Ordenanza Municipal N° 67/2024/2024
CONDONACION IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. DORILA COÑIÑIR- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
MUD
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 67/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Dorila Coñiñir (Expte. 95/24) y,
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Coñiñir solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado que, al día de la fecha, cuenta con escasos recursos económicos
percibiendo una jubilación mínima, según puede acreditarse en el expediente
respectivo.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, a la Sra. Coñiñir, al haberle generado deuda del impuesto inmobiliario,
corresponde al Concejo Deliberante condonarle la misma, eximirla del pago hasta el
31 de diciembre a los fines que, la contribuyente pueda en este último mes realizar
los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: CONDONASE a la Sra. Dorila Coñiñir DNI: 06.189.909, la totalidad de lo
adeudado en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación
de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como objeto:
10014021.
ART. 2º: EXÍMASE a la Sra. Coñiñir, del pago del impuesto inmobiliario, desde la
por e improme ideación de an el ante la pre fe de diciembre delo crienta en l
el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ART. 3°: NOTIFIQUESE a la Sra. Coñiñir que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante
el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrar dentro de lo establecido en el
Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 18 de Abrir de 2024.-
Lic Mariela Sanchez Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
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Siudad de Esque
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4° Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 07/2024, registrada como Ordenanza N° 67/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese
al Boletín
Municipal y cumplido archívese
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 26: de ABRiL de 2024.
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel