Ordenanza Municipal N° 204/2023/2023
VALUACIONES INMOBILIARIAS (RELACIONADA CON ORDENANZA 04/2020)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA".
ORDENANZA N° 204/2023
TEMA: VALUACIONES INMOBILIARIOS
VISTO: La Ordenanza Municipal N° 046/88 que establece los valores unitarios básicos para
tierra y edificaciones, y elementos, fórmulas y procedimientos para la obtención de la
valuación fiscal en el área urbana; y las Ordenanza Municipales N° 152/08 y 232/12, 310/15,
188/16, 246/17 y 04/2020 (Expte. 250/2023) y
CONSIDERANDO
Que, la valuación es un instrumento que posibilita el conocimiento valuatorio del patrimonio
de los inmuebles pertenecientes a la jurisdicción.
Que, desde el punto de vista de la valuación fiscal masiva, ha de tenerse en cuenta que la
fiscalidad inmobiliaria es uno de los pilares que fundamenta la estructura tributaria de las
sociedades modernas.
Que, es notoria la desactualización de los valores de tierra, situación que obliga a un cambio
fundamental cuando se pretende contar con una base financiera de origen tributario
Que, la contribución territorial debe convertirse en una de las principales fuentes de ingresos
tributarios, para lo cual se debe hacer un notable esfuerzo de ordenamiento y gestión.
logrando con ello que la contribución territorial sea una efectiva base económica
Que, esto se logrará a través del diseño de normas y procedimientos sustentados en los
principios de equidad e imparcialidad, los cuales dependen de la existencia de una
proporcionalidad y acercamiento prudente entre el valor catastral y el valor de mercado.
Que, las normas deben ser uniformes, de aplicación general y capaces de expresar con la
mayor exactitud y sencillez todos los elementos que conforman los valores; evitando factores
personales y midiendo valores con unidades comparables.
Que, por consiguiente, la revisión de valores fiscales se realiza con el fin de conseguir una
mayor objetividad, que refleje la distribución en el tiempo y en el espacio de los valores que
se dan en la realidad.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1°: MODIFICANSE los valores unitarios básicos por cuadra para la tierra, de acuerdo al
plano aprobado por la Ordenanza N° 04/20; y los valores por metro edificado vigentes al
momento de la aprobación de la presente, multiplicando dichos valores por 2,40.
ART. 2°: Los valores unitarios básicos a los que hace referencia el artículo 1° de la presente,
serán de aplicación a partir del 01 de enero de 2024.-
ART. 3°: Registrese, Comuníquese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese.
Esquei, 29 de Diciembre de 2023
Secretaria Legislativa A/C
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
x. Norma \
Presidente
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Ciudad
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N°
34/2023, registrada como Ordenanza N° 204/2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 29 de Dic. de 2023
Américo Austin
Secretariode Gobierno
Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccetta
Intendente
Municigalidad de Esquel