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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 49/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-04-05
Fecha de Promulgación: 2024-04-09
Ciudad: Esquel, Chubut

EXCEPCION PAGO ARTICULO 17 INCISO. 1 DE LA ORDENANZA 202/2023- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 49/2024 TEMA: EXCEPCIÓN PAGO ART. 17 INC. 1 ORD. 202/23 VISTO: La presentación realizada por la Sra. Esther Pez, profesora de danzas del Instituto de Arte Folclórico (Expte. 59/24) y, CONSIDERANDO: Que, la directora regional del Instituto manifiesta que se encuentran trabajando para participar del "21 Festival Internacional de las Danzas" que se llevará a cabo en la provincia de Córdoba en la cual representarán a nuestra Cordillera. Que, para asistir a dicho evento, requieren de la realización de actividades a los fines de solventar gastos y evitar gestionar subsidios. Que, en la Ordenanza N° 201/23 regula en el título IV las contribuciones que inciden sobre las diversiones y espectáculos públicos, estableciendo en su art. 132 que: por los servicios de vigilancia higiénica de los sitios de esparcimiento, exposiciones, ferias, diversiones y espectáculos públicos, seguridad de locales y establecimientos donde los mismos se desarrollen, y en general el contralor y vigilancia derivados del ejercicio de la policía de moralidad y costumbres, se pagará una contribución cuyo monto o parámetros de determinación serán establecidos por la Ordenanza Tarifaria Anual. Que, mediante la Ordenanza N° 202/23, en su Art. 17 inc. 1 establece lo siguiente: "De acuerdo a lo establecido en el Art. 132 del Código Tributario Municipal, fijase los siguientes tributos: A CARGO DE ORGANIZADORES RESPONSABLES Y OTRAS ENTIDADES. -1) ESPECTÁCULOS: Por las presentaciones de espectáculos en el Ejido Municipal, se depositará a disposición del Departamento Ejecutivo, el cinco por ciento (5%) del total de las entradas". Que, desde la Dirección de dicho Instituto, se solicita sean exceptuados del pago que se encuentra establecido en las normativas precedentemente mencionadas, a los fines de contribuir a la colaboración para que los mismos logren recaudar el dinero necesario y poder solventar los gastos que demandaría asistir al "21 Festival Internacional de las Danzas". Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable a lo solicitado, en virtud de los antecedentes que obran en el expediente en referencia. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente. ORDENANZA H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ART. 1°: EXCEPTUASE al Instituto de Arte Folclórico, Escuela de Danzas "Arte y Tradición Esquel", del pago establecido en la Ordenanza N° 202/23 en su Art. 17 Inc. 1, a los fines de la realización de eventos culturales para la recaudación de fondos y solventar los gastos que serán destinados a participar del 21 Festival Internacional de las Danzas a realizarse en la provincia de Córdoba en el corriente ART. 2° Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 5 de Abril de-2024.- De tamela Sachez Uribe Secretaria Legislativa H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel oneeja Deliberant Hdad de Esque Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 09/2024, registrada como Ordenanza N° 49/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal ? cumplido archívese. SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 09 de Adil de 2024. Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel