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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 135/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-08-19
Fecha de Promulgación: 2024-08-22
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO OBRA VIVIENDA INCENDIADA- DEPTO. EJECUTIVO- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 135/2024 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO VISTO El Convenio Ejecutivo para la obra de refacción de una vivienda incendiada en Valle Chico de la Localidad de Esquel, suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut (Expte. 198/24) y, CONSIDERANDO: Que, el Convenio mencionado en el Visto, establece que el Instituto Provincial de la Vivienda de la provincia, aportará a la Municipalidad de Esquel un monto de seis mil setecientos treinta y cinco con noventa y un centésima de unidades de vivienda (UVI 6.735,91), equivalentes a cinco millones ($5.000.000) al 31 de mayo del 2024, para la refacción de una vivienda incendiada en Valle Chico, propiedad de la Sra. Romina Fuentealba. Que, la Municipalidad de Esquel ejecutará las tareas de refacción contra presentación de facturas de la compra de materiales, remitos, constatando por parte del IPV el acopio de los mismos. pue Que, el plazo de amortización para la cancelación total del préstamo será abonado por la Municipalidad de Esquel en ciento veinte (120) cuotas iguales y consecutivas. Que, el IPV certificará y verificará los avances de las obras realizadas por el Municipio conforme al presente convenio, en un plazo no mayor a doscientos setenta (270) días corridos. Que, por lo expuesto, corresponde ratificar el presente convenio ejecutivo, dictando despacho favorable desde la Comisión de Asuntos legales del HCD. 1:- H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos, el Convenio de Ejecución para la obra de Refacción de una vivienda incendiada en Valle Chico de la ciudad de Esquel, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Esquel el día 6 de junio del corriente año, el cual se adjunta a la presente como Anexo I. ART. 2°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Auster. Héctor Rubén Álvarez Secretaria Legislatiza a/c Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 16/2024, registrada como Ordenanza N° 135/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 22 de Agosto de 2024. Luis Maria Aguirre Secretario Gral. de Coordinación Municipalidad de Esquel Matías A Taccetta intendente Municipalidad de Esquel NGUNETTI Maria L 075:00ADA Dacea Autos Jaridicos 1-sure Provide la Vivienda y Desarrolla lrbano ROMINA DURAND Dirección General de Rentas CONVENIO DE MA ERIAL CRIBANIA EL FINANCIAMIENTOIU I LiFOLIO : EXENCIO SUBJE TAN 2 VIVIENDA INCENDIADA N 2010492-0 HESHA PERF:1 06/00/203 FECHA PRESENT.: 06/06/2024 TMPORTE: EXENTO FIRMA: Entre el Instituto Provincia de la Vivienda y Desarrollo Urbano, representado en este acto por su Presidente, Cr. Federico Esteves, que obra en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1557/2023, en adelante "EL INSTITUTO", y por la otra parte la Municipalidad de Esquel, representada por el Intendente de esa localidad, Cr. Matías Taccetta, en adelante "EL MUNICIPIO", se celebra el presente Convenio para la ejecución de una obra delegada con asistencia financiera de "EL INSTITUTO" con recursos FO.NA.VI., en el marco de la operatoria tendiente a atender esfuerzos autogestionarios de la comunidad y sujeto a las siguientes - cláusulas: PRIMERA: "EL INSTITUTO" aportará la suma total de SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y UN CENTÉSIMAS de Unidades de Vivienda (UVI 6.735,91), conforme valores vigentes según Resolución N° 1509/22 IPVyDU, que resulta equivalente a la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.-), por el valor de la UVI al 31 de mayo de 2024 (UVI: $742,29) según publicación del Banco Central de la República Argentina (BCRA), necesarios para la compra de los materiales de la obra: "Refacción de 1 vivienda incendiada de la Sra. Romina Fuentealba y cu grupo familiar, en Valle Chico de la localidad de Esquer ANEXO_ I ORD. No 135/24