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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 214/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-12-29
Fecha de Promulgación: 2023-12-29
Ciudad: Esquel, Chubut

PRORROGA LIMITE DE VELOC. PLAZO . DE ORDENANZA 154/2023

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel 2023 Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023) y Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "No a la Mina' ORDENANZA N° 214/2023 TEMA: PRORROGA A LA ORDENANZA N° 154/2023 ART. 2° SOBRE REDUCCION DE VELOCIDADES MAXIMAS EN AVENIDAS DE ALTA SINIESTRALIDAD La Ordenanza N° 154/2023 que determina como velocidad máxima CINCUENTA KILOMETROS POR HORA (50 km/h), de circulación, en Avenidas de nuestra ciudad, para todos los vehículos que circulen por las arterias que se detallan en el artículo 1° de la misma, (Expte. 182/21) y. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza mencionada en el visto de la presente, se faculta, en su artículo 4° , al Departamento Ejecutivo a realizar una amplia campaña de información y concientización, previa a su implementación, así como a realizar a través de la ? señalización necesaria al cumplimentar la norma Que, lo dispuesto en el Artículo 2° de la ordenanza N° 154/2023, establece que la misma entrará en vigencia dentro de los sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de su promulgación. Que, el Departamento Ejecutivo Municipal, ha solicitado se prorrogue la implementación de la ordenanza hasta tanto se cuente con los insumos, para su efectiva implementación. Que el Honorable Concejo Deliberante decide hacer lugar a lo solicitado por el Departamento Ejecutivo Municipal. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1: MODIFICASE el Art. N° 2 de la Ordenanza N° 154/2023 Quedando redactado de la siguiente forma: "...ART. N° 2°: PRORROGASE la implementación de la ordenanza n° 154/2023 por el término de 60 días contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza". ART. 2°.- Registrese, comuniquese y cumplido archívese. Esquel, 29 de diciembre de 2023.- ???. Dra. Emiliana Sartorio Secretaria Legislativa A/C H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 34/2023, registrada como Ordenanza N° 214/2023 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 29 de Dic. de 2023 Américo Austin Secretario de Gobierno Menicipalidad de Esquet Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel