Ordenanza Municipal N° 134/18/2018
VEEDOR MUNICIPAL ANTE LA COOP 16
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA Nº 134/18
TEMA: “OBLIGATORIEDAD REPRESENTANTE MUNICIPAL ANTE COOPERATIVA 16 DE
OCTUBRE LTDA.”
VISTO: La necesidad de que el cargo de Representante Municipal ante la “COOPERATIVA 16 DE
OCTUBRE LTDA” sea de carácter obligatorio (Expte. 255/16) y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Nº 54 del Estatuto Social de la “COOP 16 DE OCTUBRE”, faculta a la
Municipalidad de Esquel a designar su representante ante el Consejo de Administración.
Que, el único requisito para desempeñar tal cargo es el de ser Asociado a dicha Cooperativa.
Que, se torna necesario un seguimiento intensivo por parte de la Municipalidad en las tareas de la
Cooperativa.
Que, la Municipalidad debe contar con una representación institucional regular y permanente ante
la Cooperativa 16 de Octubre.
Que, la importante función que cumple el Representante Municipal ante el Consejo de
Administración amerita que el mismo deba ser permanente y no opcional para una gestión
Municipal.
Que, resulta necesario adoptar medidas tendientes a fortalecer y consolidar el sistema
cooperativista.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso
de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1º: ESTABLÉZCASE la obligatoriedad que la Municipalidad de Esquel designe un
representante ante el Consejo de Administración de la Cooperativa de Provisión de Servicios
Públicos, Vivienda y Consumo “16 de Octubre” Ltda.-
ART. 2°: El representante actuará de acuerdo a las facultades que le otorga el Estatuto Social
de la Cooperativa.
ART. 3º: El representante será nombrado por el Intendente Municipal y podrá ser removido en
cualquier momento, pudiendo ser representante el propio Intendente, cualquiera de sus
funcionarios o cualquier vecino asociado a la Cooperativa designado al efecto. Su cargo es Ad
Honórem.-
ART. 4º: El Representante Municipal actuará como representante institucional del Municipio y
deberá obligatoriamente asistir a las reuniones del Consejo de Administración en las cuales
tendrá voz pero no voto.-
ART. 5º: Es obligación del Representante, confeccionar un informe trimestral sobre el trabajo y
funcionamiento del Consejo de Administración y de la Cooperativa 16 de Octubre, el cual será
remitido al Poder Ejecutivo Municipal y al Honorable Concejo Deliberante.-
ART. 6º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.-
Esquel, 9 de Agosto de 2018.
Mariela Sánchez Uribe Jorge José Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del 2018, bajo Acta N° 18/18,
registrada como Ordenanza Nº 134/18.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Agosto de 2018.