🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 224/2020/2020

Fecha de Sanción: 2020-12-17
Fecha de Promulgación: 2020-12-30
Ciudad: Esquel, Chubut

OTORGA SUPERFICIE INSTALACION EQUIPAMIENTO SOC GOCLA ARGENTINA- AR SAT

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD H. Concejo Deliberante De ESQUEL "2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA" ORDENANZA N° 224/2020 TEMA: AUTORIZA INSTALACION EQUIPAMIENTO SOC. GLOCLA ARGENTINA S.R.L. VISTO: Los Extes. Municipales Nros. 1642/20 y 1701/20 dirigidos a la Secretaría de Obras Públicas y la Dirección de Tierras Fiscales, respectivamente, por la entidad "GOCLA ARGENTINA S.R.L", con domicilio en la jurisdicción de Esquel (EXPTE 243/20), y CONSIDERANDO: Que por los relacionados expedientes en Visto, la Sociedad GOCLA ARGENTINA S.R.L., representada por su Socio Gerente Claudio David Selva, solicita una superficie de terreno indera donde se encuentra la Red Federal de Fibra Optica "Refefo", desarrollada por la 'Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima" AR-SAT, conforme Ordenanza N° 297/15, para la instalación de los equipos necesarios para la conexión al shelter de dicha empresa allí ubicado, para que la solicitante pueda realizar la distribución de internet en esta ciudad. Que el inmueble donde se encuentran las instalaciones y la superficie solicitada, es propiedad de la Municipalidad de Esquel, identificándose catastralmente como Cir. 1 - Sector 7 sobre Ruta 259, y conforme a la necesidad de la solicitante se otorgaría el uso de 66 ms.2 conforme croquis adjunto como Anexo I. Que estas conexiones son necesarias para la distribución del servicio de internet a los usuarios, y además conforme al Contrato de la constitución de la peticionaria forma parte de su objeto. Que por Memorándum 123/20 la Secretaría de Obras Públicas solicita posibilidades en cuanto lo demandado y/o requerimientos. Que conforme lo establecido en la Ordenanza 187/17, y con respecto al Procedimiento Administrativo (Art. 12°) dentro de los trámites el primero es la obtención del Certificado de Factibilidad de Instalación y (Art. 13°) que establece los requisitos para su obtención en su punto cuarto "Datos del titular del inmueble. En caso de tratarse de estructuras a instalarse en el dominio municipal, se presentará el correspondiente contrato de locación entre el Municipio y el interesado a instalar... Que, a los fines de dar cumplimiento a lo antes relacionado, la Dirección de Tierras Fiscales, previo relevamiento del lugar, por Memo Interno N° 1562/20 solicitó a la Secretaría de Ambiente del municipio desde su competencia la factibilidad ambiental para la instalación de los equipos en el lugar conforme croquis que se adjuntó, respondiendo la responsable de la Dirección Técnica Ambiental que no existen impedimentos al respecto. Que es obligación del municipio velar por el bien común y resolver la situación social de los vecinos, en todos los aspectos necesarios, teniendo en cuenta que en este momento la conectividad de internet es necesaria para el desarrollo laboral, educativo etc. Que por medio de este tipo de políticas públicas el Estado Municipal está cumpliendo con lo dispuesto en la Constitución Provincial que su Art. 88: "...El Estado es competente en materia de telecomunicaciones... considera la radiodifusión como un servicio público orientado al desarrollo integral de la Provincia y sus habitantes, a la efectiva integración provincial, a la afirmación de su identidad cultural y al pleno ejercicio del derecho a informar e informarse". Que de acuerdo a todo lo expuesto, es conveniente que el Honorable Concejo Deliberante autorice el uso de la superficie identificada con el destino para la que fue solicitada. H. Concejo Deliberante De ESQUEL "2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA" POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: AUTORIZASE el uso de la superficie de 66,00 ms.2, que es parte del inmueble identificado catastralmente como: Cir. 1 - Sector 7, sobre Ruta 259, según croquis adjunto como Anexo I de la presente Ordenanza, para la instalación del equipamiento necesario para la conectividad de fibra óptica con la Empresa ArSat, a la Sociedad "GOCLA ARGENTINA S.R.L". ART. 2: AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente, por el plazo y condiciones que considere necesarios, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 1°, siendo todos los gastos que sean necesarios a cargo de la sociedad autorizada. ART. 3°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 17 de diciembre de 2020. laus Secretaria Legislatica a/c « H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel 1 Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta N°29/2020 registrada como Ordenanza N° 224/2020 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archivese SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Diciembre de 2020 "ArESECRETARIR" +rg. Se RGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel I ANEXO_ ORD. Nº 224/2 FOLIO Ru Ita EJe Ru ta Ruta Nacional N° 259 Fracción 3 Estación de Servicios) del Sector Más Tierras 1 loul Lorena ASCerase Focaria usa A HOD - Ladre de Lect Predio de 36,00m2, 00. 600) 6.00 6.00 Tierras 00.08 del Sector Predio de ARSAT 66,00m2 ? 20,00 3.00 10,00 11,00 11,00 30,00 6,00 Tierras MOS del Sector 7 Eje • Ruta Relevamiento: 02-09-2020 Jorge R. INEHUEN Ar?e SERGIO ONGARATO talendente Municipalidad de Esquel