Ordenanza Municipal N° 85/2024/2024
ADHESION A LEY PROV. IX N 53 ANTES LEY 5226- CREACION PROGRAMA ARTESANAL PRODIA- D.E- APROBADO POR UNANIMIDAD
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA Nº85/24
TEMA: ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL IX N. ° 53 (antes Ley N. ° 5.226) -
CREACION DEL PROGRAMA DE DESARROLLO E INCENTIVO ARTESANAL
(PRODIA)
VISTO: Ley IX N° 53 - Creación del Programa de Desarrollo e incentivo
Artesanal y la necesidad de apoyar a artesanos de nuestra localidad (EXPTE
103/24) y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley mencionada se creó el Programa de Desarrollo e Incentivo
Artesanal (PRODIA) con el objeto de promover la creatividad artesanal en el
lugar de origen, tendiendo a la efectiva radicación e integración de los factores
que intervienen en el proceso de creación artesanal.
Que según los alcances y fines de la ley es necesario investigar y difundir las
técnicas y procesos artesanales, de conformidad con los métodos culturales
tradicionales, tendiendo a que en la elaboración de las artesanías se respeten
las mismas.
Que difundir las artesanías como producto de valor cultural tiende a crear un
mercado regional, provincial, nacional e internacional.
Que se debe inducir y orientar la producción de las artesanías en el ámbito
provincial y municipal mediante los métodos y procesos artesanales, y coadyuvar
en la colocación de los productos en los diferentes mercados sistematizando una
red de bocas de expendio en forma racionalizada, organizando ferias
artesanales permanentes y/o itinerantes para su exposición y venta.
Que es suma importancia para nuestra localidad promocionar la capacitación
permanente y especializada para el artesano para que la actividad que desarrolla
se constituya en un medio digno de vida para él y de su grupo familiar y auspiciar
la implementación de créditos a tasas de fomento, subsidios y demás beneficios •
financieros que tiendan a su desarrollo integral.
Que es necesario fomentar las actividades, sus prácticas y técnicas en los
establecimientos escolares provinciales.
Que dicha normativa invita a adherir a los Municipios a la citada Ley, los que
deberán garantizar la promoción de la actividad
Que el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel destaca la labor
de los artesanos locales y la importancia de poder acompañarlos con la adhesión
a la citada ley en vistos para su beneficio particular y de la comunidad en general.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N.° 46, sanciona
el presente
ORDENANZA
ART. 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Esquel a la Ley IX N° 53 - Creación
del Programa de Desarrollo e incentivo Artesanal (PRODIA) sancionada por la
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut a los 9 días del mes de
septiembre del año dos mil diez.
ART. 2°: IMPLEMENTESE un Registro Municipal de Artesanos de Esquel,
incluyendo en él a aquellas personas que cumplan con los requisitos que
establece el Art. 2° de la Ley IX N° 53, el Decreto Reglamentario 1114/06 y que
tengan su domicilio en la localidad.
ART. 3°: El Municipio de Esquel deberá garantizar la promoción de la actividad
mediante la exención de tasas e impuestos a los Ingresos Brutos sólo para
aquellos artesanos que estén incluidos en el Registro Municipal de Artesanos
creado por la Ley Provincial IX N.° 53 (ex Ley N.° 5226) PRODIA.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 24 de mayo de 2024.-
Abes Fabit
Viera
Secretaria Legislativa Ad/Hoc
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Vorma Trucco
H. Concejo )
beriberante
estad de
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6º Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 10/2024, registrada como Ordenanza N° 85/2024
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN: O4 de Junio de 2024.
Matias F. Taccetta
intendente
Municipalidad de Esquel