Ordenanza Municipal N° 16/24/2024
RATIFICACION CONVENIO CON CLUB SOCIAL BELGRANO- D.E- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 16/2024
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO CON CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO BELGRANO
VISTO: El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Club Social Cultural
y Deportivo Belgrano (Expte. 10/22) y,
CONSIDERANDO:
Que, el convenio mencionado en el Visto, tiene como finalidad la Adscripción al Club
Social, Cultural y Deportivo Belgrano, del agente Municipal, Lobos Fernando Martir
DNI: 24.584.819, dependiente de la Secretaria de Deportes, quien se desempeña en el
Club como entrenador, debiendo cumplir 18 horas cátedras en días y horarios que el
Club disponga comunicando la asistencia del adscripto a mes vencido a la Dirección de
Capital Humano de la Municipalidad.
Que, las partes manifiestan que por el presente pretenden satisfacer intereses
comunes.
Que, como contraprestación el Club Belgrano ofrece a la Municipalidad 25 becas
deportivas para la incorporación de niños en las diferentes prácticas deportivas, y pone
a disposición, previa coordinación con la Institución, 40 horas mensuales, no
acumulativas de uso de la cancha sintética fútbol 11, las que deberán ser solicitadas
por la subsecretaria de Deportes con al menos 7 días de anticipación.
Que, el presente convenio tendrá vigencia de once meses, contados a partir del 01 de
febrero del 2024, venciendo indefectiblemente el día 31 de diciembre del 2024, sin
necesidad de notificación alguna.
Que, el mismo fue estudiado por la Comisión de Asuntos Legales y emite despacho
favorable.
Que, en consecuencia, corresponde ratificar el convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y el Club Social, Cultural y Deportivo Belgrano.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART.1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y Club Social, Cultural y Deportivo Belgrano con fecha 31 de
enero de 2024, que tiene como finalidad la adscripción a dicho Club del Agente
Municipal Lobos Fernando Martin, DNI: 24 584 819, el cual se adjunta a la presente con
Anexo l
ART.2°: Registrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y cumplido, Archívese.
Esquel, 08 de marzo de 2024.-
Lic. Mariela Sánchez
Esch Norma Trucco
Secretaria Legislativa
Presidente
H. Concejo Deliberante
i Concejo Deliberi
Ciudad de Esquel
mudad de Esaste
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión Ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 04/2024, registrada como Ordenanza N° 16/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 13 de marzo de 2024
Maria Rodio
Ferr
Siene alte o rengión
"AVC SECRETARIA"
Matias F. Taccetta
Intendente
Municigalidad de Esquel
ANEXO
I
ORD. N° 16/2024
FOLIO
N°..
Juan Estaban COLIHUEQUE
Abogado
T°/ - F° 80
CONVENIO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, representada en este acto por el Sr.
Intendente Municipal, Cdor. Matías TACCETTA, con domicilio legal en calle
Bartolomé Mitre N° 524 de Esquel, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una
parte, y por la otra, el CLUB SOCIAL CULTURAL Y DEPORTIVO BELGRANO,
CUIT 30-67035191-9, representado por su presidente, Sr. Sergio Raúl GALINDO,
DNI. N° 20.239.151, con domicilio legal en calle Alsina N° 363 de Esquel, en adelante
"EL CLUB", convienen en celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes
cláusulas y condiciones: -.........
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD otorgará, una vez ratificado el presente Convenio
por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, la adscripción del Profesor de
Ed. Física Fernando Martin LOBOS, DNI: 24.584.819, quien se desempeñará en EL
CLUB como entrenador, debiendo cumplir las 18 horas cátedras, en días y horarios que
EL CLUB disponga, comunicando la asistencia, del adscripto, a mes vencido a la
Dirección de Capital Humano de la Municipalidad. -.
En caso de que el agente deba realizar horas extras o trabajar en días feriados o fines de
semana, como consecuencia de las actividades aquí pactadas, las mismas serán abonadas
exclusivamente por EL CLUB, quedando expresamente acordado entre las partes que
LA MUNICIPALIDAD no abonará horas extras, viáticos ni adicionales algunos. -....--
SEGUNDA: EL CLUB otorga a LA MUNICIPALIDAD y ésta acepta, veinticinco
(25) becas deportivas mensuales para la incorporación de niños y niñas menores de 18
años en la práctica deportiva del club en las distintas categorías y disciplinas según la
disponibilidad de cupos. -_
Asimismo, EL CLUB se compromete a poner a disposición de LA MUNICIPALIDAD
cuarenta (40) horas mensuales, no acumulativas, de uso de la cancha sintética fútbol 11;
las que deberán ser |
solicitadas por la Subsecretaria de deporte de LA
MUNICIPALIDAD con al menos 7 días de anticipación. --
TERCERA: EL CLUB deberá presentar de manera obligatoria un informe trimestral
con el horario que presta funciones el agente como así también del desempeño y logro
del mismo, caso contrario el convenio se rescinde por incumplimiento.___
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD en ningún caso será responsable por
indemnización de daño material, físico o moral que pueda ocasionarse a alguno de los
beneficiarios de las becas, mientras se encuentren realizando las actividades deportivas
en instalaciones de EL CLUB. -
QUINTA: El presente convenio tendrá vigencia de once (11) meses, contados desde el
01 de febrero de 2024, venciendo indefectiblemente el 31 de diciembre de 2024, sin
necesidad de notificación judicial o extrajudicial alguna entre las partes. --
SEXTA: El incumplimiento por parte de EL CLUB de cualquiera de las obligaciones
contraídas por en el presente convenio, facultará a LA MUNICIPALIDAD a rescindir el
SEPTIMA: Para todos los efectos legales del presente las partes se someten a la
De conformidad ambas partes firman tres (3) ejemplares de igual tenor y a un solo
efecto, en la ciudad de Esquel, a los 31
días del mes de enero de 2024.
GALINDO SERGIO RAUL
Presidente C.S.C y D. Belgran
Esquel - Chubut
atías F. Tacobt