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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 11/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-03-08
Fecha de Promulgación: 2024-03-13
Ciudad: Esquel, Chubut

EXCEPCION PAGO CANON POR VENTA- SR. AGUIRRE - APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 11/2024 TEMA: EXENCIÓN PAGO CANON ORDENANZA N° 202/23. Y1S20, La Ordenanza N° 202/2023 y la nota presentada por el St. Aguirre Luis (Exple. CONSIDERANDO: Que, en la norma referida en el Visto, en su Art. 26 regula las contribuciones que inciden sobre el comercio en la vía pública, tributo que se abona por la comercialización de artículos o productos y la oferta de servicios en la vía pública o locales de acceso al público y que no se encuentren dentro del titulo VIII del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 201/23). Que, en el Art. 26 inc. I de la Ordenanza tarifaria regula que deberán abonar quinientos (500) módulos aquellos vendedores de artículos alimenticios, envasados, cerrados y especies. Que, el Sr. Aguirre Luis, trabajador autónomo, se aboca a la venta ambulante de distintas especies sobre Av. Avenida Alvear entre Av. Fontana ? calle Sarmiento de nuestra ciudad. Que, el vecino presenta una nota ante el HCD, solicitando sea eximido del pago regulado en el Art. 26 inc. I de la Ordenanza N° 202/23 - Tarifaria, en virtud de que, es su único ingreso, no percibiendo ningún beneficio previsional ni trabajo estable, como así también es el único sostén de familia que se encuentra compuesto por su esposa y sus tres hijos. Que, el Sr. Aguirre cuenta al día de la fecha con el carnet vigente de manipulación de alimentos. Que, en virtud de los antecedentes obrantes en el expediente, la Comisión de Hacienda decide eximirlo del pago por el término de un año. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: EXIMASE al Sr. Aguirre Luis Ernesto DNI: 17.316.658, del pago regulado en la Ordenanza N° 202/23 en su Art. 26 Inc. i, en relación a las contribuciones que inciden sobre la vía pública, por el término de un año contados a partir del 01 de enero del corriente año. ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 08 de marzo de 2024.- c Mariela Sanchez Uribne Secretaria Legistativa H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 04Y2024, registrada como Ordenanza N° 11/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 13 de Marzo de 2024. Marla Ri Ferre secretaría de Coordinacion Municipalidad de Esquel "AC SECRETARIA® Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel