Ordenanza Municipal N° 225/2020/2020
RATIFICA CONVENIO INTERINSTITUCIONAL MINISTERIO PUBLICO DE PROVINCA - PROGRAMA INTERVENCION PARA CASOS DE VIOLENCIA DE GENERO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
" 2020 AÑO DE LA ENFERMERIA - ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZA N° 225/2020
TEMA: RATIFICACIÓN DE CONVENIO INTERINSTITUCIONAL CON MINISTERIO
•PUBLICO PROVINCIA DEL CHUBUT
VISTO:
La suscripción de un Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad de Esquel y el
Ministerio Público Fiscal (Expte. 254/20), y
CONSIDERANDO:
Que el mismo se ha suscripto en fecha 16 de noviembre del corriente, y tiene por objeto
establecer un marco de acción conjunto y coordinado para la implementación de una
PROGRAMA DE INTERVENCIÓN PARA CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Que dicho convenio posee en su Anexo 1 las distintas etapas a desarrollar por el
programa, las cueles se realizarán por acuerdo de partes.
Que, para la implementación del Programa, la capacitación del personal técnico y
profesional se llevará adelante por los equipos Técnicos Multidisciplinarios de la
Procuración General de la Provincia.
Que el MPF, hará las veces de enlace en conjunto con el Municipio y los demás
organismos participantes, tendiente a obtener los recursos materiales y profesionales,
necesarios para la implementación y operatividad del Programa citado.
Que habiendo sido estudiado por la Comisión de Legales, la misma emite despacho
favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL
suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Procuración General de la Provincia del
Chubut, con fecha 16 de noviembre del corriente, el cual tiene como objetivo la
implementación de un PROGRAMA DE INTERVENCION PARA CASOS DE VIOLENCIA
DE GENERO, el cual se adjunta a la presente como ANEXO I.
ART. 2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.
Esquel, 17 de difiembre de 2020.
ecretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel |
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de
Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta
N°29/2020, registrada como Ordenanza N°225/2020.
POR TANTO:Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Diciembre de 2020.
SECRETARIO DE C
ARIO DE COBRENA
MUNICIRALIDAD DE ESQUEL
"A/C SECRETARIA®
Municipalidad de Esquel
FOLIO
N°.
•NEXO
I
ORD. N° 225/20
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL
ou
Hecretaria Legaaal
LGD - Ciuded de Ligol
Entre el Ministerio Publico Fiscal de la Provincia del Chubut,
domicilio en la calle Rivadavia y Jones s/n° de la ciudad de Rawson,
representado en este acto por el Señor Procurador General de la
Provincia, Dr. Jorge Luis Miquelarena, en adelante "MPF" y el
Municipio de Esquel, con domicilio en calle Bartolomé Mitre 524,
representado en este acto por el Sr. Intendente Arq. Sergio Ongarato,
en adelante "el Municipio", acuerdan celebrar el presente Convenio
Interinstitucional que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. Es objeto de este convenio establecer entre las partes un
marco de acción conjunto y coordinado tendiente a la implementación de
un Programa de Intervención
para casos de violencia de
género (en
adelante "el Programa"') cuyos lineamientos generales obran en el Anexo
al presente, bajo la coordinación del Licenciado Daniel Schulman,
integrante del Departamento de Psicología Jurídica Forense de los
Equipos Técnicos Multidisciplinarios de la Procuración General.
SEGUNDA. A efectos de alcanzar dichos objetivos, las partes acuerdan
estructurar las siguientes etapas: finalización de la formulación del
Programa en sus detalles operativos,
capacitación del personal,
identificación de las localizaciones y espacios físicos, aprobación de los
procedimientos, difusión y ofrecimiento del Programa a los operadores
judiciales para su pronta implementación.
TERCERA. La capacitación del personal técnico y profesional que
llevará adelante el Programa será conducida por el Lic. Schulman, bajo la
modalidad que en concreto se acuerde en el nivel operativo.
CUARTA. El MPF hará las veces de enlace en conjunto con el Municipio
y los demás organismos participantes, tendiente a obtener los recursos
materiales y profesionales necesarios para la implementación del
Programa y el cumplimiento de los objetivos allí establecidos. Sin
perjuicio de esto, se podrán sumar profesionales y recursos (ambos
idóneos) desde otras agencias estatales del orden provincial y/o municipal
para operativizar el programa.
QUINTA. El plazo de duración del presente convenio será de UN AÑO,
que comenzará a contarse a partir de su suscripción. Podrá prorrogarse en
forma automática y en todos sus términos si no existiera expresa rescisión
unilateral o bilateral para ponerle término. En este punto, se deberan
realizar reuniones mensuales entre el Lic. Daniel Schulman y quien se
encuentre a cargo del enlace en la órbita del Municipio a los fines de
evaluar el desarrollo del programa y proponer eventuales lineamientos
para sanear cuestiones operativas de la ejecución del programa.
SEXTA. Las partes convienen que toda actuación no prevista, que no
implique modificación de los términos esenciales del presente Convenio,
será suplida mediante acta complementaria.
SEPTIMA. La resolución del presente convenio se realizará por decisión
expresa de las partes y no surtirá efectos sino después de transcurridos
tres meses del preaviso, notificado en forma fehaciente.
OCTAVA. El presente programa y las demás actividades que se
demanden en el marco del mismo continuarán como compromiso del
MPF y del Municipio aunque los/las actores/as involucrados/as no se
encuentren en la órbita del actual puesto de trabajo o agencia estatal.
En muestra de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y a
un solo efecto, uno para el "MPF" y uno para "el Municipio", en la
ciudad de Rawson, a los 16 días de noviembre de dos mil veinte.-
Arq. SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel