Ordenanza Municipal N° 224/2020/2020
OTORGA SUPERFICIE INSTALACION EQUIPAMIENTO SOC GOCLA ARGENTINA- AR SAT
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De ESQUEL
"2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZA N° 224/2020
TEMA: AUTORIZA INSTALACION EQUIPAMIENTO SOC. GLOCLA ARGENTINA
S.R.L.
VISTO: Los Extes. Municipales Nros. 1642/20 y 1701/20 dirigidos a la Secretaría de Obras
Públicas y la Dirección
de Tierras
Fiscales, respectivamente, por la entidad "GOCLA
ARGENTINA S.R.L", con domicilio en la jurisdicción de Esquel (EXPTE 243/20), y
CONSIDERANDO:
Que por los relacionados expedientes en Visto, la Sociedad GOCLA ARGENTINA S.R.L.,
representada por su Socio Gerente Claudio David Selva, solicita una superficie de terreno
indera donde se encuentra la Red Federal de Fibra Optica "Refefo", desarrollada por la
'Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima" AR-SAT, conforme
Ordenanza N° 297/15, para la instalación de los equipos necesarios para la conexión al
shelter de dicha empresa allí ubicado, para que la solicitante pueda realizar la distribución
de internet en esta ciudad.
Que el inmueble donde se encuentran las instalaciones y la superficie solicitada, es
propiedad de la Municipalidad de Esquel, identificándose catastralmente como Cir. 1 -
Sector 7 sobre Ruta 259, y conforme a la necesidad de la solicitante se otorgaría el uso de
66 ms.2 conforme croquis adjunto como Anexo I.
Que estas conexiones son necesarias para la distribución del servicio de internet a los
usuarios, y además conforme al Contrato de la constitución de la peticionaria forma parte
de su objeto.
Que por Memorándum 123/20 la Secretaría de Obras Públicas solicita posibilidades en
cuanto lo demandado y/o requerimientos.
Que conforme lo establecido en la Ordenanza 187/17, y con respecto al Procedimiento
Administrativo (Art. 12°) dentro de los trámites el primero es la obtención del Certificado de
Factibilidad de Instalación y (Art. 13°) que establece los requisitos para su obtención en su
punto cuarto "Datos del titular del inmueble. En caso de tratarse de estructuras a instalarse
en el dominio municipal, se presentará el correspondiente contrato de locación entre el
Municipio y el interesado a instalar...
Que, a los fines de dar cumplimiento a lo antes relacionado, la Dirección de Tierras
Fiscales, previo relevamiento del lugar, por Memo Interno N° 1562/20 solicitó a la
Secretaría de Ambiente del municipio desde su competencia la factibilidad ambiental para
la instalación de los equipos en el lugar conforme croquis que se adjuntó, respondiendo la
responsable de la Dirección Técnica Ambiental que no existen impedimentos al respecto.
Que es obligación del municipio velar por el bien común y resolver la situación social de
los vecinos, en todos los aspectos necesarios, teniendo en cuenta que en este momento la
conectividad de internet es necesaria para el desarrollo laboral, educativo etc.
Que por medio de este tipo de políticas públicas el Estado Municipal está cumpliendo con
lo dispuesto en la Constitución Provincial que su Art. 88: "...El Estado es competente en
materia de telecomunicaciones... considera la radiodifusión como un servicio público
orientado al desarrollo integral de la Provincia y sus habitantes, a la efectiva integración
provincial, a la afirmación de su identidad cultural y al pleno ejercicio del derecho a
informar e informarse".
Que de acuerdo a todo lo expuesto, es conveniente que el Honorable Concejo Deliberante
autorice el uso de la superficie identificada con el destino para la que fue solicitada.
H. Concejo Deliberante
De ESQUEL
"2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA"
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE el uso de la superficie de 66,00 ms.2, que es parte del inmueble
identificado catastralmente como: Cir. 1 - Sector 7, sobre Ruta 259, según croquis adjunto
como Anexo I de la presente Ordenanza, para la instalación del equipamiento necesario
para la conectividad de fibra óptica con la Empresa ArSat, a la Sociedad "GOCLA
ARGENTINA S.R.L".
ART. 2: AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente, por
el plazo y condiciones que considere necesarios, a los fines de dar cumplimiento a lo
establecido en el Art. 1°, siendo todos los gastos que sean necesarios a cargo de la
sociedad autorizada.
ART. 3°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 17 de diciembre de 2020.
laus
Secretaria Legislatica a/c «
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel 1
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta N°29/2020
registrada como Ordenanza N° 224/2020
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Diciembre de 2020
"ArESECRETARIR"
+rg. Se
RGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel
I
ANEXO_
ORD. Nº 224/2
FOLIO
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Ruta Nacional N° 259
Fracción 3
Estación de Servicios)
del Sector
Más Tierras
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Predio de 36,00m2,
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del Sector 7
Eje
• Ruta
Relevamiento: 02-09-2020
Jorge R.
INEHUEN
Ar?e SERGIO ONGARATO
talendente
Municipalidad de Esquel