Ordenanza Municipal N° 238/2020/2020
HABILITACION REMISERA RIS - COOP DE TRABAJO RIS LIMITADA
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2020 AÑO DE LA ENFERMERIA-ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZAN° 238/2020
TEMA: HABILITACION DE REMISERIA - COOP. DE TRABAJO RIS LTDA.
VISTO: La presentación de la Cooperativa de trabajo, (Expte. 138/20), y
CONSIDERANDO:
Que, los mismos han solicitado la habilitación de una remisería en el Barrio Belgrano.
Que la misma es una Cooperativa de Inclusión Social, que darán trabajo a personas con
discapacidad, de acuerdo al objeto planteado en la constitución de la misma.
Que
se ha realizado las consultas pertinentes al Consejo Municipal de Discapacidad
quienes tienen conocimiento del citado expediente.
Que en la opinión de la Asesora Legal del HCD, expresa en su dictamen que es necesario
que la misma cuente con todos los requisitos exigidos por la Municipalidad de Esquel, para
la habilitación de la misma.
Que la Comisión de Servicios Públicos y Transportes, se ha reunido con miembros de la
Cooperativa y han emitido avanzar en la autorización.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE al Depto. Ejecutivo Municipal, a otorgar a la Cooperativa de
Trabajo* Remises Inclusión Social'(RIS) Limitada (con matrícula en trámite), una
Habilitación Comercial, en el Rubro de Remisería, en el Barrio Belgrano de nuestra Ciudad
La misma tendrá carácter de CONDICIONADA al cumplimiento de las siguientes
condiciones:
1) la Cooperativa deberá acreditar la matriculación en el INAES y el cumplimiento de todas
las obligaciones para la prestación del servicio de transporte de remises.
2) la habilitación otorgada no podrá exceder de veinte (20) meses desde la fecha de su
otorgamiento, pudiendo ser prorrogada.
3) La Cooperativa de Remises RIS LTDA. Deberá contar indefectiblemente con dos (2)
vehículos adaptados para el traslado de personas con discapacidad, con un máximo de
cinco (5) vehiculos, en total.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido archivese.
Esquel, ir de diciembre de 2020.
Lic Korena Anderson
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
/Alejandro Wengier
Presidente
- Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16° Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta N°
29/2020, registrada como Ordenanza N°238/2020.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Dicemfre de 2020.
Sr JU
ERTO RUI
"ALE SECRETARIA"
Ara. SERGIO ONGARATO
intendente
Municipalidad de Esquel