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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 267/06/2006

Fecha de Sanción: 2006-12-11
Fecha de Promulgación: 2006-12-18
Ciudad: Esquel, Chubut

UBICACIÓN ARTESANOS.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD H. Concejo Deliberonta DE Esque/ ORDENANZA N° 267/06 TEMA: UBICACIÓN ARTESANOS VISTO: La necesidad de regular la ubicación de los artesanos en la vía pública (expte. 54/05) y CONSIDERANDO: Que no existe ordenanza que regule la ocupación de espacios públicos para los artesanos. Que la instalación en la vía pública de puestos artesanales, libres y espontáneos genera inconvenientes a vecinos y comerciantes de nuestra ciudad. Que desde la Subsecretaría de Cultura de la Municipal de Esquel, se apoya y se sustenta todo el quehacer cultural de nuestra ciudad. Que la misma debe y le corresponde asignar lugares apropiados con diseño, características, usos y costumbres afines a la ciudad, destinados a la exposición y venta de productos artesanales. Que el gobierno municipal gira sobre ejes como la educación y la cultura, creando distintas comisiones que permitan cumplir con estos objetivos. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente ORDENANZA ART.1º: ESTIPULASE que en el radio comprendido entre las calles BARTOLOME MITRE y las Avenidas FONTANA, ALVEAR y AMEGHINO, ambas manos, a partir de la promulgación de la presente ordenanza, no podrán ejercer su actividad comercial, en las veredas y umbrales de la vía pública, todas aquellas personas que sean artesanos o reconocidos como tal. ART.2º: La Subsecretaría de Cultura y Educación determinará los lugares en que podrán realizar su actividad, exceptuándose de la precedente zonificación los siguientes espacios públicos: PLAZA GENERAL SAN MARTIN PLAZA DEL SOL (25 DE MAYO Y ALVEAR). ART.3º: El Departamento Ejecutivo dotará (si lo considera necesario), de la infraestructura a efectos de que los artesanos puedan desarrollar sus actividades, respetando diseño y características de madera, acorde a los usos y costumbres de nuestra ciudad. ART.4°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 11 de Diciembre de 2006. Tic. Viviana Ruiz Lamaiels Secretaria Legislativa Honorable Concejo Deliberante Tique/Anged Aparez H. Cones deterante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 18° Sesión Ordinaria del 2006, bajo Acta 26/06, registrada como Ordenanza N° 267/06. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 18 de Diciembre de 2006. SECRECIO DE GOBIERN SABLO, RAFAEL WILLIANAS Intendente Municipalidad de Esques