🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 17/24/2024

Fecha de Sanción: 2024-03-08
Fecha de Promulgación: 2024-03-13
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION ACTA ACUERDO CON SEC. DE BOSQUES DE PROV. D.E- APROBADA POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 17/2024 TEMA: RATIFICACION ACTA ACUERDO VISTO: El Acta Acuerdo suscripta entre la Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut y el Municipio de Esquel (Expte. 234/23) y, CONSIDERANDO: Que, la firma de dicha Acta Acuerdo tiene como finalidad la ejecución de actividades ligadas a la silvicultura preventiva (poda, raleo y baja de combustible) en zonas de interface y en distintos sitios correspondientes a los bosques comunales de Esquel con de Incendios Forestales. Que, mediante dicho Acta Acuerdo, se promueve a la protección de las zonas de interface entre la ciudad y los Bosque Comunales ante los incendios forestales teniendo como finalidad las actividades silvícolas preventivas la reducción en la intensidad y la propagación del fuego, lo cual ayuda además a la protección de las personas y sus hogares. Que, de esta manera, se preserva la biodiversidad y se evita la degradación del suelo y la pérdida de hábitats naturales. Que, desde este Honorable Concejo Deliberante se decide ratificar la mencionada Acta Acuerdo específico. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente. ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripto entre la Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Esquel el día 3 de diciembre del año 2022, la cual se adjunta como Anexo | de la presente. ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 08 de marzo de 2024.- Marielu Sara rez Uribne cretaria Legislativa H. Concejo Deliberante Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 04/2024, registrada como Ordenanza N° 17/2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 13 de marzo de 2024. "AVESECRETARIA" Marías F. Taccetta Intendente municipalicad de Esquel ANEXO I ORD. Nº 17/2024 • 0 FOLIO N° 14 ACTA ACUERDO ENTRE LA SECRETARÍA DE BOSQUES DE LA PROVINCIA FOLION DEL CHUBUT Y LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Entre la Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut, con domicilio en calle 25 de mayo 893 de la localidad de Esquel, representada en este acto por el Sr. Secretario de Bosques, Ing. Ftal. Rodrigo ROVETA (DNI 26.304.120), en adelante "LA SECRETARÍA" (CUIT 30-71435874-6), y la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL (CUIT 30-99909329-5), con domicilio en la calle Mitre 524 de la localidad de Esquel, representada en este acto por su Intendente, Arq. Sergio ONGARATO (DNI 16.872,251), en adelante "LA MUNICIPALIDAD", en el marco de la implementación del Decreto Provincial N°1253/21, que crea Programa Integral de Prevención, Mitigación, Remediación y Restauración de Incendios Forestales y con el objeto de poner en práctica actividades ligadas a la silvicultura preventiva; convienen celebrar el presente Acta Acuerdo que se regirá por las siguientes PRIMERA: LA SECRETARÍA Y LA MUNICIPALIDAD en el marco de la implementación del Decreto Provincial N°1253/21, acuerdan desarrollar acciones conjunto, para poner en práctica actividades ligadas a la silvicultura preventiva, en distintos sitios correspondientes a las plantaciones comunales de SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD deberá brindar los recursos humanos, realizar las tareas, compras y asignación de materiales e insumos y contrataciones necesarias para implementar tareas en el marco del "Programa Integral de Prevención, Mitigación, Remediación y Restauración de Incendios Forestales" creado por Decreto N° 1253/2021. La línea de trabajo prioritaria para este acuerdo es la protección y prevención activa contra incendios forestales; y para su ejecución podrá contemplarse las sigulentes tareas, sin perjuicio de otras que se pudieren determinar: --- Asistencia técnica para la implementación del Plan de intervención. - El establecimiento de tratamientos de silvicultur preventiva (fajas revención, raleos, podas y reducción de combustibles TERCERA: LA SECRETARIA a través del Servicio Provincial de Manejo del Fuego prestará asesoramiento a LA MUNICIPALIDAD, y realizará el monitoreo de las actividades realizadas en el marco del acuerdo. - CUARTA: LA MUNICIPALIDAD presentará, de acuerdo a lo pautado por LA SECRETARÍA, en un plazo de treinta (30) días a contar desde la firma de este acuerdo, un Plan de Trabajo detallado para la implementación del acuerdo Índicando como mínimo: Justificación, Objetivos, Actividades, Cronograma, Presupuesto, Resultados Esperados; con ajuste a las líneas de trabajo enunciadas en la cláusula SEGUNDA. El Plan Trabajo deberá estar ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL Secretaria de Bosques mian Villant Amis Dinector Gral. de Coronación insalucional Secretarla de Bosquie Provincia del Chubut FOLIO N° 1S. acompañado la documentación técnica que corresponda según las actividades a ejecutar. - LA MUNICIPALIDAD designara un representante técnico y un responsable administrativo para la implementación de acta acuerdo, quienes serán los responsables de realizar informes periódicos sobre los avances del trabajo y mantener comunicación permanente con el Servicio Provincial de Manejo del Fuego de LA SECRETARÍA. - QUINTA: LA SECRETARÍA entregará un Aporte Económico NO Reintegrable (ANR) con cargo de ejecución y rendición a LA MUNICIPALIDAD por un monto de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000,00) con ajuste al presupuesto del Plan de Trabajo establecido en la cláusula CUARTA y como único aporte bajo todo concepto para su aplicación a este Acta Acuerdo que será transferido una vez que se encuentren cumplidos los recaudos legales y administrativos de la Provincia del Chubut. SEXTA: LA MUNICIPALIDAD deberá rendir cuentas de la aplicación de los recursos que se transfieran en virtud del presente Acta de Acuerdo según la normativa de la Provincia del Chubut aplicable en la materia. En razón de ello y sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones establecidas en la normativa vigente, se establece el siguiente detalle: - Informe de actividades. --. - Copia de los extractos bancarios correspondientes a la cuenta bancaria pertinente o documentación pertinente la efectiva transferencia de fondos por parte de LA SECRETARÍA y la recepción por parte de LA MUNICIPALIDAD y de LA MUNICIPALIDAD a los terceros que ésta cóntrate. --. Planilla de Relación de Comprobantes que respaldan la rendición de cuentas, indicando mínimamente: número de factura o recibo, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor, denominación o razón social, fecha de emisión, concepto e importe, fecha de cancelación, número de orden de pago o cheque; en las Facturas A o B el Código de Autorización de Impresión deberá estar vigente al momento de su emisión. Comprobantes de gastos con la validación de la Administración federal de Ingresos Públicos (AFIP). Toda la documentación deberá presentarse en original. En caso de presentar copias las mismas deben estar claramente legibles y debidamente certificadas. La SECRETARÍA podrá requerir todo otro dato o comprobante complementario.-.. SÉPTIMA: La duración del presente acuerdo es de DOCE (12) meses a contar a partir de la fecha de transferencia de fondos por parte de LA SECRETARÍA a LA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD será responsable por la aplicación eficaz y efectiva de los fondos asignados, debiendo restituir aquellos importes que no sean utilizados o que debidamente aplicados de acuerdo al del Plan de