Ordenanza Municipal N° 12/2014/2014
MODIFICACION 09/02. DISTINCIONES Y MENCIONES
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 12/14
TEMA: MODIFICACION ORDENANZA N° 09/02
VISTO:
La Ordenanza N° 09/02 (Expte. 30/14), y,
CONSIDERANDO:
Que en la misma se establece un régimen de distinciones, reconocimientos y precedencias en
nuestra ciudad.
Que es necesario modificar la Ordenanza mencionada a los efectos de agilizar su implementación
en los casos concretos.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1°: MODIFICASE el Art. 2º de la Ordenanza 09/02 el que quedará redactado de la
siguiente manera: "Art. 2°: VISITANTE ILUSTRE. La Distinción de "Visitante Ilustre de la
Ciudad de Esquel" podrá ser otorgada a visitantes que revistan la jerarquía de jefes de Estado y
de Gobierno, Vice Presidentes, máximas jerarquías eclesiásticas de las diferentes confesiones
religiosas (reconocidas por el Estado Argentino), Vice Primeros Ministros, Presidentes de
poderes extranjeros y demás personalidades de jerarquía equivalente. Se otorgará también a
visitantes que revistan la jerarquía de Ministros, Jueces de Cortes Supremas de Justicia,
Embajadores, Gobernadores, Intendentes, Alcaldes, Legisladores, Comandantes en Jefe de las
Fuerzas Armadas y cargos similares. Asimismo, podrá ser otorgada a personalidades que se hayan
destacado en la Cultura, la Política, el Deporte, las Ciencias y otras ramas de la actividad humana
o hayan prestado relevantes servicios a la patria, a su profesión o a la humanidad en general,
haciéndose acreedores al reconocimiento general."
ART. 2º: MODIFICASE el Art. 3º de la Ordenanza 09/02 el que quedará redactado de la
siguiente manera: "Art. 3°: La Distinción consistirá en la entrega de un diploma suscripto por el
señor Intendente Municipal o el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, en una ceremonia
especialmente organizada a tal efecto".
ART. 3°: MODIFICASE el Art. 4º de la Ordenanza 09/02 el que quedará redactado de la
siguiente manera:" Art. 4°: VECINO EJEMPLAR. La Distinción "Vecino Ejemplar de la Ciudad
de Esquel" será otorgada a aquellas personas que en forma desinteresada hubieren ejecutado, o
llevado a cabo, actos aislados o prácticas continuadas de tipo solidario y que posean carácter
ejemplificador para el conjunto de la comunidad".
ART. 4º: MODIFICASE el Art. 5º de la Ordenanza 09/02 el que quedará redactado de la
siguiente manera: "Art. 5°: La Distinción consistirá en la entrega de un diploma suscripto por el
señor Intendente Municipal o el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, en una ceremonia
especialmente organizada a tal efecto."
ART. 5º: MODIFICASE el Art, 6º de la Ordenanza 09/02 el que quedará redactado de la
siguiente manera: "Art. 6°: CIUDADANO HONORARIO. La Distinción de "Ciudadano Honorario
de la Ciudad de Esquel" podrá ser otorgada a los visitantes que se encuentren de visita oficial en
la Ciudad de Esquel.
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ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
Podrá también ser otorgada a personas vivas, que posean méritos y valores indiscutidos, en el
campo de la Política, la Cultura, las Ciencias, el Deporte y la defensa de los Derechos Humanos
políticos y sociales."
ART. 6°: MODIFICASE el Art. 9º de la Ordenanza 09/02 el que quedará redactado de la
siguiente manera: "Art. 9°: CIUDADANO ILUSTRE. La Distinción de "Ciudadano Ilustre de la
Ciudad de Esquel" será otorgada a personas vivas, que posean méritos y valores indiscutidos, en
el campo de la Política, la Cultura, las Ciencias, el Deporte y la defensa de los Derechos Humanos
políticos y sociales."
ART. 7°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 13 de Marzo de 2014.
lour
ecretaria Legislatira
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Horacio Iturrioz
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión Ordinaria del 2014, bajo Acta 03/14,
registrada como Ordenanza N° 12/14.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 18 de Marzo de 2014.
???!
PABLO FABIÁN DUN
SECRETARIO DE GOGHERNO
MUNICIPALIBAD DE ESOUÈL
HLM.O. RAFAEL WILLAMS
/Intendente
Municipalidad de Esquel