Ordenanza Municipal N° 190/2024/2024
PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. SILVIA CLARA MILLAHUALA-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HeD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración de/ 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N°190/2024
TEMA: - PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA DE IMPUESTOS
INMOBILIARIOS
VISTO: La nota presentada por la Sra. Millahuala Silvia Clara (Expte. 216/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Millahuala solicita mediante nota, se le otorgue un plan especial de
pago por la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de
impuestos inmobiliarios, con la condonación del cincuenta (50%) por ciento de los
intereses devengados.
Que, en razón de sus ingresos, no le permiten afrontar la totalidad de la misma dado
que no cuenta con empleo estable, pero si puede acceder a un plan especial
manteniendo voluntad de pago y cancelación de dicha deuda.
Que, por los antecedentes que obran en el expediente respectivo, los ediles que
conforman la comisión de hacienda del HCD, deciden emitir despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE un plan especial de pago a la Sra. Silvia Clara Millahuala DNI:
22.068.609, por el capital adeudado y el 50% de los intereses devengados en
concepto de deuda de impuestos inmobiliarios, hasta el 31 de julio del corriente,
consistente en doce (12) cuotas, por un valor de veintidós mil novecientos sesenta y
dos pesos con 87/100 cvos. ($22.962,87) cada una las que serán iguales,
mensuales y consecutivas, sin actualización ni intereses. Dicho plan recae sobre el
inmueble identificado como: 10010923
ART. 2°: CONDONANSE a la Sra. Millahuala,
el cincuenta por ciento de los
intereses devengados por la deuda de impuesto inmobiliario referenciada en el
artículo precedente, hasta el 31 de julio del corriente.
ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1º de la presente,
deberá concretarse dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos con la
Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, caso
contrario quedará sin efecto.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 06 de septiembre de 2024.-
tickebena
a Anderson
ALUAMa
12
Héctor Rubén Alvarez
Secretaria Legislatira a/c
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel |
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12º Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 18/2024, registrada como Ordenanza N°190 /2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal,
registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17
de septiem
urede 2024.
Luls María Aguirre
Secretario Gral. de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Marias A. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel