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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 197/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-09-06
Fecha de Promulgación: 2024-09-17
Ciudad: Esquel, Chubut

INCREMENTO MODULO TASA DE ACARREO VEHICULAR- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 197/2024 TEMA: INCREMENTO MODULO TASA DE ACARREO VEHICULAR VISTO: La Ordenanza Tarifaria n° 202/23, art. 57 - Tasa de Actuación Administrativa (arts. 216 a 224 del C.T.M.-. (Expte. 232/23) y, CONSIDERANDO: Que, mediante el art. 57 de la Ordenanza del VISTO, en el inciso H) ap. 12 se determina la Tasa a tributar por acarreo de vehículos a Depósito. Que, la cantidad de módulos a tributar por dicha actuación se encuentra establecida en la cantidad de VEINTE (20) MODULOS MUNICIPALES. Que, debido a los incrementos constantes en los precios de los combustibles e insumos en general, los proveedores del servicio de grúa para acarreo vehicular han aumentado los valores para efectuar los mismos. Que, en la actualidad se observa un desfasaje importante entre la tasa prevista por la Ordenanza Tarifaria vigente para dicho ítem y el precio del servicio informado por los prestadores. Que, en consecuencia y a fin de continuar con la utilización del servicio, en cumplimiento de las ordenanzas que establecen tales acarreos, se hace necesario incrementar la cantidad de módulos a abonar por parte de los infractores en concepto de Tasa de Actuación Administrativa por acarreo vehicular. Que, también es necesario establecer una cantidad mínima y máxima de módulos que contemple las diferentes distancias de recorrido y los diferentes tipos de vehículos a acarrear, pudiendo estos últimos tratarse desde motovehículos hasta vehículos de gran porte que dicha circunstancia será evaluada por la Justicia de Faltas, imponiéndose las tasas pertinentes en base a dichos parámetros. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente. ORDENANZA ESQUL H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ART. 1°: MODIFIQUESE el Art. 57° inc. H) apartado 12, de la Ordenanza Municipal 202/23 (Tarifaria 2024) que quedará redactado de la siguiente manera: "ART. 57°: ESTABLÉZCASE que, por las Tasas Administrativas que refiere el art. 216 del Código Tributario Municipal, se tributará: ...H) VARIOS: ... 12) Por el Acarreo de vehículos a Depósito desde MODULOS CUARENTA (40) a MODULOS SESENTA (60) dependiendo del tipo de vehículo y de trayecto de acarreo efectivamente recorrido que la Justicia de Faltas determinará en cada caso concreto, conforme las constancias obrantes en el Acta de infracción y en el Acta de Retiro de la Vía Pública". ART. 2°: IMPLEMENTASE la presente Ordenanza a partir del día de su promulgación. ART. 3°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archivese. Esquel, 6 de Septiembre de 2024.- H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Alasker Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 18/2024, registrada como Ordenanza N° 197/2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17 deseptiembre 2024. Luis Maria Aguirre Secretario Gral. de Coordinación Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta /Intendente unicipalidad de Esquel