Ordenanza Municipal N° 07/24/2024
ADHESION A LEY PROVINCIAL V 194- D.E- APROBADA POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquer
ORDENANZA Na 07/2024
TEMA: ADHESIÓN LEY PROVINCIAL V NO 194
VISTO: La sanción de la Ley Provincial V NO 194 de la Legislatura de la Provincia del
Chubut (Expte 25/2024) y,
CONSIDERANDO
Que, en el año 1994 el Poder Constituyente de Chubut otorgó una nueva Constitución
de vanguardia, que conservó los avances de la Constitución de 1957 en materia de
derchos sociales e incorporó nuevos derechos y mejoró el diseño de los órganos del
poder.
Que, es el reconocimiento a los Convencionales quienes bregaron por la sanción de
una Constitución en la que primó el trabajo, la convivencia y el espíritu democrático y
republicano.
Que, en esa ocasión se recogieron propuestas e iniciativas ciudadanas, particulares y
de instituciones de toda la Provincia y muchas de las cuales quedaron plasmadas en el
texto Constitucional.
Que, la Reforma de 1994 consagró el primer Consejo de la Magistratura con una
estructura sencilla, dinámica y transparente que ha merecido una excelente recepción
por la doctrina nacional.
Que, en conmemoración a esa fecha de gran importancia institucional, la Honorable
Legislatura de la Provincia sancionó la Ley que establece al año 2024 en la Provincia
como: "Año de conmemoración det 300 Aniversario de la Reforma de la Constitución del
Chubut" dada la importancia y trascendencia histórica de la Reforma Constitucional del
año 1994.
Oue, en el Art. 80 establece que "durante el año 2024, todos los sitios web y
documentos oficiales de los tres Poderes del Estado, así como Entes Autárquicos,
Empresas y Sociedades Estatales, deberán llevar en el membrete la frase "Año de
conmemoración del 300 Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" e
incluir en el margen superior derecho, la insignia creada en el artículo 40 de la presente,
y en su Art. 90 de la Ley V NO 194, se invita a todos los Municipios de la Provincia a
adherir a la misma".
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 10' ADHIERASE en todos sus términos a la Ley Provincial V NO 194 del Digesto
Jurídico de la Provincia del Chubut.
ART. 20: ESTABLEZCASE que, toda papelería oficial y sitios web a utilizar por los
organismos municipales e instituciones provinciales descentralizadas que se
encuentren dentro de convenios marcos, deberán llevar la leyenda: "Año de
conmemoración del 300 Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut".
ART. 30: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 08 de Ma
2024.-
H. Concejo De
Da a en Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10 Sesión
04/2 4, egistrada como Ordenanza NO 07/2024.
POR NTO: Téngase como Ordenanza Municipal,
Municipal y cumplido ar -vese.
RDINACIÓN: de ru-z-u-r-
SUBSECRETARIA DE
Ma
del 2024, bajo Acta NO
ístrese, dese al Boletín
2024.
s Taccetta
Inte dente
idad de Esquel