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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 225/2020/2020

Fecha de Sanción: 2020-12-17
Fecha de Promulgación: 2020-12-30
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICA CONVENIO INTERINSTITUCIONAL MINISTERIO PUBLICO DE PROVINCA - PROGRAMA INTERVENCION PARA CASOS DE VIOLENCIA DE GENERO

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel " 2020 AÑO DE LA ENFERMERIA - ENFERMERIA AHORA" ORDENANZA N° 225/2020 TEMA: RATIFICACIÓN DE CONVENIO INTERINSTITUCIONAL CON MINISTERIO •PUBLICO PROVINCIA DEL CHUBUT VISTO: La suscripción de un Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad de Esquel y el Ministerio Público Fiscal (Expte. 254/20), y CONSIDERANDO: Que el mismo se ha suscripto en fecha 16 de noviembre del corriente, y tiene por objeto establecer un marco de acción conjunto y coordinado para la implementación de una PROGRAMA DE INTERVENCIÓN PARA CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Que dicho convenio posee en su Anexo 1 las distintas etapas a desarrollar por el programa, las cueles se realizarán por acuerdo de partes. Que, para la implementación del Programa, la capacitación del personal técnico y profesional se llevará adelante por los equipos Técnicos Multidisciplinarios de la Procuración General de la Provincia. Que el MPF, hará las veces de enlace en conjunto con el Municipio y los demás organismos participantes, tendiente a obtener los recursos materiales y profesionales, necesarios para la implementación y operatividad del Programa citado. Que habiendo sido estudiado por la Comisión de Legales, la misma emite despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Procuración General de la Provincia del Chubut, con fecha 16 de noviembre del corriente, el cual tiene como objetivo la implementación de un PROGRAMA DE INTERVENCION PARA CASOS DE VIOLENCIA DE GENERO, el cual se adjunta a la presente como ANEXO I. ART. 2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese. Esquel, 17 de difiembre de 2020. ecretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel | Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta N°29/2020, registrada como Ordenanza N°225/2020. POR TANTO:Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Diciembre de 2020. SECRETARIO DE C ARIO DE COBRENA MUNICIRALIDAD DE ESQUEL "A/C SECRETARIA® Municipalidad de Esquel FOLIO N°. •NEXO I ORD. N° 225/20 CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ou Hecretaria Legaaal LGD - Ciuded de Ligol Entre el Ministerio Publico Fiscal de la Provincia del Chubut, domicilio en la calle Rivadavia y Jones s/n° de la ciudad de Rawson, representado en este acto por el Señor Procurador General de la Provincia, Dr. Jorge Luis Miquelarena, en adelante "MPF" y el Municipio de Esquel, con domicilio en calle Bartolomé Mitre 524, representado en este acto por el Sr. Intendente Arq. Sergio Ongarato, en adelante "el Municipio", acuerdan celebrar el presente Convenio Interinstitucional que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. Es objeto de este convenio establecer entre las partes un marco de acción conjunto y coordinado tendiente a la implementación de un Programa de Intervención para casos de violencia de género (en adelante "el Programa"') cuyos lineamientos generales obran en el Anexo al presente, bajo la coordinación del Licenciado Daniel Schulman, integrante del Departamento de Psicología Jurídica Forense de los Equipos Técnicos Multidisciplinarios de la Procuración General. SEGUNDA. A efectos de alcanzar dichos objetivos, las partes acuerdan estructurar las siguientes etapas: finalización de la formulación del Programa en sus detalles operativos, capacitación del personal, identificación de las localizaciones y espacios físicos, aprobación de los procedimientos, difusión y ofrecimiento del Programa a los operadores judiciales para su pronta implementación. TERCERA. La capacitación del personal técnico y profesional que llevará adelante el Programa será conducida por el Lic. Schulman, bajo la modalidad que en concreto se acuerde en el nivel operativo. CUARTA. El MPF hará las veces de enlace en conjunto con el Municipio y los demás organismos participantes, tendiente a obtener los recursos materiales y profesionales necesarios para la implementación del Programa y el cumplimiento de los objetivos allí establecidos. Sin perjuicio de esto, se podrán sumar profesionales y recursos (ambos idóneos) desde otras agencias estatales del orden provincial y/o municipal para operativizar el programa. QUINTA. El plazo de duración del presente convenio será de UN AÑO, que comenzará a contarse a partir de su suscripción. Podrá prorrogarse en forma automática y en todos sus términos si no existiera expresa rescisión unilateral o bilateral para ponerle término. En este punto, se deberan realizar reuniones mensuales entre el Lic. Daniel Schulman y quien se encuentre a cargo del enlace en la órbita del Municipio a los fines de evaluar el desarrollo del programa y proponer eventuales lineamientos para sanear cuestiones operativas de la ejecución del programa. SEXTA. Las partes convienen que toda actuación no prevista, que no implique modificación de los términos esenciales del presente Convenio, será suplida mediante acta complementaria. SEPTIMA. La resolución del presente convenio se realizará por decisión expresa de las partes y no surtirá efectos sino después de transcurridos tres meses del preaviso, notificado en forma fehaciente. OCTAVA. El presente programa y las demás actividades que se demanden en el marco del mismo continuarán como compromiso del MPF y del Municipio aunque los/las actores/as involucrados/as no se encuentren en la órbita del actual puesto de trabajo o agencia estatal. En muestra de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, uno para el "MPF" y uno para "el Municipio", en la ciudad de Rawson, a los 16 días de noviembre de dos mil veinte.- Arq. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel