🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 54/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-04-05
Fecha de Promulgación: 2024-04-09
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO CON ESQUEL RUGBY CLUB- D.E- APROBADO POR UNANMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 54/2024 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO VISTO: El convenio celebrado entre la Municipalidad de Esquel y Esquel Rugby Club (Expte. 72/24) y, CONSIDERANDO: Que, dicho convenio tiene como finalidad la adscripción del profesor de Educación -ísica Matías Fontanela, 18hs cátedra semanales | en los días y horarios que el Club disponga, quien comunicará la asistencia a mes vencido a la Dirección de Capital Humano de la Municipalidad. Que, como contraprestación, el Club se compromete a otorgar a la Municipalidad becas ilimitadas para la incorporación de niños en la práctica deportiva rugby, asimismo, el club se compromete a poner a disposición de la Municipalidad cuarenta horas mensuales, no acumulativas, de uso de la cancha; y, una vez por mes, el uso de las instalaciones del quincho en días y horarios a convenir. Que, dicho convenio tiene vigencia desde el 01 de marzo al 31 de diciembre del corriente año. Que, el Honorable Concejo Deliberante, decide emitir despacho favorable y ratificar el mismo. OR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente. ORDENANZA ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y Esquel Rugby Club, el cual se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archivese. Esquel, 05 de abril de 2024.- Lic Mariela Sanchez Uribe Secretaria Legislativa H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3° Sesión ordínaria del 2024, bajo Acta N° 06/2024, registrada como Ordenanza N° 54/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido archívese. SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 09 de ABRil de 2024. Matias k. Taccetta Municipalidad de Esquel "A/C SECRETARIA" FOLIO Nº 2 Leiva segrei ANEXO I ORD. N° 54/2024 CONVENIO Entre la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Cdor. Matías TACCETTA, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre n° 524 de esta ciudad de Esquel, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte y por la otra ESQUEL RUGBY CLUB, representado por su presidente, Esc. Juan Cruz LAGOS DNI. N° 24.584.424, con domicilio en calle San Martin N° 1095 de esta ciudad, en adelante "EL CLUB", convienen en celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Las partes manifiestan que por el presente pretenden satisfacer intereses comunes.- SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD otorgará, una vez ratificado el presente Convenio por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, la adscripción del Profesor de Ed. Física Matías FONTANELA, DNI: 29.906.640, quien se desempeñará en ESQUEL RUGBY CLUB como entrenador de categorías formativas de niños entre 6 y 14 años, con un total de 18 hs cátedra semanales, en los días y horarios que EL CLUB disponga, comunicando éste la asistencia del agente adscripto, a mes vencido a la Dirección de Capital Humanos de la Municipalidad.--- En caso de que el agente deba realizar horas extras o trabajar en días feriados o fines de semana, como consecuencia de las actividades aquí pactadas, las mismas serán abonadas exclusivamente por EL CLUB, quedando expresamente acordado entre las partes que LA MUNICIPALIDAD no abonará horas extras, viáticos ni adicionales algunos.- TERCERA: Como contraprestación, EL CLUB se compromete a otorgar a LA MUNICIPALIDAD becas ilimitadas para la incorporación de niños en la práctica deportiva del Rugby. Asimismo EL CLUB se compromete a poner a disposición de LA MUNICIPALIDAD cuarenta (40) horas mensuales, no acumulativas, de uso de la cancha y una (1) vez por mes, no acumulativa, el uso de las instalaciones del Quincho, en días y horarios a convenir oportunamente entre las partes.- CUARTA: LA MUNICIPALIDAD en ningún responsable por indemnización de daño material, físico o moral que pueda ocasionarse a alguno de los beneficiarios de las becas, mientras se encuentren realizando las actividades deportivas en instalaciones del CLUB. - QUINTA: El presente convenio tendrá vigencia a partir del O1 de Marzo de 2024, venciendo indefectiblemente el 31 de Diciembre de 2024, sin necesidad de notificación judicial o extrajudicial alguna entre las partes.- SEXTA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente convenio, facultará a la otra parte a rescindir el mismo y a iniciar las acciones legales u judiciales que correspondan.-.-. SEPTIMA: todos los efectos legales del presente las partes se someten a la Jurisdicción los Tribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut, con/asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurysdicción que les pudieta corresponder y fijando sus domicilios especiales en los indicados precedentemente, donde serán válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones que se cursen. De conformidad amba partes ciudad de Esquel, firman tres (3) ejemplarep de igual tenor y a un solo días del mes de de 2024. Matías F. Taccetta /mitendante muniopeidad de Esquel