Ordenanza Municipal N° 185/2024/2024
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SR. PINO TITO IRIS-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HEy.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 185/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por el Sr. Pino Tito Iris (Expte. 140/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, el vecino solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la deuda
que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto inmobiliario,
dado que, cuenta con escasos recursos económicos y al día de la fecha se
encuentra gestionando la jubilación por discapacidad.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 establece que, se encuentran
exentos del pago del impuesto inmobiliario la unidad habitacional en donde residan
personas con discapacidad debidamente certificada.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo,. es
necesario que el contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
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presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo
Municipal, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la
exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad
de condonar la misma y eximirlo del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a
los fines que el contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del béneficio de exención mencionado con
anterioridad.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
/POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: CONDONASE al Sr. Pino Tito Iris DNI: 14.330661, la totalidad de lo
adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación de
la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como Objeto
10007316
ART. 2°: EXIMASE al Sr. Pino Tito Iris del pago del impuesto inmobiliario, desde la
fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por
el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art.
98 de la Ordenanza N° 201/23.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ART. 3°: NOTIFIQUESE al vecino informándole que, en
el mes de diciembre de
cada año deberá realizar los trámites de exención
de pago sobre el impuesto
inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo
establecido en el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 6 de septiembre de 2024.-
Dowl
Lic Lorena Anderson
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Acarar
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Pungi
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 18/2024, registrada como Ordenanza N° 185/2024;
POR TANTO:_Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archivese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17 de septiembre de 2024.
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel.
Luis María Aguirre
Secretario Gral. de Coordinación
Muniepalidad de Esquel