Ordenanza Municipal N° 40/2024/2024
RATIFICACION CONTRATO CON INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA- DEM- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
MED
H. Concejo Deliberante
De Esquel
L
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 40/2024
TEMA: RATIFICACIÓN CONTRATO
VISTO: El contrato suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial
del Agua (Expte. 39/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, dicho contrato tiene como finalidad delegar a la Municipalidad la ejecución de los
trabajos, que contempla la provisión de la mano de obra y equipos necesarios, para la
limpieza de Arroyos Esquel - Segunda Etapa.
Que, el IPA, aportará a la Municipalidad para la ejecución de estos trabajos la suma de
Pesos Noventa y nueve millones novecientos treinta y dos mil once con noventa y tres
centavos ($99.932.011,93).
Que, la Municipalidad de Esquel, se compromete a ejecutar dichos trabajos en el plazo
de ciento veinte días (120), contados a partir del Acta de Inicio de obra.
Que, en virtud de lo expuesto, la comisión de asuntos legales del HCD, decide emitir
despacho favorable ratificando dicho contrato.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Contrato celebrado entre la
Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial del Agua (IPA), referido a "limpieza de
Arroyo Esquel - Segunda etapa", el cual se adjunta a la presente como Anexo I.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 22 de marzo de 2024.-
Lic Mariela Sanchez Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
scr. Norma Truc
dad te Esor
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2° Sesión ordinaria del 2024, bajo Act
N° 05/2024, registrada como Ordenanza N° 40/2024
POR TANTO:_Téngase como Ordenanza Municipal,
, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 04 de
de 2024.
Matías A Taccetta
Intendente
Municinalidad de Esquel
A/C SECRETARIA®
ANEXO_
:I
ORD. N° 40/2024
--- Entre el Instituto Provincial del Agua representada en este acto por el señor Administrador
General de Recursos Hídricos Ing. Esteban Parra en adelante "EL INSTITUTO" por una parte, y
la Localidad de Esquel en adelante "LA MUNICIPALIDAD", representada por sú Intendente, Sr.
Matías F. Taccetta, por la otra,
convienen en celebrar el presente Contrato, en adelante "EL
CONTRATO". para la
ejecución de: "LIMPIEZA DE ARROYOS- ESQUEL SEGUNDA
ETAPA", el cual se regirá de acuerdo a las siguientes Cláusulas: -.
CONTRATO:
"EL INSTITUTO" delega. a
MUNICIPALIDAD" y este acepta, la ejecución de los Trabajos que contempla la provisión de la
mano de obra y equipos necesarios para la ejecución de la misma, según la Memoria Descriptiva
de la Obra. La delegación establecida en la presente Cláusula implica el derecho y la obligación
de "LA MUNICIPALIDAD" a ejecutar los Trabajos por si o por terceros, licitar, adjudicar,
subcontratar, inicial, certificar, dirigir, inspeccionar y recibir el trabajo público arriba descrito,
mediante el procedimiento administrativo que esta determine. -......
SEGUNDA: PRECIO:
"EL INSTITUTO" aportará como única suma para la contratación y
el monto de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES
NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL ONCE CON NOVENTA Y" TRES CENTAVOS ($
99.932.011,93), no reconociendo suma alguna por ningún otro concepto emergente de la relación
contractual que vincula a "LA MUNICIPALIDAD". y a el o los Subcontratistas del Trabajo, tales
como impuestos en vigencia o a crearse, adicionales, sustitución del régimen contractual, por
accidentes de trabajo, por rescisión de contrato o por causas de fuerza mayor, etc.; asumiendo
"LA MUNICIPALIDAD" patrimonialmente y a su exclusiva cuenta y riesgo los mismos en caso
que estos se produzcan.--
TERCERA: FORMA DE PAGO: El aporte al cual se obliga "EL INSTITUTO" por la Cláusula
anterior se hará efectivo mediante un anticipo del veinte por ciento (20%) equivalente a la suma
de PESOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS DOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 19.986.402,39), a los
diez días de suscripta el acta de inicio y el saldo en certificaciones mensuales contra presentación
y aprobación de los respectivos informes de avance e informe final. Los depósitos se realizarán
en la cuenta dispuesta a tal fin. -
CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN: "LA MUNICIPALIDAD" se compromete a ejecutar los
trabajos en un plazo de CIENTO VEINTE (120) días, contados a partir del Acta de Inicio de
Obra, obligándose a dejar completamente terminados los trabajos objeto de "EL CONTRATO"
en un todo de acuerdo a Memoria Descriptiva de la Obra.--
QUINTA: SUPERVISIÓN TÉCNICA: "EL INSTITUTO" designará un profesional de su área,
con el objeto de realizar el seguimiento y la supervisión de los trabajos independientemente de
aquellos que designe "LA MUNICIPALIDAD" para el cumplimiento de los trabajos a realizar,
notificándose a ésta sobre tal nombramiento en forma fehaciente, dejândo constancia que el
alcance de las funciones de dicha designación no implica la responsabilidad solidaria sobre la
inspección de los trabajos. -_
SEXTA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN: "EI CONTRATO" se regirá por el sistema de ajuste
alzado para la ejecución de los trabajos, acordándose de conformidad para todo aquello que el
presente no contemple, para las relaciones entre ambas partes lo establecido en la Ley I N° 11 (ex
-Ley Provincial de Obras Públicas N° 533).--
SEPTIMA: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: Además de las disposiciones
establecidas en "EL CONTRATO" queda expresamente aclarado para la relación entre ambas
partes que "EL INSTITUTO" no responderá por ningún reclamo, tanto fuere este en sede judicial
o administrativa, que surja de la relación contractual entre "LA MUNICIPALIDAD" y el o los
subcontratistas de los trabajos-_.
OCTAVA: DOMICILIOS Y JURISDICCIONES: Para todos los efectos que pudieran
corresponder como resultado de "EL CONTRATO", las partes constituyen domicilio legal: "EL,
INSTITUTO" en Rogers N° 643 de la ciudad de Rawson, Provincia del' Chubut y "LA
MUNICIPALIDAD" Mitre 524 de la Localidad de Esquel, Provincia de Chubut, donde se
tendrán por válidas todas las notificaciones y cuantas diligencias tuvieran lugai, sometiéndose
expresamente a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia del Chubut, con
ciudad de Rawson, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiera
RLOS ESPIRGorresponderles. -.
En prueba de conformidad con lo precedente estipulado, se suscribe el presente contrato en cuatro
O DE GOBIER) ejemplares de ta mismo tenor y a un solo efecto. en la ciudad de Rawson provincia del
_ días del mes de
ge 2024.
Matlas Fl Taccetta
Intendente
Muniolpalidad de Esquel
Ing. Estehat D. Parra
Admintstrador General
de Recursos Hidricos
Provincia del Chubut
A MUNIGIPALIDAD
EL INSTITUTO
FOLIO