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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 62/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-04-18
Fecha de Promulgación: 2024-04-26
Ciudad: Esquel, Chubut

EXCEPCION ARTICULO 4A DE LA ORDENANZA 185/2023- SR. EDGAR QUILODRAN- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 62/2024 TEMA: EXCEPCION ART. N° 4 A), DE LA ORDENANZA N° 185/2023 VISTO: La presentación efectuada en el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Esquel, por el Sr. Quilodran Edgar Victorino, (Expte. 83/24) y, CONSIDERANDO Que, el vecino mencionado en el visto de la presente solicita al Honorable Concejo Deliberante, contemple la posibilidad de otorgar una excepción a la Ordenanza N° 185/2023, (Servicio de Taxiflet), a fin de poder obtener la Habilitación Comercial para desempeñar la tarea de Taxiflet, al vehículo de su propiedad: Marca: Pick up Chevrolet, modelo S 10, Año 1997. Que, Las condiciones en cuanto al modelo del Vehículo mencionado precedentemente, para realizar la tarea de Taxi flet en la ciudad de Esquel, no se hallan amparadas dentro de la normativa vigente, (Ordenanza N° 185/2023). Que, los ediles que conforman la Comisión de Transporte y Servicios Públicos, luego de haber analizado la petición del Sr. Quilodrán, deciden emitir despacho favorable al pedido de excepción. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART.1°: EXCEPTÚESE al Sr. Edgar Victorino Quilodran D.N.I. 12.363.593, del cumplimiento establecido en la Ordenanza N° 185/2023, Art. N° 4º A), a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, por el plazo de dos años (2 años), por el vehículo de su propiedad, identificado como: Patente: BHB 356, Marca: Pick up Chevrolet, modelo S 10, Año 1997. Con el fin de poder obtener la Habilitación Comercial para desempeñar la tarea de Taxiflet. ART. 2°: Previo a Otorgarle la Habilitación Comercial de acuerdo a lo establecido en el Art. N° 1 de la presente, deberá cumplimentar con el control mecánico municipal y el resto de lo establecido en la normativa vigente. ART. 3°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 18 de abril de 2024 Lic. Mariela Sánchez Uribe Secretaria Legislativa H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4º Sesión Ordinaria del 2024, bajo Acta N° 7/2024, registrada como Ordenanza N° 62/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido, archívese. SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 26 de ABRil de 2024. (aría Rocio Ferr Subsecretaria de Coordinación Municipalidad de Esquel "AVE SECRETARIA- Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquer