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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 215/2020/2020

Fecha de Sanción: 2020-12-03
Fecha de Promulgación: 2020-12-11
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICA CONVENIO CON CLUB BELGRANO

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD H. Concejo Deliberante De Esquel "2020 AÑO DE LA ENFERMERIA - ENFERMERIA AHORA" ORDENANZA N° 215/2020 TEMA: RATIFICACION ACUERDO CON CLUB BELGRANO VISTO: El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Club Social Cultural y Deportivo Belgrano (Expte. 26/19), y CONSIDERANDO: Que, a fin de satisfacer intereses comunes, el Club cede en comodato a la Municipalidad el inmueble citado en calle Roque S. Peña 302, el cual será destinado a actividades de la escuela municipal de gimnasia para adultos, la que depende de la Secretaria de Deportes y Recreación, los días lunes y jueves de 14 a 15 hs Que la vigencia de este convenio es hasta el 30 de diciembre de 2020, una vez finalizado, la Municipalidad se compromete a la devolución del espacio objeto del convenio, mediante un acta Que la cláusula novena del mismo expresa que el mismo debe ser ratificado por el HCD. Que la Comisión de Asuntos Legales en vista de los antecedentes obrantes en el expediente, ha otorgado despacho favorable a la ratificación de esteconvenio. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CICUDAD DE ESQUEL, en el uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos, el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y Club Social, Cultural y Deportivo Belgrano con fecha 11 de noviembre de 2020, el cual se adjunta a la presente con Anexo I. ART. 2°: Registrese, Comuníquese, dese al Boletín Municipal, y cumplido, archívese. Esquel, 3 de diciembre de 2020. ???? • Secretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberahte Ciudad de Esqued Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Sala de Sesiones del H.C.D. en la 15º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta Nº28/2020, registrada como Ordenanza Nº215/2020 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO:/1 deliciem dure de 2020 CDOR. JACCETTA MATIAS F SECRETARIO DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y FINANZAS MUNICIPALiG DE ESQUEL Arg. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel Hi- 0.D 10D. Nº 21 CONVENIO retaria Legislatra A/C. T, - Cadad de deprel Entre LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, representada en este acto por el señor . Intendente Municipal Arq. Sergio ONGARATO, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre n° 524, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra el Sr. Milton Daniel REYES, DNI. N° 22.679.066, en su carácter de Presidente del CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO BELGRANO, con domicilio en Roque Sáenz Peña 302 de esta ciudad, en adelante "EL CLUB", convienen en celebrar el presente convenio: PRIMERA: A fin de satisfacer intereses comunes, EL CLUB cede en comodato a LA MUNICIPALIDAD, y esta acepta el inmueble (quincho), sito en Roque Sáenz Peña 302 de nuestra ciudad. El destino que LA MUNICIPALIDAD dará a las instalaciones e implementos cedidos por el presente comodato, será exclusivamente llevar a cabo actividades de la escuela municipal "Gimnasia para Adultos" del año 2020, dependiente de la Secretaria de Deportes y Recreación de la Municipalidad de Esquel - SEGUNDA: Los días y horarios acordados para el uso de las instalaciones (quincho) del CLUB son: Lunes y Jueves de 14 a 15 hs. Los mismos podrán ser ampliados de común acuerdo expreso entre las partes. TERCERA: El presente convenio tendrá vigencia a partir del 01 de Octubre de 2020, venciendo indefectiblemente el 30 de Diciembre de 2020, sin necesidad de notificación alguna entre las partes.—-- CUARTA: Una vez concluido el plazo del presente comodato LA MUNICIPALIDAD se compromete a la devolución del espacio objeto del presente convenio en buenas condiciones en cuanto a estado, higiene y conservación, salvo caso fortuito o fuerza mayor. La efectiva restitución del inmueble y demás bienes se formalizará mediante Acta de Entrega suscripta por las partes —-- QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se obliga a no dar en comodato, arrendar en todo o parte el inmueble objeto del presente, a no transferir ni ceder este convenio, bajo pena de rescindirse automáticamente el mismo. Toda actividad que no encuadre dentro de las especificaciones de la cláusula primera sobre el inmueble deberá contar con autorización in mis darcho, dhprevia emitida bor FECLUB....- Secretarta de Depetes y Recreach EXTA: LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL se obliga a pagar el valor de los objetos perdidos y/o los daños y perjuicios ocasionados por su culpa o por las personas a su cargo o dependencia durante los horarios estipulados en este convenio, debiendo efectuarse inmediatamente la denuncia correspondiente.- SÉPTIMA: Estará a cargo de EL CLUB, la limpieza e higiene del lugar, como así también el de las reparaciones que sean necesarias para el normal uso del inmueble.-... OCTAVA: Se deja constancia que a los fines del sellado que corresponde del presente contrato ambas partes se encuentran exentas del pago del mismo.-- NOVENA: La partes reconocen saber que el presente convenio será elevado al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel para la correspondiente aprobación por parte del referido Cuerpo Legislativo.-- Dra. Nidia Ceiva DECIMA: Para todos los efectos legales de las partes se someten a la jurisdicción de los Municie de Le Esquel Tribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que corresponder y fijando sus domicilios especiales en precedentemente, donde serán válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones que se cursen.- De conformidad ambas partes firman tres (3) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo * efecto, en la ciudad de Esquel, a los 11 días del mes de now abre de 2020. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Escuel Rey Milton D prosidento Club Belgrano E