Ordenanza Municipal N° 181/2023/2023
MODIFICACION ORDENANZA N° 74/2023 NACIMIENTO O ADOPCION
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la unicipalidnd de Esquel"
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democraci:/ 1983-2023)"
"Año del vigésimo aniversario de la consulta popula por el " Ni A LA MING"
ORDENANZA 181/2023
TEMA: MODIFICACIÓN ORDENANZA N° 74/23
VISTO: La Ordenanza N° 74/23 (Expte. N° 146/12) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza citada se autoriza al Departamento Ejecutivo a abonar en
carácter de bonificación por nacimiento o adopción, la suma de Pesos Veinticinco Mil
Noventa y Cinco ($ 25.095), a todo Agente Municipal que acredite ante el Departamento
de Administración de Personal, el nacimiento o adopción de un hijo estableciendo ta
actualización anual del importe enunciado a partir del 1° de Febrero de cada año
Que, mediante la Ley Provincial | N° 762 se sustituyó el Artículo 3 de a Ley | N° 633 de
Asignaciones familiares, estableciendo la actualización semesíra de los importes de las
Asignaciones familiares
Que, es conveniente adoptar el mismo criterio de actualización que refiere el An 3 de Lev
Provincial I N° 762 de Asignaciones familiares para liquidar la bonifica ón por racimierto
o adopción de un hijo.
Que, corresponde dictar la norma legal correspondiente
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la ley XVI N° 46, sanciona la presenta
ORDENANZA
ART. 1°: MODIFICASE, el Artículo 2 de la Ordenanza N° 7&/202:, el que quedaré
redactado de la siguiente manera: "ART.2° ESTABLEZCASE, la actualización semesinai
del importe enumerado en el Art. 1 de la presente norma, a partir del 1° de Febraro y 1 de
agosto de cada año, de acuerdo a la variación del índice de precios al consumicor Región
Patagónica (IPC Región Patagónica) publicado por el INDEC. A les fines del cé culo de le
Bonificación correspondiente al mes de febrero, se tomarán como base
correspondiente a los meses de agosto del año anterior y enero del año en que se trate
Y para la Bonificación correspondiente a septiembre se tomarán como base el indice
correspondiente a los meses de enero y julio de ese mismo año"
ART. 2° Registrese, comuniquese y cumplido archivese.
Esquel, 27 de noviembre de 2023.-
Dr. Mariano Pal?na
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 16° Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N°
29/2023, registrada como Ordenanza N° 181/2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese a Boletín Municipal
y cumplido, archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 29 de/hoviembre de 2023
Lic. Sanchez Uribe Martele
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
Municipalidad de Esquel