Ordenanza Municipal N° 179/2023/2023
RATIFICACION CONVENIO ENTRE ASOCIACION DE PADRES Y AMIGOS DEL DISCAPACITADO ( APAD) Y MUNICIPALIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD,
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esque!",
Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)
Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA
ORDENANZA N° 179/2023
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO
ISTO: El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Asociación d
adres y amigos del discapacitado (Expte. N° 173/13) 1
CONSIDERANDO:
Que, dicho convenio tiene como finalidad implementar formas de colaboración y
cooperación entre la Municipalidad y APAD, en reconocimiento de la función social que
esta última cumple en relación a las personas con discapacidad.
Que, el plazo de vigencia de dicho convenio es de dos (2) años contados a partir de su
suscripción.
Que, la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide emitir despacho favorable para
su correspondiente ratificación.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1º: RATIFÍQUESE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y la Asociación de Padres y amigos del discapacitado, de
fecha 14 de septiembre del corriente año, el cual se adjunta como Anexo | de la
presente.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 10 de noviembre de 2023.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Presidente
H. Concejo Delibefant
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 15º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta
N° 28/2023, registrada como Ordenanza N° 179/2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal,
registrese,
dese
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: I5 de noviembre de 2023.
tamales
Municipalidad de Esque
ra. SERGIO ONGARAT
Intendente
Municipalidad de Esquel
• PRE SRERTARIA
al Boletin
Esquel
Secretaría
de Desarrollo Social
Municipalidad de Esquel
AÑO DEL CENTENARID DE
LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
2023
FOLIO
N°º S3
ANO DEL CUADRAGESIMO ANIVERSARIO DE LA VIGENCIA
ININTERRUMPIDA DE LA DENOCRACIA /1983-2023]
AND DE VIGESIMO ANIVERSARIO DE LA CONSULTA POPULAR
POR EL "NO A LA MINA
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Din.
Municipall
CONVENIO
Entre la Municipalidad de Esquel, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal,
Arq. Sergio Ongarato, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 524 de esta ciudad
de Esquel, Provincia de Chubut, en adelante LA MUNICIPALIDAD y por otra la
"Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado", en adelante "A.P.A.D.", representada
por su presidente, Sr. Rodolfo Quiroga, D.N.I. 7.820.160, con domicilio real en calle Volta
N° 415 de Esquel, convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las condiciones y
cláusulas que a continuación se detallan:--
PRIMERA: El presente convenio tiene como fin implementar formas de cooperación y
colaboración entre LA MUNICIPALIDAD y A.P.A.D., reconociendo la función social que
esta ultima cumple en relación al servicio que brinda a las personas con discapacidad.-
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD se obliga a comprar a A.P.A.D en forma anual, entre los
meses de octubre y noviembre, la cantidad de veinte mil (20.000) plantines de flores, que
pertenezcan a su producción realizada en el C.I.C.A.L., los cuáles serán entregados a LA
MUNICIPALIDAD en el mes de diciembre de cada año.
TERCERA: El pago total del precio correspondiente a la totalidad de los plantines de flores
efectivamente entregados al
mes de diciembre, será efectuado en doce (12) cuotas
consecutivas, a abonarse desde Enero del año posterior a la entrega, de mil sesenta y ocho
(1068) módulos mensuales cada una, al valor vigente del módulo municipal al momento
efectivo de pago.
CUARTA: El plazo de vigencia del presente convenio es de dos (2) años contados a partir de
dia Cerva
la Legal
su suscripción. Dicho plazo será prorrogado automáticamente por igual término, salvo
an de Fotes
comunicación fehaciente en contrario de cualquiera de las partes, la que deberá realizarse con
45 días corridos de anticipación.
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a transportar a los Aprendices/Operarios
del C.I.C.A.L, durante todo el año, con excepción de los días en los cuales no se encuentre en
funcionamiento dicha institución, en el vehículo Fiat Ducato Maxicargo 2.3 JTD - Dominio
NUW649 o en el que LA MUNICIPALIDAD determine en su reemplazo, aportando el chofer
del mismo. -
SEXTA: Los gastos de combustible y el seguro del vehículo de transporte de la cláusula
Quinta estarán a cargo de LA MUNICIPALIDAD
Los gastos de mantenimiento (repuestos y mano de obra) del vehículo serán abonados por
A.P.A.D. y reintegrados por LA MUNICIPALIDAD a dicha institución contra presentación de
las facturas correspondientes en el plazo de 30 días contados a partir d su presentación. -__
SEPTIMA: Para todos los efectos legales que surjan del presente convenio las partes
constituyen domicilio en los arriba indicados en donde se tendrán por validas todas las
notificaciones administrativas y/o judiciales. Asimismo, las partes se someten a la jurisdicción
Municipalidad de Esquel - Perito Moreno y Rivadavia- 2945-456984
FOLIO
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correspondiente a los Tribunales Ordinarios de la Provincia del Chubut con asiento en la
ciudad de Esquel, haciendo expresa renuncia a otro fuero o jurisdicción que les pudiera
corresponder. -__
En prueba de conformidad, las partes firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto en la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, a los 14 días del mes de
Septiembre de 2023.-
RODOLFO R QUIROGA
Prosidente A.P.A.D
Dr. Mariano Palma'
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Municipalidad de Esquel - Perito Moreno y Rivadavia- 2945-456984