a LA
MUNICIPALIDAD, y esta acepta el inmueble (quincho), sito en Roque Sáenz Peña 302
de nuestra ciudad. El destino que LA MUNICIPALIDAD dará a las instalaciones e
implementos cedidos por el presente comodato, será exclusivamente llevar a cabo
actividades de la escuela municipal "Gimnasia para Adultos" del año 2020, dependiente
de la Secretaria de Deportes y Recreación de la Municipalidad de Esquel -
SEGUNDA: Los días y horarios acordados para el uso de las instalaciones (quincho) del
CLUB son: Lunes y Jueves de 14 a 15 hs. Los mismos podrán ser ampliados de común
acuerdo expreso entre las partes.
TERCERA: El presente convenio tendrá vigencia a partir del 01 de Octubre de 2020,
venciendo indefectiblemente el 30 de Diciembre de 2020, sin necesidad de notificación
alguna entre las partes.—--
CUARTA: Una vez concluido el plazo del presente comodato LA MUNICIPALIDAD
se compromete a la devolución del espacio objeto del presente convenio en buenas
condiciones en cuanto a estado, higiene y conservación, salvo caso fortuito o fuerza
mayor. La efectiva restitución del inmueble y demás bienes se formalizará mediante
Acta de Entrega suscripta por las partes —--
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se obliga a no dar en comodato, arrendar en todo o
parte el inmueble objeto del presente, a no transferir ni ceder este convenio, bajo pena de
rescindirse automáticamente el mismo. Toda actividad que no encuadre dentro de las
especificaciones de la cláusula primera sobre el inmueble deberá contar con autorización
in mis darcho, dhprevia emitida bor FECLUB....-
Secretarta de Depetes y Recreach EXTA: LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL se obliga a pagar el valor de los objetos
perdidos y/o los daños y perjuicios ocasionados por su culpa o por las personas a su
cargo o dependencia durante los horarios estipulados en este convenio, debiendo
efectuarse inmediatamente la denuncia correspondiente.-
SÉPTIMA: Estará a cargo de EL CLUB, la limpieza e higiene del lugar, como así
también el de las reparaciones que sean necesarias para el normal uso del inmueble.-...
OCTAVA: Se deja constancia que a los fines del sellado que corresponde del presente
contrato ambas partes se encuentran exentas del pago del mismo.--
NOVENA: La partes reconocen saber que el presente convenio será elevado al
Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel para la correspondiente
aprobación por parte del referido Cuerpo Legislativo.--
Dra. Nidia Ceiva
DECIMA: Para todos los efectos legales de las partes se someten a la jurisdicción de los
Municie de Le Esquel Tribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut, con
asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que
corresponder y fijando sus domicilios especiales en
precedentemente, donde serán válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones que
se cursen.-
De conformidad ambas partes firman tres (3) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo *
efecto, en la ciudad de Esquel, a los 11 días del mes de now abre de 2020.
SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Escuel
Rey
Milton D
prosidento
Club Belgrano E