Ordenanza Municipal N° 54/2024/2024
RATIFICACION CONVENIO CON ESQUEL RUGBY CLUB- D.E- APROBADO POR UNANMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 54/2024
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO
VISTO: El convenio celebrado entre la Municipalidad de Esquel y Esquel Rugby
Club (Expte. 72/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, dicho convenio tiene como finalidad la adscripción del profesor de Educación
-ísica Matías Fontanela,
18hs cátedra semanales |
en los días y horarios que el Club disponga, quien
comunicará la asistencia a mes vencido a la Dirección de Capital Humano de la
Municipalidad.
Que, como contraprestación, el Club se compromete a otorgar a la Municipalidad
becas ilimitadas para la incorporación de niños en la práctica deportiva rugby,
asimismo, el
club se compromete a poner a disposición de la Municipalidad
cuarenta horas mensuales, no acumulativas, de uso de la cancha; y, una vez por
mes, el uso de las instalaciones del quincho en días y horarios a convenir.
Que, dicho convenio tiene vigencia desde el 01 de marzo al 31 de diciembre del
corriente año.
Que, el Honorable Concejo Deliberante, decide emitir despacho favorable y ratificar
el mismo.
OR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y Esquel Rugby Club, el cual se adjunta como Anexo I de
la presente.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archivese.
Esquel, 05 de abril de 2024.-
Lic Mariela Sanchez Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3° Sesión ordínaria del 2024, bajo
Acta N° 06/2024, registrada como Ordenanza N° 54/2024
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin
Municipal y cumplido archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 09 de ABRil de 2024.
Matias k. Taccetta
Municipalidad de Esquel
"A/C SECRETARIA"
FOLIO
Nº 2
Leiva
segrei
ANEXO
I
ORD. N° 54/2024
CONVENIO
Entre la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, representada en este acto por el Sr.
Intendente Municipal, Cdor. Matías TACCETTA, con domicilio legal en calle
Bartolomé Mitre n° 524 de
esta ciudad de Esquel,
en adelante "LA
MUNICIPALIDAD", por una parte y por la otra ESQUEL RUGBY CLUB,
representado por su presidente, Esc. Juan Cruz LAGOS DNI. N° 24.584.424, con
domicilio en calle San Martin N° 1095 de esta ciudad, en adelante "EL CLUB",
convienen en celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y
condiciones:
PRIMERA: Las partes manifiestan que por el presente pretenden satisfacer intereses
comunes.-
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD otorgará, una vez ratificado el presente Convenio
por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, la adscripción del Profesor de
Ed. Física Matías FONTANELA, DNI: 29.906.640, quien se desempeñará en
ESQUEL RUGBY CLUB como entrenador de categorías formativas de niños entre 6 y
14 años, con un total de 18 hs cátedra semanales, en los días y horarios que EL CLUB
disponga, comunicando éste la asistencia del agente adscripto, a mes vencido a la
Dirección de Capital Humanos de la Municipalidad.---
En caso de que el agente deba realizar horas extras o trabajar en días feriados o fines de
semana, como consecuencia de las actividades aquí pactadas, las mismas serán abonadas
exclusivamente por EL CLUB, quedando expresamente acordado entre las partes que
LA MUNICIPALIDAD no abonará horas extras, viáticos ni adicionales algunos.-
TERCERA: Como contraprestación, EL CLUB se compromete a otorgar a LA
MUNICIPALIDAD becas ilimitadas para la incorporación de niños en la práctica
deportiva del Rugby. Asimismo EL CLUB se compromete a poner a disposición de LA
MUNICIPALIDAD cuarenta (40) horas mensuales, no acumulativas, de uso de la
cancha y una (1) vez por mes, no acumulativa, el uso de las instalaciones del Quincho,
en días y horarios a convenir oportunamente entre las partes.-
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD en ningún
responsable por
indemnización de daño material, físico o moral que pueda ocasionarse a alguno de los
beneficiarios de las becas, mientras se encuentren realizando las actividades deportivas
en instalaciones del CLUB. -
QUINTA: El presente convenio tendrá vigencia a partir del O1 de Marzo de 2024,
venciendo indefectiblemente el 31 de Diciembre de 2024, sin necesidad de notificación
judicial o extrajudicial alguna entre las partes.-
SEXTA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente
convenio, facultará a la otra parte a rescindir el mismo y a iniciar las acciones legales u
judiciales que correspondan.-.-.
SEPTIMA:
todos los efectos legales del presente las partes se someten a la
Jurisdicción
los Tribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste del
Chubut, con/asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a cualquier otro
fuero o jurysdicción que les pudieta corresponder y fijando sus domicilios especiales en
los indicados precedentemente, donde serán válidas todas las comunicaciones y/o
notificaciones que se cursen.
De conformidad amba
partes
ciudad de Esquel,
firman tres (3) ejemplarep de igual tenor y a un solo
días del mes de
de 2024.
Matías F. Taccetta
/mitendante
muniopeidad de Esquel