Ordenanza Municipal N° 236/2020/2020
AUTORIZACION FRACCIONAMIENTO CONSORCIO SIPROSALUD III
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2020 AÑO DE LA ENFERMERIA-ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZA Nº236/2020
TEMA: AUTORIZACION FRACCIONAMIENTO CONSORCIO SIPROSALUD I!|
VISTO:
La solicitud realizada por el Sr. Juan Carlos Villarroel en representación del Consorcio
de vecinos de SIPROSALUD III, (Expte 167/19) y
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota presentada en el referido expediente se solicita la aprobación de un
fraccionamiento en las manzanas identificadas catastralmente como C:1 - S: 7 -
Manzanas 96-97A - 97B y 98, propiedad del consorcio de vecinos de SIPROSALUD III;
Que, en el año 2012, la Asociación de Empleados de Siprosalud Esquel (Personería
Jurídica 1829) adquirió las tierras para la construcción de un Barrio de 96 viviendas
sociales tipo dúplex con financiamiento del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo
Urbano de la Provincia del Chubut;
Que, posteriormente, en el año 2017, el mencionado Instituto comunicó a los promotores
que carecía de fondos para finánciar el emprendimiento, por lo que resultó necesario
buscar otras fuentes de recursos para lograr su concreción;
Que, habiendo fracasado la obtención de alguna línea de crédito para ejecutar las obras,
los adquirentes de las parcelas conformaron un consorcio a los fines de la construcción
de las redes de infraestructura básica (agua potable, energía eléctrica y desagües
cloacales);
Que, mediante Ordenanza 245/18 se declaró de utilidad pública y pago obligatorio la
obra de red de agua, energía eléctrica y cloacas en las manzanas 96-97 y 98 del Sector
-Circ. 1, autorizándose a la Secretaría de Hacienda a realizar los trámites
administrativos o convenios para proceder al cobro de esa obra;
Que, en el mes de junio 2019, para la concreción de las redes de infraestructura, la
Municipalidad de Esquel suscribió un contrato con la empresa RM Ingeniería de Roman
Draghi, obra que se encuentra en ejecución;
Que, al quedar desafectados de los programas del I.P.V.y D.U. y no siendo factible la
construcción de viviendas tipo dúplex, los lotes individuales no cumplen con las medidas
mínimas exigidas en el Código de Planeamiento Urbano vigente;
Que, el sector donde se ubican estas parcelas corresponde a la zona Mixta (M 1), de
acuerdo a lo dispuesto en el Código de Planeamiento Urbano vigente;
Que es función del Gobierno Municipal facilitar a los vecinos el acceso a su vivienda,
resolviendo la situación social de los mismos;
Que, por lo antes expuesto, y conforme la zonificación correspondiente al sector, es
necesario exceptuar del cumplimiento de las normas del CPU en lo relativo al frente
mínimo y superficie mínima de parcelas, en las que así corresponda, a los fines de la
aprobación de las mensuras particulares con fraccionamiento y redistribución, trámite
H. Concejo Deliberante
"2020 AÑO DE LA ENFERMERIA-ENFERMERIA AHORA"
De Esquel
requerido para el alta de los servicios públicos a cada parcela y para el
posterior
otorgamiento del título respectivo a cada adquirente.
Que esta solicitud ha sido estudiada por la Comisión de Obras Públicas de este Concejo
la que emite despacho favorable al mismo, en virtud de los antecedentes obrantes en el
Expediente.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: EXCEPTUÁSE del cumplimiento de lo establecido en los Art. 80, 232 y 233 del
Código de Planeamiento Urbano respecto a las medidas mínimas de frente y superficie
para el fraccionamiento de las manzanas 96 - 97A - 97B y 98 del Sector 7 -
Circunscripción 1 de esta ciudad que como ANEXOS I y Il, son parte integrante de la
presente Ordenanza, correspondientes al Consorcio SIPROSALUD III.
ART. 2°: En los fraccionamientos indicados en el Artículo 1°, no se otorgará ningún otro
tipo de excepción a los Códigos de Planeamiento Urbano y de Edificación vigentes, para
los proyectos de viviendas a ejecutar.
ART. 3°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 17 de diciembre de 2020.
loul
Lorena Anderson
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16° Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta
N° 29/2020, registrada como Ordenanza N°236/2020.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Dicem fure de 2020.
• ALBERTO RUI
ECRETARIO DE GOBIERN
MUNICIPALIDAD DÉ ESQUEL
"ArESECRETARIO"
Municipalidad de Esquel
PROVINCIA DEL CHUBUT
DEPARTAMENTO: FUTALEUFU—08
LUGAR: Ejido 15 (Esquel)
Circ. 1 - Sector 7
INMUEBLE: 1 Parcela 1 de la Manzana 96
Parcela
1 de la Manzana 97
OBJETO: Mensura particular con Fraccionamientos
PROPIETARIO:
Benito ALEMAN
DOMINIO
Matrícula (08-15) 107.444 de fecha 29/01/2009
ANTECEDENTES:
Dup. 258 Exptes. P.371-78, P.541-82, P.514-94, P.207-08, P.1147-11
CROQUIS DE LOCALIZACIÓN
1 108
Gob. ROQUE GONZALEZ
94
Antur
CHACRA 4
95
Nilda ALONSO ALEMAN
San Martin 1508-49
1508-Esquel
102
~ ARROYO
496
ESQUEL
101
97
98
AVDA.
100
ANDINA
99
PARTIDAS
ANEXO.
ORD. N° 236 2
Lorena estacon
Secabro ir para
FICD - Crizé de Lagiel
Adriana ALONSO ALEMAN
DNI.
San MartIn 318 15quel
PROTOCOLO DE TOMO T FOLIO
PLANOS
Fecha de Mensara: JULIO
DE 2020
M
Telat
AGRIMENSORA
M.P. N° 228
D.G.C.e 1.T. N° 36
V. Ameghino 613 - Esque
EXPEDIENTE
P-524-20
PLANO Nro.
mínimo y superficie mínima de parcelas, en las que asi corresponda, a los fines de la
aprobación de las mensuras particulares con fraccionamiento y redistribución, trámite