Ordenanza Municipal N° 21/24/2024
CONDONACION Y EXIMICION POR IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SR. ARIEL EVANS- APROBADA POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 21/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por el Sr. Evans Ariel Fermin (Expte. 11/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Evans solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado al día de la fecha no cuenta con trabajo estable y además su esposa
padece una discapacidad diagnosticada con anormalidades en la marcha y de la
movilidad de la insuficiencia cardiaca, según lo acredita en el expediente mediante
certificado único de discapacidad.
exentos del pago del impuesto inmobiliario la unidad habitacional en donde residan
personas con discapacidad debidamente certificada.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo,
necesario que el contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite
de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando el
certificado de discapacidad correspondiente y encontrándose vigente, no existiendo
deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, al Sr. Evans, al haberle generado deuda del impuesto inmobiliario, corresponde al
Concejo Deliberante condonarle la misma, eximirlo del pago hasta el 31 de diciembre a
los fines que,
el contribuyente pueda
en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho
favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: CONDONASE al Sr. Evans Ariel Fermin DNI: 30.578.175, la totalidad de lo
adeudado en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la
presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10015057.
ART. 2º: EXÍMASE al Sr. Evans, del pago del impuesto inmobiliario, desde la fecha de
promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por el inmueble
identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art. 98 de la
Ordenanza N° 201/23.
ART. 3°: NOTIFIQUESE al Sr. Evans que, en el mes de diciembre de cada año deberá
realizar los trámites de exención de pago
sobre el impuesto inmobiliario ante el
Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrar dentro de lo establecido en el Art. 98
de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archivese.
Esquel, 08 de marzo de 2024.-
Lic Mariela Sanchez thribe
?s??. Warma Traiga
acident
Secretaria Legislativa
H. Concejo Delibetante
Ciudad de Esquel \
Chincid Desperante
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 04/2024, registrada como Ordenanza N° 21/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archivese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN
13
de marzo de 2024.
María Rocio Ferro
Subsecretaria de Coordinación
Municipalidad de Esquel
"A/C SECRETARM
Matías F. Taccetta
intendente
municipaldad de Esquer