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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 204/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-12-29
Fecha de Promulgación: 2023-12-29
Ciudad: Esquel, Chubut

VALUACIONES INMOBILIARIAS (RELACIONADA CON ORDENANZA 04/2020)

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". ORDENANZA N° 204/2023 TEMA: VALUACIONES INMOBILIARIOS VISTO: La Ordenanza Municipal N° 046/88 que establece los valores unitarios básicos para tierra y edificaciones, y elementos, fórmulas y procedimientos para la obtención de la valuación fiscal en el área urbana; y las Ordenanza Municipales N° 152/08 y 232/12, 310/15, 188/16, 246/17 y 04/2020 (Expte. 250/2023) y CONSIDERANDO Que, la valuación es un instrumento que posibilita el conocimiento valuatorio del patrimonio de los inmuebles pertenecientes a la jurisdicción. Que, desde el punto de vista de la valuación fiscal masiva, ha de tenerse en cuenta que la fiscalidad inmobiliaria es uno de los pilares que fundamenta la estructura tributaria de las sociedades modernas. Que, es notoria la desactualización de los valores de tierra, situación que obliga a un cambio fundamental cuando se pretende contar con una base financiera de origen tributario Que, la contribución territorial debe convertirse en una de las principales fuentes de ingresos tributarios, para lo cual se debe hacer un notable esfuerzo de ordenamiento y gestión. logrando con ello que la contribución territorial sea una efectiva base económica Que, esto se logrará a través del diseño de normas y procedimientos sustentados en los principios de equidad e imparcialidad, los cuales dependen de la existencia de una proporcionalidad y acercamiento prudente entre el valor catastral y el valor de mercado. Que, las normas deben ser uniformes, de aplicación general y capaces de expresar con la mayor exactitud y sencillez todos los elementos que conforman los valores; evitando factores personales y midiendo valores con unidades comparables. Que, por consiguiente, la revisión de valores fiscales se realiza con el fin de conseguir una mayor objetividad, que refleje la distribución en el tiempo y en el espacio de los valores que se dan en la realidad. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: MODIFICANSE los valores unitarios básicos por cuadra para la tierra, de acuerdo al plano aprobado por la Ordenanza N° 04/20; y los valores por metro edificado vigentes al momento de la aprobación de la presente, multiplicando dichos valores por 2,40. ART. 2°: Los valores unitarios básicos a los que hace referencia el artículo 1° de la presente, serán de aplicación a partir del 01 de enero de 2024.- ART. 3°: Registrese, Comuníquese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. Esquei, 29 de Diciembre de 2023 Secretaria Legislativa A/C H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel x. Norma \ Presidente ?. ?????? 4" Ciudad Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 34/2023, registrada como Ordenanza N° 204/2023. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese SECRETARIA DE GOBIERNO: 29 de Dic. de 2023 Américo Austin Secretariode Gobierno Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta Intendente Municigalidad de Esquel