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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 119/2021/2021

Fecha de Sanción: 2021-12-31
Fecha de Promulgación: 2021-12-31
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION LEY PROVINCIAL I Nº 708 – DJCH.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES ORDENANZA Nº 119/2021 TEMA: ADHESION LEY PROVINCIAL I Nº 708 – DJCH VISTO: La Ley Provincial I Nº 708 que instituye el día 31 de Octubre de cada año como el día de las “Iglesias Cristianas, Evangélicas y Protestantes” (Expte. 170/21) y, CONSIDERANDO: Que la Declaración Universal de Derechos Humanos expresa en su Art. 18 que: “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; éste derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”. Que la Convención Americana de Derechos Humanos expresa en su Art. 12 que: “toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado”. Que la Constitución de la Nación Argentina garantiza expresamente la libertad de culto y el libre ejercicio de los derechos inherentes a estos. Que, la Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut sancionó el 1 de Julio del 2021 con fuerza de ley la instauración del “Día Provincial de las Iglesias Cristianas Evangélicas y Protestantes”. Que, la fecha designada obedece a una cuestión fáctica y de profunda importancia para los fieles de dicha religión, dado que el 31 de octubre de 1517 el Religioso Agustino de origen alemán Martín Lutero dio a conocer las noventa y cinco (95) tesis que iniciaron la Reforma Protestante, que impactó no solo a la vida religiosa, sino que a través de los años tuvo notable influencia en la economía, la política y la cultura. Que nuestra ciudad cuenta con mas de 40 comunidades Evangélicas y Protestantes, registradas en el Registro Nacional de Cultos. Que, la principal labor de estas comunidades es de compartir un mensaje de Fe, amor y esperanza, basado en la Santa Biblia, la cual enseña en Juan 3:16 “porque de tal manera amó Dios al mundo, que ha dado a su hijo unigénito, para que todo aquel que en el cree, no se pierda, más tenga vida eterna”. Que además realizan un gran trabajo social en los diferentes barrios de nuestra ciudad mediane merenderos, comedores, apoyo escolar, escuela bíblica para niños, acompañamiento a familias vulnerables, etc. Que, mediante estas actividades la Iglesia Evangélica promueve la solidaridad, dignidad y el amor al prójimo entre otros tantos valores éticos, morales y sociales; destacando la labor humanitaria y el compromiso social para con todos los vecinos de nuestra comunidad, independientemente del culto o religión que profesen. Que la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide adherir en todos sus términos a la Ley Provincial I Nº 708. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, Nº 46 sanciona la presente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES ORDENANZA ART.1º: ADHIERASE en todos sus términos a la Ley Provincial I Nº 708 del Digesto Jurídico de la Provincia de Chubut (DJCH) que instaura el DIA DE LAS IGLESIAS CRISTIANAS, EVANGELICAS Y PROTESTANTES”. ART.2°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese. - Esquel, 9 de Septiembre de 2021. Lic. Lorena A. Anderson Arq. Alejandro Wengier Secretaria Legislativa a/c Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10°Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N° 20/2021, registrada como Ordenanza Nº119/2021. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2021.