Ordenanza Municipal N° 180/2024/2024
AUTORIZA COMODATO- RATIFICACION CONVENIO CON DIRECCION GRAL. DE DEFENSA Y PROTECCION CONSUMIDORES Y USUARIOS SECR.DE TRABAJO- DEPTO EJECUTIVO.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N°180/2024
TEMA: AUTORIZA COMODATO - RATIFICACION CONVENIO
VISTO: El convenio remitido por el Departamento Ejecutivo suscripto entre la
Dirección General de Defensa y Protección de los consumidores y usuarios de la
Secretaria de Trabajo y la Municipalidad de Esquel (Expte. 13/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, dicho convenio tiene como finalidad perseguir la colaboración recíproca por el
cual se crean y ponen en funcionamiento las oficinas de receptoría de denuncias en
cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42° de la Constitución Nacional, Ley 24.240 y
Ley provincial VII N° 22.
Que, dicha oficina tendrá como función recepcionar el formulario de denuncia
debidamente suscripto por el consumidor/usuario con la documentación
respaldatoria y remitirlo a la Dirección General de Defensa y protección de
Consumidores y Usuarios de la Provincia, donde se llevará adelante el
procedimiento previsto en la Ley VII N° 22.
Que, dentro de las obligaciones acordadas por las partes, la Municipalidad de
Esquel otorga en comodato la Oficina N° 2 de la Terminal de Ómnibus de la ciudad
de Esquel por un plazo de doce meses renovables automáticamente por otro
periodo, salvo manifestación expresa en contrario, a los efectos que funcione dicha
oficina de recepción de denuncias en materia de defensa y protección de los
Consumidores y Usuarios.
Que, el Sr. Intendente Municipal, no tiene competencia para celebrar contratos de
comodato, en virtud de lo establecido en el art. 1535 del Código Civil y Comercial de
la Nación, salvo que tenga facultades expresas para ello.
Que, por lo expuesto, corresponde al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de
Esquel autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar este contrato de
comodato en forma expresa y luego proceder a la ratificación de dicho convenio para
dar cumplimiento al principio de legalidad.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un contrato
de comodato con la Dirección General de Defensa y Protección de los consumidores
y usuarios de la Secretaría de Trabajo de la Provincia del Chubut, a los efectos de
que la Municipalidad les ceda en comodato por el término de doce meses,
prorrogables por el mismo periodo de manera automática, la oficina N° 2 ubicada en
la Terminal De Ómnibus de la ciudad de Esquel, cuyo destino será de forma
exclusiva y excluyente que funcione como asesoría, receptoría de reclamos y
denuncias de consumidores y usuarios.
ART. 2º: RATIFICASE en todos sus términos, el convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y la Dirección General de Defensa y Protección de los
Consumidores y Usuarios de la Secretaria de Trabajo de la Provincia del Chubut
sobre la creación de oficinas receptoras de denuncias vinculadas a la protección y
garantías de los usuarios y consumidores en los términos establecidos en la ley VII
N° 22, el cual se adjunta como Anexo I de la presente.
ART. 3°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 6 de septiembre de 2024.-
lownl
c. Lorena Ander
Secretaria Legislatiba a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Alunir.
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 18/2024, registrada como Ordenanza N° 180/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17 de septiembre de 2024
Martas F tacotte
Intendente
Municipalidad de Esquel
Luis Maria Agulime
Secretario Gral. de Coordiación
Municipalidad de Esquel
ANEXO 7
nan No 180/24
CONVENIO DE CREACION DE LAS OFICINAS DE RECEPTORIA DE DENUNCIA EN
LA DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES
Y USUARIOS. MUNICIPALIDAD DE ESQUEL.
1- LAS PARTES.
En la ciudad de Rawson a los 26 días del mes de enero de 2024 se reúnen por un
*ado la Secretaría de Trabajo de la Provincia, representada en el acto por el Sr. Secretario
Nicolás Gastón ZARATE; la Dirección General de Defensa y Protección de los
Consumidores y Usuarios de Chubut, en adelante LA DIRECCIÓN; dependiente de la
Secretaría de Trabajo representada en este acto por su Director General Dr. Yuseff Badi
JORGE, y por el otro la Municipalidad de Esquel, en adelante LA MUNICIPALIDAD,
representada por el Sr. Intendente de la Localidad de Esquel Cr. Matías Federico
TACCETTA; a los fines de suscribir el presente acuerdo de colaboración recíproca por el
cual se crean y ponen en funcionamiento las Oficinas de Receptoría de denuncias de
Defensa del Consumidor de la Provincia en el ámbito de la localidad de Esquel.
IL - OBJETO.
latias F. Daccetta
El objeto del presente acuerdo, se encuentra motivado en el cumplimiento de
unicipalidad de Esqueandatos propios de nuestra Constitución Nacional relativos al desarrollo, crecimiento y
sustento dé la sociedad; siendo el de Defensa al Consumidor un servicio a la comunidad
de prestación necesaria, para e! cual resulta necesario implementar políticas públicas que
conlleven al fortalecimiento de los derechos de sus habitantes, mediante su expansión
territorial a lo largo y ancho de la provincia, impulsando el bienestar general, otorgando al
ciudadano diferentes puntos de acceso para su asesoramiento y/o radicación de denuncias
referentes a presuntas infracciones en materia de consumo.
Que para ello resulta necesario el trabajo mancomunado de los diferentes
estamentos y organismos de la provincia del Chubut, de forma tal que se garantice al
NICOLA SLARAGanO el acceso a reclamar por los derechos que puedan haber sido menoscabados.
"3ECRETARIO DE TRABAJO
PROVINCLA DEL CHUB Jue mediante el presente acuerdo se persigue el desarrollo y ejecución de políticas
' relacionadas con los derechos de los consumidores y usuarios para lo cual LA DIRECCIÓN
y LA MUNICIPALIDAD se comprometen a llevar acciones conjuntas y coordinadas para la
correcta aplicación de las disposiciones de la ley 24.240 y modificatoria Ley 26.361; Ley VII
N° 22 (antes Ley 4219) y su Decreto Reglamentario N°896/98; dar cumplimiento a lo
José Manuel PENDON
DIRECTOR GENEBAL
DE ASUNTOS LEGALES
SECAETARIA DE TRABAJC
dispuesto por Leyes Nacionales y Provinciales; promover, difundir y prevenir los Derechos
de los Consumidores y Usuarios; articular y coordinar acciones tendientes al
fortalecimiento, y desarrollo de lineamientos proyectados por LA DIRECCIÓN;
I - FUNCIONES.
Que para llevar adelante lo propuesto la LA DIRECCIÓN y LA MUNICIPALIDAD
acuerdan acciones a implementar comprometiéndose respectivamente a:
La Oficina de Receptoría dependiente de LA DIRECCIÓN será atendida por un
funcionario de ésta que deberá recabar toda la información del caso denunciado y
solicitar toda documental relacionada al reclamo, de la cual quiera valerse el
consumidor. En caso de ser conocido y/o posible recabará los datos del denunciado
YUSEFF
Diregior General de
de Consón
-SECRETARI