Ordenanza Municipal N° 193/2024/2024
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. MERCEDES CAMPOS
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N°193/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Mercedes Campos (Expte. 219/24) y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Campos solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado que, percibe una jubilación mínima.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario
por la única unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad
de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a
los fines que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con
anterioridad...*
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
. despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: CONDONASE a la Sra. Mercedes Campos DNI: 12.616.882 la totalidad de
lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación
de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como Objeto
10007508.
** r
H. Concejo Deliberante
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ART. 2º: EXIMASE a la Sra. Campos del pago del impuesto inmobiliario, desde la
fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por
el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art.
98 de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 3º: NOTIFÍQUESE a la Sra. Campos que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante
el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el
Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 6 de septiembre de 2024.-
lour
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Alvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 18/2024, registrada como Ordenanza N° 193/2024
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archivese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17 de septiembre de/2024.
Luis Maria Aguirre
Secretario Grat. de Goordinación
Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccetta
Intendent
Municipalidad de Esque