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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 146/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-08-19
Fecha de Promulgación: 2024-08-22
Ciudad: Esquel, Chubut

PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA DE PAVIMENTO- SRA. FABIANA ANDREA MIGUENS- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 146/2024 TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA DE PAVIMENTO VISTO: La nota presentada por la Sra. Miguens Fabiana Andrea (Expte: 21/24) y, CONSIDERANDO: Que, la Sra. Miguens solicita mediante nota, se le otorgue un plan especial de pago por la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de pavimento, con la condonación del cien por ciento de los intereses devengados. Que, en razón de sus ingresos como empleada pública, no le permiten afrontar la totalidad de la misma, pero si acceder a un plan especial manteniendo voluntad de pago y cancelar de dicha deuda. Que, por los antecedentes que obran en el expediente respectivo, los Ediles que conforman la Comisión de hacienda del HCD, deciden emitir despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: OTORGASE a la Sra. Miguens Fabiana Andrea DNI: 26.249.240, un plan especial de pago por la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de pavimento, consistente en cuarenta y cinco (45) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas, sin actualización ni intereses cada una de setenta mil trescientos nueve pesos con 77/100 ctvos., ($70.309,77), que recae sobre el inmueble identificado como: 10008713. ART. 2°: CONDONANSE a la Sra. Miguens, la totalidad de los intereses devengados por la deuda de pavimento referenciada en el artículo precedente. ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1° de la presente, deberá concretarse dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos con la Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, caso contrario quedará sin efecto. ART. 4°: Registrese, comúníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 19 deragosto de Hamé LIc. Lorena Anderson Héctor Rubén Álvarez Secretaria Legislatioa a/c Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 16/2024, registrada como Ordenanza N° 146/2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN: de Agosto de 2024. Luis Maria Aguie Secretario Gral, de Coerdinación Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta Intendente Municipalidap|de Esquel