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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 134/18/2018

Fecha de Sanción: 2018-08-09
Fecha de Promulgación: 2018-08-17
Ciudad: Esquel, Chubut

VEEDOR MUNICIPAL ANTE LA COOP 16

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA Nº 134/18 TEMA: “OBLIGATORIEDAD REPRESENTANTE MUNICIPAL ANTE COOPERATIVA 16 DE OCTUBRE LTDA.” VISTO: La necesidad de que el cargo de Representante Municipal ante la “COOPERATIVA 16 DE OCTUBRE LTDA” sea de carácter obligatorio (Expte. 255/16) y CONSIDERANDO: Que, el Artículo Nº 54 del Estatuto Social de la “COOP 16 DE OCTUBRE”, faculta a la Municipalidad de Esquel a designar su representante ante el Consejo de Administración. Que, el único requisito para desempeñar tal cargo es el de ser Asociado a dicha Cooperativa. Que, se torna necesario un seguimiento intensivo por parte de la Municipalidad en las tareas de la Cooperativa. Que, la Municipalidad debe contar con una representación institucional regular y permanente ante la Cooperativa 16 de Octubre. Que, la importante función que cumple el Representante Municipal ante el Consejo de Administración amerita que el mismo deba ser permanente y no opcional para una gestión Municipal. Que, resulta necesario adoptar medidas tendientes a fortalecer y consolidar el sistema cooperativista. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1º: ESTABLÉZCASE la obligatoriedad que la Municipalidad de Esquel designe un representante ante el Consejo de Administración de la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo “16 de Octubre” Ltda.- ART. 2°: El representante actuará de acuerdo a las facultades que le otorga el Estatuto Social de la Cooperativa. ART. 3º: El representante será nombrado por el Intendente Municipal y podrá ser removido en cualquier momento, pudiendo ser representante el propio Intendente, cualquiera de sus funcionarios o cualquier vecino asociado a la Cooperativa designado al efecto. Su cargo es Ad Honórem.- ART. 4º: El Representante Municipal actuará como representante institucional del Municipio y deberá obligatoriamente asistir a las reuniones del Consejo de Administración en las cuales tendrá voz pero no voto.- ART. 5º: Es obligación del Representante, confeccionar un informe trimestral sobre el trabajo y funcionamiento del Consejo de Administración y de la Cooperativa 16 de Octubre, el cual será remitido al Poder Ejecutivo Municipal y al Honorable Concejo Deliberante.- ART. 6º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.- Esquel, 9 de Agosto de 2018. Mariela Sánchez Uribe Jorge José Junyent Secretaria Legislativa Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del 2018, bajo Acta N° 18/18, registrada como Ordenanza Nº 134/18. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: de Agosto de 2018.