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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 164/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-08-23
Fecha de Promulgación: 2024-08-29
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONV. CON SECRETARIA DE TRABAJO- ARMADOR PLACAS DE YESO- D.E- APROBADO POR UNANIMIDAD

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel lou "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 164/2024 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO DE CAPACITACION CON SECRETARIA DE TRABAJO VISTO: El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaria de Trabajo en el marco del Decreto 1237//05 (Expte. N° 243/24), y CONSIDERANDO: Que, el convenio mencionado en el Visto, tiene como finalidad capacitar en "Armador y colocador de placas de yeso y terminación", en el marco del Decreto N° 1237/05, de Fomento del Empleo. Que, la Municipalidad se compromete a capacitar laboralmente en el tema citado a quince (15) beneficiarios con domicilio en la ciudad de Esquel otorgándose al final del curso la certificación correspondiente. Que, las partes acuerdan que el plazo de capacitación se extenderá por el término de cuatro (04) meses comenzando el día primero (15) de agosto del año 2024. Por su parte, la Municipalidad tendrá un plazo de gracia de dos (02) meses en caso de no poder comenzar en la fecha estipulada en el presente convenio. Que, la Secretaría girará a la Municipalidad la suma total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DIECISIETE CON 46/100 CENTAVOS ($649.017,46), destinados al equipamiento necesario para esta capacitación. El citado valor se trasferira a la Municipalidad, en forma previa al inicio de la misma. Que, la Secretaría girará a la Municipalidad la suma total PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 03/100 CENTAVOS (2.443.336,03); destinados a insumos necesario para esta capacitación. El citado valor se transferirá a la Municipalidad, en forma previa al inicio de la misma. Que, la Secretaría girará a la Municipalidad la suma total de PESOS TRESCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 CENTAVOS ($311.625,00) destinados a equipamiento de seguridad necesario para esta capacitación. El citado valor se transferirá a la Municipalidad, en forma previa al inicio de la misma. ta r H. Concejo Deliberante 'Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut Que, la Secretaría transferirá a la Municipalidad la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($230.000,00) para el pago de un (01) capacitador. El mismo se efectivizará a mes vencido. Que, los beneficiarios deberán participar de manera obligatoria y asistir regularmente a las actividades formativas, cumpliendo con un 85% de asistencia a este curso, Que, la condición de beneficiario del presente Convenio no genera relación laboral alguna entre este y las partes firmantes del presente convenio. Que, la Municipalidad deberá presentar ante la Subsecretaría, regularmente y a mes vencido, planilla de asistencia al curso. Que, la Municipalidad se compromete a realizar el pago de los insumos, equipamiento y elementos de seguridad, que sean necesarios para realizar la capacitación, a través de transferencia bancaria, dando cumplimiento con la Ley N° 25.345 Art 1°. Que, la Municipalidad se compromete a presentar ante la Secretaría, dentro de los treinta (30) días de recibido el deposito inicial, las facturas originales correspondientes a la adquisición de insumos, equipamiento y elementos de seguridad. Las cuales deberán ser detalladas de acuerdo a lo solicitado en el proyecto correspondiente. Que, en caso de haber concluido la capacitación y tener dinero sobrante. la Municipalidad deberá depositarlo en la cuenta N° 203443-007 Tesorería General de la Provincia, y presentar ante la Subsecretaría el comprobante correspondiente. Que, la Secretaria deberá contratar un seguro por accidentes personales por los lou siniestros que pudieren sufrir los beneficiarios de este convenio en razón del desarrollo de los cursos y como consecuencia de ellos, y la Municipalidad deberá informar a esta Subsecretaria fecha efectiva del inicio de la capacitación con más listado de beneficiarios definitivo que asistirán a la capacitación. Asimismo, los beneficiarios poseerán la cobertura que será materializada a través del Ministerio de Salud de la Provincia a través de su sistema hospitalario. Que, la Municipalidad se compromete a presentar ante la Subsecretaría y al culminar la capacitación, informe final de la misma. Que, para todos los efectos judiciales y extrajudiciales que pudieran surgir con motivo del presente convenio: la Secretaria constituye domicilio legal en Pedro Martínez N° 153 de la ciudad de Rawson, la Subsecretaría en calle Mitre N° 671 de la ciudad de Rawson y la Municipalidad en la calle Perito Moreno N° 671 de la ciudad de Esquel. = : H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" Que, en consecuencia, corresponde ratificar el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaría de Trabajo. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART.1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaria de Trabajo de la Provincia del Chubut con fecha 23 de julio de 2024, el cual se adjunta a la presente como Anexo I y tiene como finalidad capacitar laboralmente en "Armador y Colocador de Placas de Yeso y Terminación" a quince (15) beneficiarios con domicilio en la ciudad de Esquel. ART.2°: Registrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido, Archívese. Esquel, 23 de Agosto /de 2024.- lou - A lus por Paisa Lic Lorema Anderson • Héctor Rubén Álvarez Secretaria Legislativa a/c Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 17/2024, registrada como Ordenanza N°164 /2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 29 de Agesto de 2024. Luis Maria Aguirre Secretario Gral de Coordinación Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel