Ordenanza Municipal N° 18/24/2024
RATIFICACION ACTA ACUERDO ESPECIFICO CON AGENCIA NAC. DISCAPACIDAD- D.E- APROBADA POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 18/2024
TEMA: RATIFICACION ACTA ACUERDO ESPECIFICO
VISTO: El Acta Acuerdo Específico "Etapa |" suscripta entre la Agencia Nacional de
Discapacidad y el Municipio de Esquel (Expte. 244/23) y
CONSIDERANDO:
Que, la Agencia Nacional de Discapacidad es una institución que tiene como objeto
fomentar el desarrollo y la aplicación de políticas que consoliden derechos de las
personas con discapacidad, potenciando la transformación social y la inclusión.
Que, el Acta Acuerdo específico mencionado en el Visto fue suscripto entre ANDIS y el
Sr. Intendente mandato cumplido, Arq. Sergio Ongarato en el mes de septiembre del
año 2023.
Que, el mismo tiene como finalidad brindar apoyo a la Municipalidad en la
institucionalización, jerarquización de una política pública en discapacidad en el nivel
local y en la puesta en marcha de iniciativas, acciones y dispositivos que contribuyan a
la construcción de ciudades accesibles e inclusivas ? al pleno goce de los derechos
humanos de las personas con discapacidad en sus territorios, esto en el marco de la
Etapa 1 del Plan Integral para la promoción y protección de los derechos de las
personas con discapacidad en el ámbito local "Accesar".
Que, el ANDIS, asume el compromiso de transferir la suma de Pesos setecientos mil
($700.000) a la Municipalidad de Esquel en concepto de subsidio para el
fortalecimiento del área de atención a personas con discapacidad.
Que,
desde este Honorable Concejo Deliberante se decide ratifica la mencionada Acta
Acuerdo específico.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el Acta Acuerdo específico "Etapa 1"
suscripto entre la Agencia Nacional de Discapacidad y la Municipalidad de Esquel el
día 11 de septiembre del año 2023, la cual se adjunta como Anexo I de la presente.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 08 de marzo de 2024.-
Lic Mariela Sanchez Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 04/2024, registrada como Ordenanza N° 18/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin
Municipal y cumplido archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 13 de marzo de 2024.
Subsecretaria de/Coordinación
Municipalidad de Esquel
A/C SECRETARM®
Matías A Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel
ACCESar
ANEXO_
• 50 N° 18/2024
H.C. 0
FOLIO
4
N.......
ACTA ACUERDO ESPECÍFICO "ETAPA I" ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD Y EL MUNICIPIO DE ESQUEL, PCIA. DE CHUBUT.
Entre la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, en adelante "ANDIS", con domicilio en
la calle Hipólito Yrigoyen N° 1447 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
representada en este acto por su Director Ejecutivo, Lic. Fernando G. GALARRAGA, DNI
21.869.919 por una parte; Y MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, en adelante
"MUNICIPALIDAD", con domicilio en Calle Bartolomé mitre N° 524, ciudad de Esquel,
Provincia de Chubut, representado en este acto por el Sr. Sergio ONGARATO, por la otra
parte; y conjuntamente denominadas las "PARTES"; convienen en celebrar el presente
Acta Acuerdo Específico "Etapa 1", sujeto a las Cláusulas de seguida exposición.
PRIMERA: El presente Acta tiene por objeto la formalización de las acciones llevadas
adelante por las partes, en el marco de la Etapa 1 del Plan Integral para la Promoción y
- Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el ámbito local
"ACCESAR", de conformidad a la establecido en la Cláusula quinta del Convenio de
Adhesión e Integración oportunamente suscripto y a lo expuesto el Diagnóstico
Territorial e Institucional - Anexo | IF-2023- 79823427-APN-DE#AND que forma
integrante del presente Acta.
SEGUNDA: Las "PARTES" han efectuado el Diagnóstico Territorial e Institucional, el cual
brindó a la Unidad de Coordinación los elementos necesarios para determinar las
necesidades a financiar por parte de ANDIS conforme surge del Proyecto de Inversión -
ÁNEXO II IF-2023- 79827937-APN-DE#AND, las cuales se detallan a continuación: i) 2
Notebook, 2 CPU, 1 impresora (i) 4 escritorios, 4 sillas, lil) 3 Carteles de símbolo
universal.
TERCERA: A los fines y efectos de lo determinado en la Cláusula que antecede la ANDIS
se compromete a transferir al MUNICIPIO la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($
700.000,00.-), en concepto de subsidio para el desarrallo y fortalecimiento de las áreas
locales de atención a personas con discapacidad, conforme las montos, plazos,
condiciones y procesos de rendición aquí contemplados.
El desembolso de la suma precitada se realizará en UNA (1) cuota única, según
disponibilidad presupuestarla, No se contemplarán en ningún caso ampliaciones del
monto otorgado.
Los antecedentes y documentación respaldatoria de la Etapa 1, establecidos en la
Resolución
AND
N°
555/23,
obran
en
el
Expediente
N°
EX-2023-
39769860-APN-DE#AND.
Agencia
Nacional de
Discapacidad
ACCESar
CUARTA: El MUNICIPIO se obliga a:
/ Utilizar los fondos asignados para financiar única y exclusivamente los gastos
necesarios para la
adquisición de lo ya indicado, de conformidad con los
lineamientos del Reglamento Operativo del Pian Integral para la Promoción y
Protección de los derechos de las Personas con Discapacidad en el ámbito local
"ACCESAR", identificado como IF-2023-40346386-APN-DE#AND, que forma
parte de la presente como ANEXO!..
/ Aplicar los fondos asignados de acuerdo con las determinaciones y alcances del
presente, quedando expresamente prohibido al MUNICIPIO efectuar
modificación alguna en el objeto, plazos, metodología, y/o cualquier otro
aspecto sin que medie una expresa aprobación en tal sentido por parte de la
/ Rendir cuentas a la AGENCIA el plazo establecido en la cláusula OCTAVA, en un
todo de acuerdo con las disposiciones del Decreto N° 225/07 y el Reglamento
citado precedentemente, y con lo establecido en la Ley N° 24.156 -Ley de
Administración Financiera y de las Sistemas de Control del Sector Público
Nacional- y sus modificatorias y complementarías y lo establecido en el
Reglamento Operativo del Plan "ACCESAR" aprobado por la Resolución N°
555/23 que como ANEXO Il forma parte de la presente, los cuales declara
conocer y aceptar el MUNICIPIO.
Administrar los recursos asignados con eficiencia, eficacia y transparencia, para
el mejor logro de los objetivos perseguidos.
/ Responder en tiempo y forma a todos los requerimientos que, de cualquier
indole, le efectúe la ANDIS.
QUINTA: Es obligación de la AGENCIA realizar el desembolso según las condiciones
expresadas en la Cláusula tercera del presente, y de acuerdo con las posibilidades
presupuestarias.
SEXTA: El MUNICIPIO asume la responsabilidad de solventar cualquier diferencia
dineraria que supere el monto acordado entre LAS PARTES, para la ejecución de la
Etapa !.
SÉPTIMA: Las partes establecen un plazo de ejecución para la presente de NOVENTA
(90) días contados a partir de la efectiva recepción de los fondos por parte del
"MUNICIPIO".
Agencia
Nacional de
Discapacidad