Ordenanza Municipal N° 49/2024/2024
EXCEPCION PAGO ARTICULO 17 INCISO. 1 DE LA ORDENANZA 202/2023- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 49/2024
TEMA: EXCEPCIÓN PAGO ART. 17 INC. 1 ORD. 202/23
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Esther Pez, profesora de danzas del
Instituto de Arte Folclórico (Expte. 59/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la directora regional del Instituto manifiesta que se encuentran trabajando para
participar del "21 Festival Internacional de las Danzas" que se llevará a cabo en la
provincia de Córdoba en la cual representarán a nuestra Cordillera.
Que, para asistir a dicho evento, requieren de la realización de actividades a los
fines de solventar gastos y evitar gestionar subsidios.
Que, en la Ordenanza N° 201/23 regula en el título IV las contribuciones que inciden
sobre las diversiones y espectáculos públicos, estableciendo en su art. 132 que: por
los servicios de vigilancia higiénica de los sitios de esparcimiento, exposiciones,
ferias, diversiones y espectáculos públicos, seguridad de locales y establecimientos
donde los mismos se desarrollen, y en general el contralor y vigilancia derivados del
ejercicio de la policía de moralidad y costumbres, se pagará una contribución cuyo
monto o parámetros de determinación serán establecidos por la Ordenanza Tarifaria
Anual.
Que, mediante la Ordenanza N° 202/23, en su Art. 17 inc. 1 establece lo siguiente:
"De acuerdo a lo establecido en el Art. 132 del Código Tributario Municipal, fijase los
siguientes tributos: A CARGO DE ORGANIZADORES RESPONSABLES Y OTRAS
ENTIDADES. -1) ESPECTÁCULOS: Por las presentaciones de espectáculos en el
Ejido Municipal, se depositará a disposición del Departamento Ejecutivo, el cinco
por ciento (5%) del total de las entradas".
Que, desde la Dirección de dicho Instituto, se solicita sean exceptuados del pago
que se encuentra establecido en las normativas precedentemente mencionadas, a
los fines de contribuir a la colaboración para que los mismos logren recaudar el
dinero necesario y poder solventar los gastos que demandaría asistir al "21 Festival
Internacional de las Danzas".
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable a lo
solicitado, en virtud de los antecedentes que obran en el expediente en referencia.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ART. 1°: EXCEPTUASE al Instituto de Arte Folclórico, Escuela de Danzas "Arte y
Tradición Esquel", del pago establecido en la Ordenanza N° 202/23 en su Art. 17
Inc. 1, a los fines de la realización de eventos culturales para la recaudación de
fondos y solventar los gastos que serán destinados a participar del 21 Festival
Internacional de las Danzas a realizarse en la provincia de Córdoba en el corriente
ART. 2° Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 5 de Abril de-2024.-
De tamela Sachez Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
oneeja Deliberant
Hdad de Esque
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3° Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 09/2024, registrada como Ordenanza N° 49/2024
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal ? cumplido archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 09 de Adil de 2024.
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel