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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 85/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-05-24
Fecha de Promulgación: 2024-06-04
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION A LEY PROV. IX N 53 ANTES LEY 5226- CREACION PROGRAMA ARTESANAL PRODIA- D.E- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA Nº85/24 TEMA: ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL IX N. ° 53 (antes Ley N. ° 5.226) - CREACION DEL PROGRAMA DE DESARROLLO E INCENTIVO ARTESANAL (PRODIA) VISTO: Ley IX N° 53 - Creación del Programa de Desarrollo e incentivo Artesanal y la necesidad de apoyar a artesanos de nuestra localidad (EXPTE 103/24) y, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley mencionada se creó el Programa de Desarrollo e Incentivo Artesanal (PRODIA) con el objeto de promover la creatividad artesanal en el lugar de origen, tendiendo a la efectiva radicación e integración de los factores que intervienen en el proceso de creación artesanal. Que según los alcances y fines de la ley es necesario investigar y difundir las técnicas y procesos artesanales, de conformidad con los métodos culturales tradicionales, tendiendo a que en la elaboración de las artesanías se respeten las mismas. Que difundir las artesanías como producto de valor cultural tiende a crear un mercado regional, provincial, nacional e internacional. Que se debe inducir y orientar la producción de las artesanías en el ámbito provincial y municipal mediante los métodos y procesos artesanales, y coadyuvar en la colocación de los productos en los diferentes mercados sistematizando una red de bocas de expendio en forma racionalizada, organizando ferias artesanales permanentes y/o itinerantes para su exposición y venta. Que es suma importancia para nuestra localidad promocionar la capacitación permanente y especializada para el artesano para que la actividad que desarrolla se constituya en un medio digno de vida para él y de su grupo familiar y auspiciar la implementación de créditos a tasas de fomento, subsidios y demás beneficios • financieros que tiendan a su desarrollo integral. Que es necesario fomentar las actividades, sus prácticas y técnicas en los establecimientos escolares provinciales. Que dicha normativa invita a adherir a los Municipios a la citada Ley, los que deberán garantizar la promoción de la actividad Que el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel destaca la labor de los artesanos locales y la importancia de poder acompañarlos con la adhesión a la citada ley en vistos para su beneficio particular y de la comunidad en general. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N.° 46, sanciona el presente ORDENANZA ART. 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Esquel a la Ley IX N° 53 - Creación del Programa de Desarrollo e incentivo Artesanal (PRODIA) sancionada por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut a los 9 días del mes de septiembre del año dos mil diez. ART. 2°: IMPLEMENTESE un Registro Municipal de Artesanos de Esquel, incluyendo en él a aquellas personas que cumplan con los requisitos que establece el Art. 2° de la Ley IX N° 53, el Decreto Reglamentario 1114/06 y que tengan su domicilio en la localidad. ART. 3°: El Municipio de Esquel deberá garantizar la promoción de la actividad mediante la exención de tasas e impuestos a los Ingresos Brutos sólo para aquellos artesanos que estén incluidos en el Registro Municipal de Artesanos creado por la Ley Provincial IX N.° 53 (ex Ley N.° 5226) PRODIA. ART. 4°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 24 de mayo de 2024.- Abes Fabit Viera Secretaria Legislativa Ad/Hoc H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Vorma Trucco H. Concejo ) beriberante estad de Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 10/2024, registrada como Ordenanza N° 85/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: O4 de Junio de 2024. Matias F. Taccetta intendente Municipalidad de Esquel