Ordenanza Municipal N° 47/2024/2024
PLAN ESPECIAL DE PAGO- SRA. NOELIA RUPALLAN- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
Ha
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 47/2024
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Rupallan Noelia Marisol (Expte. 46/24)
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Rupallán, solicita la posibilidad de otorgarle un plan especial de pago
por lo adeudado en concepto del tributo: Desarrollo Social y vivienda - Recupero de
materiales, sobre el capital; y sobre los intereses devengados requiere la eximición
de los mismos dado que, no percibe ingresos acorde a la economía actual, y se le
imposibilita quedar al día con todos los impuestos, pretendiendo además, solicitar
nueva colaboración económica para la futura habilitación de un kiosco en su propia
vivienda.
Que, en virtud de lo obrante en el expediente, la Comisión de Hacienda acuerda
otorgarle un plan especial de pago por la totalidad del capital adeudado y por el
cincuenta por ciento (50%) de los intereses devengados de la misma, y, sobre el
cincuenta por ciento (50%) restante, condonarlos hasta la fecha de promulgación de
la presente ordenanza.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE un plan especial de pago a la Sra. Rupallán Noelia Marisol
DNI: 31.335.416, por el capital adeudado y el cincuenta por ciento de los intereses
devengados en concepto del tributo denominado: desarrollo social - vivienda,
identificado como objeto: P0100195, consistente en veinticuatro (24) cuotas iguales,
mensuales y consecutivas sin actualización ni intereses cada una de pesos Cinco
mil ciento cuatro con 53/100 ctvos. ($5.104,53).
ART. 2°: CONDONANSE a la Sra. Rupallán el cincuenta por ciento (50%) de los
Intereses devengados de la deuda mencionada en el art. 1º de la presente
ART. 3º El plan de pago otorgado en el Artículo 1º deberá suscribirlo en la
Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad dentro de los
cuarenta y cinco (45) días corridos de promulgada la presente Ordenanza, caso
contrario quedará sin efecto.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esque, 05 de abril de 2024.-
ic Maricha Si
cher Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 06/2024, registrada como Ordenanza N° 47/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 09 de ABRiL de 2024.
Maria Rocio Ferré
Subsecretana de Coordinación
Esquel
Matias k.
• Taccetta
Municipalidad de Esquel