Ordenanza Municipal N° 30/2024/2024
PLAN ESPECIAL DE PAGO- SRA. DINA ÑANCO- APROBADO OR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Deliberante
"Año de conmemoración 3C Aniversario la Reforma de la Constitucón Chubut"
ORDENANZA NO 30/2024
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Dina Ñanco (Expte. 40/24) y,
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Ñanco, solicita la posibilidad de otorgarle un plan especial de pago por la totalidad del capital adeudado en concepto de impuestos inmobiliarios sobre el capital; y sobre los intereses devengados requiere la eximición de los mismos dado que, no percibe ingresos acorde a la economía actual, y se le imposibilita quedar al día con todos los impuestos de su inmueble de la cual es sola y único sostén económico.
Que, en virtud de lo obrante en el expediente, la Comisión de Hacienda acuerda otorgarle un plan especial de pago por la totalidad del capital adeudado y por el cincuenta por ciento (50%) de los intereses devengados de la misma, y, sobre el cincuenta por ciento (50%) restante, condonarlos hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la presente.
ORDENANZA
ART. 10: OTORGASE un plan especial de pago a la Sra. Dina Ñanco DNI: 21.021.775, por el capital adeudado y el cincuenta por ciento de los intereses devengados en concepto de impuestos inmobiliarios hasta el 31 de diciembre del año 2023, que recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10014132, consistente en dieciséis (16) cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin actualización ni intereses cada una de pesos Once mil trecientos treinta y cuatro con 97/100 ctvos ($11.334,97).
ART. 20: CONDONANSE a la Sra. Ñanco el cincuenta por ciento (50%) de los intereses devengados de la deuda mencionada en el art. 10 de la presente, hasta el 31 de diciembre del año 2023.
ART. 30: El plan de pago otorgado en el Artículo 10 deberá suscribirlo en la Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos de promulgada la presente Ordenanza, caso contrario quedará sin efecto.
ART. 40: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 22 de mayo de 2024.
Lic. Mariela S
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 20 Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta NO 05/2024, registrada como Ordenanza NO 30/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, publíquese, dese al Boletín Oficial de 2024, y archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.
Mariano Taccetta
Intendente de Esquel