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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 101/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-06-07
Fecha de Promulgación: 2024-06-11
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONV. CON ADM. DE VIALIDAD PROVINCIAL- D.E- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

De Esquel ORDENANZA NO 101/2024 TEMA RATIFICACION DE CONVENIO ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL VISTO: El convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad de la Provincia del Chubut, Expte. N° 157/2024 y, CONSIDERANDO: Que, la Administración de Vialidad de la Provincia del Chubut encomienda al Municipio de Esquel la tarea de construir cordones cuneta en calles de la ciudad, en una longitud total de Dos Mil Metros Lineales (2000,00 m), de acuerdo al plano presentado oportunamente por la Municipalidad que como Anexo I pasa a formar parte de la presente. Que, para tal fin, la Administración de Vialidad Provincial le financiará a la Municipalidad de Esquel, el monto total de Pesos Ciento Veintidós Millones ochocientos cincuenta y dos mil novecientos veintitrés con 97/100 ctvs. ($ 122.852.923,97), de acuerdo al detalle que se describe en la cláusula segunda del Anexo I de la presente. Que, la Municipalidad de Esquel realizará para la ejecución de la Obra mencionada, entre otros ítems que detalla el convenio a ratificar, las tareas de movimiento de suelos, perfilado compactación previa a la construcción de los cordones cuneta en la ciudad de Esquel. Que, el citado Expediente fue estudiado en la Comisión de Legales y Cuenta con despacho favorable. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad de la Provincia del Chubut, en la ciudad de Rawson, Provincia del Chubut, a los 29 días del mes de abril del año 2024, referido a la construcción de cordones cuneta en calles de la ciudad de Esquel, el cual se adjunta a la presente como ANEXO I. ART. 2°: Regístrese, Comuníquese y cúmplase archívese. Esquel, 07 de junio de 2024. En Sala de Sesiones del H. C. D. en la 70° Sesión NO 10 registrada como Ordenanza NO 101/2024, del 24, bajo Acta. Municipalidad de Esquel Ordenanza Municipal, regístrese, comuníquese y cúmplase. ARANCEL: Provincia del Chubut SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, ENERGIA Y PLANIFICACION En la Ciudad de la Reforma de la Constitución del Chubut, a los 29 días del mes de abril de 2024, entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL con domicilio legal en Love Jones Parry N° 533 de Rawson, representada en este acto por su PRESIDENTE, Cdor. Hernán Jesús TORTOLA por una parte, en adelante la ADMINISTRACIÓN; y por la otra la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL con domicilio legal en Calle Bartolomé Mitre N° 524 de la ciudad de Esquel, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE, Cdor. Matías Federico TACCETTA, en adelante la MUNICIPALIDAD, convienen en celebrar el presente convenio que se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: La MUNICIPALIDAD construirá Cordones Cuneta en calles de la Ciudad, en una longitud total de DOS MIL METROS LINEALES (2000,00 m); de acuerdo al plano presentado oportunamente por la MUNICIPALIDAD que como Anexo I pasa a formar parte del presente. SEGUNDA: La ADMINISTRACIÓN le financiará a la MUNICIPALIDAD hasta un monto total de PESOS CIENTO VEINTIDÓS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS CON 97/100 ($ 122.852.923,97), los siguientes ítems de la obra indicada en la cláusula anterior: 1) Movimiento de suelos, 2) Perfilado y compactación previa, 3) Mano de Obra y Materiales para la ejecución de cordón cuneta, de acuerdo a la planilla de Análisis de Precios del Costo de la Obra, que como ANEXO II pasa a formar parte de este Convenio. TERCERA: El pago se realizará conforme a los certificados de obra que deberán estar conformados por ambas partes y ajustarse a los valores fijados en la planilla de Análisis de Precios del Costo de Obra, que forma parte de este Convenio. CUARTA: La ADMINISTRACIÓN adelantará a la MUNICIPALIDAD, en concepto de anticipo financiero, un 20% del monto indicado en la CLÁUSULA SEGUNDA. El anticipo se amortizará con los certificados de obra que se emitan, aplicándose a sus montos nominales un descuento del VEINTE POR CIENTO (20%). QUINTA: La MUNICIPALIDAD realizará las tareas de movimiento de suelos, perfilado y compactación previa a la construcción del cordón cuneta. José Luis Sar ASESOR CECAL Visto y Prueba de Conformidad: Si firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezado. Municipalidad de Esquel Presidente Matías Federico Taccetta CERTIFICO: En mi carácter de Escribano de Gobierno Autorizante, que el original del presente se encuentra Registrado TC N° 2 FOLIO: 14 de 24 del 2024 del Contratos Locación de Obras e Inmuebles de este Registro Oficial. CONSTE. ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO RW - CHUBUT - 24 de mayo de 2024.