Ordenanza Municipal N° 84/2024/2024
RATIFICACION CONTRATO DE LOCACION DE ESPACIOS ENTRE MUN. DE ESQUEL Y TELEFONICA MOVILES ARGENTINA. S.A- D.E- APROBADA POR MAYORIA
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 84/24
TEMA: RATIFICACIÓN CONTRATO MARCO DE LOCACIÓN DE ESPACIOS
ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA
S.A.,
VISTO: El contrato marco de locación de espacios, firmado entre la Municipalidad de
Esquel y Telefónica Móviles Argentina S.A. en fecha 26 de septiembre de 2023 (Expte.
N° 229/23), ?
CONSIDERANDO:
Que, mediante Contrato Marco de locación entre la Municipalidad de Esquel y
Telefónica Móviles Argentina S.A. suscrito en el mes de mayo de 2013, se acordó
espacios para la colocación de antenas para la mejora de la prestación del servicio de
telefonía móvil, con un plazo de 10 años, cuyo vencimiento operó en el mes de julio
de 2023.
Que dicho acuerdo fue ratificado mediante Ordenanza N° 24/13.
Que atento a su vencimiento resulta necesario renovar el contrato referido y suscribir
el mismo.
Que corresponde proceder a ratificar el Contrato Marco de Locación de Espacios
suscripto, por parte del Honorable Concejo Deliberante, el cual se adjunta al a
presente como Anexo l.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N.° 46, sanciona el
presente
ORDENANZA
ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el Contrato Marco de locación de
espacios para el montaje e instalación de equipos destinados a mejorar la prestación
del Servicio de Telefonía Móvil, suscripto entre la Municipalidad de Esquel y Telefónica
Móviles Argentina SA, de fecha 26 de septiembre de 2023 el cual se adjunta a la
presente como Anexo I.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 24 de mayo de 2024.-
Abas, abra Lorena Viera
Secretaria Legislativa Ad/Ho
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en'la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 10/2024, registrada como Ordenanza N° 84/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: 04 de Juneo de 2024
Marta Rocio Ferré
Subsecretaria de Coordinacion
Municipalidad de Esquel
"A/C SECRETARIA"
C Matias F. Taccetta
Intendente
Munig/palidad de Esquel
FOLiC
ANEXO
I
ORD. Nº 84/2024
allan
CORONA VIERA
A/c. S.i.
CONTRATO DE LOCACIÓN
CONTRATO MARCO MUNICIPIO ESQUEL - ARCB0156 - ARCB0330 -
ARCB0332 - ARCB0334 - ARCB0331 - JX 1384199
Entre TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A., con domicilio real en la Av.
Corrientes N° 707, Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en
este acto por Bustamante, Sergio Daniel, DNI 23.033.098, en su carácter de Apoderado
(en adelante, la "Locataria"), por un lado; y por el otro, la MUNICIPALIDAD DE
ESQUEL, CUIT 30-99909329-5, correo electrónico: intendencia.esquel@gmail.com
y, con domicilio real en la calle Bartolomé Mitre N° 524, Ciudad de Esquel, Provincia
de Chubut, representada en este acto por el Sr. Ongarato Sergio, DNI 16.872.251, en
su carácter de Intendente, conforme Acta N° 26 Octava sesión especial de fecha 11 de
diciembre de 2019 (en lo sucesivo, la "Locadora" y; en conjunto, las "Partes"), se
acuerda celebrar el presente contrato de locación (de aquí en más, el "Contrato"),
sujeto a las siguientes cláusulas:
1.
Objeto:
La Locadora entrega en locación a la Locataria -y esta acepta- los espacios (en
adelante, el "Sector") en los sitios que se designan en el Anexo. I y en cada Acta
Acuerdo (en adelante, el "Inmueble") -respecto del cual manifiesta poseer título
suficiente para darlo en locación- conforme croquis que se detalla en el Anexo I y que :
se adjunta como parte integrante del presente. En el Sector, la Locataria tendrá derecho
a introducir nuevos equipos, a cambiar equipos antiguos por otros nuevos, o a retirar
equipos, sin reemplazarlos. En ninguno de los casos descriptos, en este párrafo, la
Locataria precisará del permiso previo de la Locadora. Se deja expresamente aclarado
ERGIO ONGARATOqUe también están incluidos en el objeto del Contrato, las instalaciones y/o el espacio
Intendente
cipalidad de Esquehecesario para el correcto funcionamiento de los equipos; ello, desde la línea municipal
hasta el lugar en el que los equipos estuvieren emplazados o instalados. No podrá la
Locadora disponer o retener los equipos propiedad de la Locataria dada la esencialidad
del servicio que esta última brinda.
Escaneado con CamScanner
ANEXO
I
ORD. NO 84/2024
????
DRENA VIERA
D
FOLIO
N°..
• 4g
Si la constitución de un derecho real, la traba de cualquier medida cautelar o el
reclamo de cualquier tercero con mejor derecho afecte los intereses de la Locataria
nacidos del Contrato, esta última podrá rescindir el Contrato sin penalidad alguna.
2.
Plazo:
El plazo de vigencia del Contrato (en adelante, el "Plazo") se pacta en 24 meses,
corridos y contados a partir del 3 de junio de 2023; con lo que el Plazo se extenderá
hasta el 2 de junio de 2025 inclusive. Las Partes dejan expresa constancia que la
Locataria ya se encuentra en efectiva tenencia del Sector desde el 3 de junio de 2013,
y por lo tanto la Locataria renuncia al plazo mínimo legal en los términos del articulo
1198 in fine del Código Civil y Comercial.
3.
Precio - Forma de pago:
3.]
El precio del alquiler anual (en adelante, el "Precio") se pacta en la suma de
USS 55.000 (dólares estadounidenses cincuenta y cinco mil), por lo que la suma total
es de USS I10.000 (dólares estadounidenses ciento diez mil), con más el Impuesto al
Valor Agregado (IVA), en caso de corresponder.
Las Partes acuerdan que:
(A) El pago del Precio se efectuará en su equivalente en pesos, tomando en
cuenta para ello el Tipo de Cambio vendedor de Referencia, de acuerdo a la
Comunicación "A" 3500 (Mayorista), que publica el Banco Central de la República
Argentina, 48 (cuarenta y ocho) horas anteriores a la fecha del efectivo pago;
(B) Para el pago correspondiente al segundo año: en el supuesto en el cual el
tipo de cambio referido en el punto (A) representare un incremento de un 80% (ochenta
por ciento) o más del tipo de cambio vigente un año antes a la fecha del efective pago,
•rq. SERGIO ONGARATO
las Partes se obligan a renegociar el Precio;
(C) Hasta tanto las Partes acuerden el Precio definitivo correspondiente a
Municipalideo abonar por el punto B, el alquiler a pagar por la Locataria será abonado tomando el
tipo de cambio referido en el punto (A) correspondiente al mismo día del año anterior
a la fecha del efectivo pago, con más un incremento del 80% (ochenta por ciento).
3.2
En cuanto a la forma de pago del Precio, las Partes estipulan que la Locataria
abonará a la Locadora períodos de 12 (doce) meses por adelantado. El primer pago del
Escaneado con CamScanner