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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 230/2020/2020

Fecha de Sanción: 2020-12-17
Fecha de Promulgación: 2020-12-30
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICA ACUERDO USO DE ESPACIO PUBLICO - PLAN OPERATIVO ANUAL ZONAS INTERFAZ

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD H. Concejo Deliberante de ESQUEL "2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA" ORDENANZA Nº230/2020 TEMA: RATIFICACION ACTA ACUERDO USO DE ESPACIO PUBLICO. VISTO: El Acta Acuerdo, suscripto entre la Municipalidad de Esquel representada por el Sr. Intendente Municipal, Arq. Sergio Ongarato y la Secretaría de Bosques de la Provincia de Chubut representada por el Ing. Ftal Rodrigo Roveta (Expte.258/20), y CONSIDERANDO: Que, el Acta Acuerdo mencionada en el Visto tiene como finalidad ejecutar el primer Plan Operativo Anual (POA 1) correspondiente al "Plan de protección contra incendios forestales o rurales para las zonas de bosques nativos y su zona de influencia en el ejido municipal de Esquel", presentado en el año 2018 en marco de la convocatoria de la Ley Nacional N° 26331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Que la superficie de Ejido Municipal de Esquel, estimada en 117.000 ha, está cubierta aproximadamente en un 70% por bosques nativos y plantaciones de pino Que entre 2007 y 2017 se registraron 254 incendios forestales de distinta magnitud en el ejido de Esquel, cuyas causas obedecieron a factores antrópicos Que existe un nivel de peligro de ocurrencia de incendios forestales asociado al crecimiento exponencial de la planta urbana, que en los últimos 10 añosha generado una importante interfaz urbana forestal, sumado al desarrollo de comunidades sobre áreas suburbanas o rurales como son Alto Río Percy, Laguna Larga y Nahuel Pan Quelas acciones planificadas en el primer Plan Operativo Anual (POA 1) incluyen la elaboración de un proyecto de ordenanza que regule nuevos loteos en zona de interfase, una campaña de prevención en la comunidad de Alto Río Percy, una capacitación en una tematica relacionada al combate del fuego en zonas de interfase, el mantenimiento y limpieza de 1000 mts. de tendido eléctrico con presencia de bosque y mantenimiento general de torre de vigilancia en Cerro Excursión, entre otras Que corresponde proceder a ratificar el Acta Acuerdo firmado entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaría de Bosques de la provincia de Chubut por este Honorable Concejo Deliberante. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el Acta Acuerdo firmada entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaría de Bosques de la provincia de Chubut, celebrada el día 18 de noviembre del corriente año, la que se adjunta como Anexo I de la presente. ART.2°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 17 de diciembre de 2020. lou Secretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel indro Wengier Concejo Deliberan Ciudad de Esquel Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta Nº29/2020, registrada como Ordenanza N° 230/2020. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal, y cumplido archivese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Diciembre de 2020. r JU SECRETARIO DEDO RANC UNICIPADIDAD DE ESQUEL "DE SECRETARIA® Ara. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esque! C. ANEXO ORD. N° 230/20 :FOLIO 4 /PROVINCIA DEL CHUBUTT ACTA ACUERDO ENTRE LA SECRETARÍA DE BOSQUES DE LA INTESTO DE SELOS PROVINCIA DEL CHUBUT Y LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL EXENCION SUBJETIVA Entre la Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut, representa este acto por el Sr. Secretario de Bosques, Ing. Ftal. Rodrigo José RICH#REE 21102385-01 18/11/2021 : 318/11/2021 EKENTE (DNI: 26.304.120), con domicilio en 25 de Mayo 893, de la localtros de Esquel, "Provincia del Chubut, en adelante la "SECRETARIA", y la Municipalidad de Esquel, representada en este acto por su Intendente, Arq: Sergio ONGARATO (DNI: 16.872.251), con domicilio en Mitre 524 de la localidad de Esquel, Chubut, en adelante el "BENEFICIARIO", convienen celebrar la presente Acta Acuerdo para la ejecución y rendición técnica del proyecto ID 4418, denominado "Pian de protección contra Incendios forestales o turales para las zonas de bosque nativos visu zona de Influencia en erejido» CdOr YAGO DEATOVE Dirección Gral. do Renta Provinda de Chubul. Municipal de Esquel', Código Plan CU-PC-44-2018, código POA CU-PC-44- 2018-POA-01 en adelante el "PROYECTO", aprobado mediante Disposición N° 103/2019-SSBI, en el marco de la convocatoria del año 2018 para el Lorena podamo concurso de aportes económicos del Fondo Nacional para el Enriquecimiento Y El 623, la Conservación de los Bosques Nativos de la Ley: Nacional-N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, su Decreto reglamentario N° 91/2009, la Ley Provincial XVII N° 92 y los Decretos Provinciales N° 639/2012 y 313/2013. El Acta Acuerdo se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El BENEFICIARIO declara bajo juramento de ley no adeudar informes, documentos y/o rendiciones de proyectos de convocatorias anteriores y se compromete a cumplir con los objetivos,: y realizar, las actividades en el tiempo y la forma establecidos en el cronograma de actividades declaradas en el PROYECTO.- SEGUNDA: La SECRETARÍA asignará en carácter de aporte no reintegrable la suma aprobada en el PROYECTO. La entrega del aporte no reintegrable será efectuada en UN (1) solo pago, por la suma de DOSCIENTOS DIECISIETE MIL QUINTENTOS PESOS CON 00/100 CENTAVOS ($ 217,500,00); que será transferido una vez que se encuentren cumplidos los recaudos legales y administrativos de la Provincia del Chubut.- TERCERA: Se tomara como fecha de inicio de la Implementación del PROYECTO el dia en que se haya efectuado la transferencia de fondos a la cuenta bancaria oportunamente declarada por el BENEFICIARIO. El plazo para FOLIO N°: 5 la ejecución y rendición del proyecto se establece en DOCE (12) meses a contar a partir de la fecha de inlcio.- CUARTA: El BENEFICIARIO deberá rendir cuentas de la aplicación de los recursos que le sean transferidos, en cumplimiento, de la normativa de la Provincia del Chubut aplicable en la materia. En razón de ello, y sin perjulcio del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones establecidas en la normativa vigente, se establece el sigulente detalle: Informe técnico de actividades. Copia de los extractos bancarios correspondientes a la cuenta bancaria pertinente o documentación que acredite la efectiva transferencia de fondos por parte de la SECRETARÍA y la recepción por parte del BENEFICIARIO. La relación de comprobantes que respaldan la rendición de cuentas, indicando mínimamente: número de factura o recibo, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor, denominación o razón social, fecha de emisión, concepto e importe, fecha de cancelación, númera de orden de pago o cheque; en las Facturas A, B o Cel Código de Autorización de Impresión deberá estar vigente al momento de su emisión, La totalidad de los comprobantes que se presenten deberan contar con la validación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Toda la documentación deberá presentarse en original. En caso de presentar copias las mismas deben estar claramente legibles y debidamente certificadas. La SECRETARÍA podrá requerr todo otro dato o comprobante complementario de acuerdo a las exigencias de rendición. determinadas por la Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley N° 26.331 y organismos de control.- QUINTA: EI BENEFICIARIO deberá permitir el ingreso al predio en el que se desarrolla el PROYECTO al personal asignado por la SECRETARIA y debera entregar la documentación que pudiera ser requerida por la SECRETARIA, la Autoridad Nacional Aplicación o los organismos de control correspondientes. La SECRETARIA realizará el control respecto al cumplimiento de objetivos, resultados esperados e indicadores de cumplimiento ajustados al listado de actividades declarado en el marco del PROYECTO por el BENEFICIARIO. La SECRETARIA realizará las inspecciones necesarias y en caso de corresponder emitira el correspondiente Certificado de Obra.-