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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 69/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-04-18
Fecha de Promulgación: 2024-04-26
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. AMELIA JARAMILLO- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 69/2024 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS VISTO: La presentación realizada por la Sra. Jaramillo Amelia (Expte. 184/23) y, CONSIDERANDO Que, la Sra. Jaramillo solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto inmobiliario, dado que, al día de la fecha, cuenta con escasos recursos económicos percibiendo una jubilación mínima, según puede acreditarse en el expediente respectivo. Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados. Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, a la Sra. Jaramillo, al haberle generado deuda del impuesto inmobiliario, corresponde al Concejo Deliberante condonarle la misma, eximirla del pago hasta el 31 de diciembre a los fines que, la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención. Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: CONDONASE a la Sra. Jaramillo Ida Amelia DNI: 11.438.603, la totalidad de lo adeudado en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10014515 ART. 2º: EXÍMASE a la Sra. Jaramillo, del pago del impuesto inmobiliario, desde la fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ART. 3°: NOTIFiQUESE a la Sra. Jaramillo que, en el mes de diciembre de cada año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrar dentro de lo establecido en el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23. ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 18 de Abrí de 2024.- Lic Mariela Sanchez Uribe Secretaria Legislativa H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel\ Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4º Sesión okdinaria del 2024, bajo Acta N° 07/2024, registrada como Ordenanza N° 69/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido archívese. SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 26 de ABRiL de 2024. Matías F. Faccetta Intendente Municipalidad de Esquet