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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 103/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-06-07
Fecha de Promulgación: 2024-06-11
Ciudad: Esquel, Chubut

CUADRO TARIFARIO DE REMISES- D.E- APROBADO POR MAYORIA

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

ORDENANZA NO 103/2024 TEMA: CUADRO TARIFARIO DE REMISES VISTO: Las Ordenanzas NO 35/23 y 97/23, y 144/23 y 199/23,15/24 (Exptes. NO 183/06 y NO 44/12) Y, CONSIDERANDO: Que, en dichas Ordenanzas se determina la zonificación y tarifas del servicio de Remises de la ciudad de Esquel. Que, en virtud de lo estipulado en el art 40 de la Ordenanza NO 15/24, corresponde la revisión de la tarifa en el mes de mayo del corriente año. Que, teniendo en cuenta las variaciones de precios del combustible e insumos que han acontecido en los últimos meses y las solicitudes de los propietarios de remises de la ciudad de Esquel, la Comisión de Transporte y Servicios Públicos del HCD, emite Despacho favorable aprobando el incremento de tarifas del servicio, otorgándole un aumento del 28%, que entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente, haciéndose la próxima revisión en el mes de agosto del corriente año. Que, por lo expuesto corresponde dictar la norma correspondiente a sus efectos. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI — NO 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: APRUÉBASE a partir de su promulgación, el cuadro tarifario del Servicio de Remises para la ciudad de Esquel, que forma parte de la presente como Anexo I. ART. 2°: Para los destinos que se detallan en el presente artículo se establecen las siguientes tarifas a partir de su promulgación: 1. ESCUELA 107 NAHUEL PAN. Pesos diez mil quinientos ($ 10.500,00) 2. ESCUELA 188 RIO PERCY. Pesos diez mil quinientos ($ 10.500,00) 3. AEROPUERTO. Pesos veinte mil doscientos ($ 20.200,00) 4. LA HOYA. Pesos veinte mil doscientos ($ 20.200,00) 5. POR KILOMETRO RECORRIDO EN EXCESO DE LOS VIAJES REALIZADOS QUE SE MENCIONAN PRECEDENTEMENTE. Pesos mil ($ 1.000,00). El cual se tomará como valor de referencia. ART. 3°: Los viajes no comprendidos en la presente Ordenanza podrán ser pactados entre las partes, quedando los mismos desregulados. ART. 4°: La revisión del cuadro tarifario, establecido en la presente Ordenanza, se realizará a partir del mes de agosto del año 2024, junto a la revisión del cuadro tarifario del servicio de taxis. ART. 5°: En aquellos casos en los cuales surgiera del monto total a abonar, diferencias menores a PESOS CIEN ($100,00), y fuese imposible la devolución pertinente, dicha diferencia será siempre a favor del usuario del servicio de remises de la ciudad. ART. 6°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 07 de junio de 2024 Ciudad Dada en Sala de Sesiones del H.C.D. en la 7° Sesión Ordinaria del 2024, bajo Acta NO 114, registrada como Ordenanza NO 103/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dés al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, junio de 2024. ANEXO I ORDENANZA NO 103/2024 Salida Llegada Tarifa 2 3 2400 2 4 3600 2 5 4000 2 6 4100 2 7 3600 2 8 3600 2 9 4000 2 10 4100 2 11 4700 2 12 5100 2 13 3600 2 14 4000 3 4 4900 3 5 6100 3 6 3600 3 7 2400 3 8 3600 3 9 3600 3 10 3600 3 11 4000 3 12 4000 3 13 4000 3 14 5100 4 5 4000 4 6 3600 4 7 4700 4 8 5600 4 9 4000 4 10 3600 4 11 2400 4 12 3600 4 13 3600 4 14 4000 5 6 4100 5 7 4100 5 8 4100 5 9 5100 5 10 4100 5 11 2400 5 12 4700 5 13 5600 5 14 4100 6 7 3600 6 8 3600 6 9 2400 6 10 3600 6 11 4000 6 12 4000 6 13 2400 6 14 3600 7 8 4700 7 9 4100 7 10 4900 7 11 3600 7 12 4100 7 13 4900 7 14 3600 8 9 3600 8 10 3600 8 11 3600 8 12 3600 8 13 4700 8 14 4100 9 10 4000 9 11 4100 9 12 5100 9 13 4100 9 14 4000 10 11 4100 10 12 4900 10 13 4700 10 14 2400 11 12 4700 11 13 6100 11 14 4900 12 13 4700 12 14 4700 13 14 4100