Ordenanza Municipal N° 69/2024/2024
CONDONACION IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. AMELIA JARAMILLO- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 69/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Jaramillo Amelia (Expte. 184/23) y,
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Jaramillo solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de
la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado que, al día de la fecha, cuenta con escasos recursos económicos
percibiendo una jubilación mínima, según puede acreditarse en el expediente
respectivo.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del
pago del impuesto inmobiliario
por la única unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, a la Sra. Jaramillo, al haberle generado deuda del impuesto inmobiliario,
corresponde al Concejo Deliberante condonarle la misma, eximirla del pago hasta el
31 de diciembre a los fines que, la contribuyente pueda en este último mes realizar
los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: CONDONASE a la Sra. Jaramillo Ida Amelia DNI: 11.438.603, la totalidad
de lo adeudado en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de
promulgación de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado
como objeto: 10014515
ART. 2º: EXÍMASE a la Sra. Jaramillo, del pago del impuesto inmobiliario, desde la
fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año,
por el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en
el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ART. 3°: NOTIFiQUESE a la Sra. Jaramillo que, en el mes de diciembre de cada
año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario
ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrar dentro de lo establecido en
el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 18 de Abrí de 2024.-
Lic Mariela Sanchez Uribe
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel\
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4º Sesión
okdinaria del 2024, bajo
Acta N° 07/2024, registrada como Ordenanza N° 69/2024
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin
Municipal y cumplido archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 26 de ABRiL de 2024.
Matías F. Faccetta
Intendente
Municipalidad de Esquet