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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 203/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-09-13
Fecha de Promulgación: 2024-09-17
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y LA ADMINISTRACION DE VIALIDAD PROVINCIAL- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HLy. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N°º203/2024 TEMA: RATIFICACION CONVENIO VISTO: El convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad Provincial (Expte. 273/24) y, CONSIDERANDO Que, el Convenio mencionado en el Visto establece que Vialidad proveerá de acuerdo a su disponibilidad, cien mil ochocientos (100.800) adoquines de hormigón. Que el destino de los mismos será la pavimentación de las siguientes arterias: 1) O'Higgins entre Av. Perón y Vuelta de Obligado, 2) Alsina, entre Av. Yrigoyen y Owen Jones y 3) Pasaje Pacheco entre Av. Alvear y Alsina. Que, la Municipalidad se hará cargo del transporte, movimiento de suelo y mano de obra para la colocación de adoquines, como así también de la devolución de la totalidad de tarimas que demande el transporte del presente convenio. Que, la Municipalidad aportará mensualmente y en treinta y seis (36) cuotas consecutivas el valor de cien mil ochocientos adoquines a un valor de pesos doscientos ochenta y cinco (285,00) cada uno. Que, por lo expuesto, corresponde ratificar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad Provincial. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos, el convenio de obra suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad Provincial el día 26 de julio de 2024, el cual se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Registrese, comuniquese y, cumplido, archivese. Esquel, 13 de Septiembre de 2024.- ???? tic. Lorena Anderson Héctor Rubén Alvarez Secretaria Legislativa a/c Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4° Sesión Especial del 2024, bajo Acta N° 19/2024, registrada como Ordenanza N° 203/2024 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, , dese al Boletín Municipal y cumplido archivese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN.. 17 de septiembre de 2024. Luis María Aguirre Secretario Gral. de Coordinación Municionlidad de Mattes F. Tacpétta Municipatinente squal REPUBLICA ARGENTINA Provincia del CHUBUT SÉCRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, ENERGIA Y PLANIFICACIÓN Administración de Vialidad Provincial DIREC 305 AGO 2024 elucion IMPUESTO NCION SUBJET Vall GON 220631 FERF. 26/01 PRESENT.# 05/09 RECEPTORIA Nº6 de frgen RAWSON - CHUBUT En la Ciudad de Esquel, de la Provincia del Chubut, a los.26o. días del mes de JUU del año 2024, entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, con domicilio legal en Love Jones Parry N° 533 de la ciudad de Rawson, representada en este acto por su PRESIDENTE, Cdor. Hernán Jesús TORTOLA, por una parte, en adelante, la ADMINISTRACIÓN y por la otra la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, con domicilio legal en Calle Bartolomé Mitre N° 524 de la ciudad de Esquel, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE, Cdor. Matias Federico TACCETTA, en adelante la MUNICIPALIDAD convienen en celebrar el presente convenio que se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD pavimentará con adoquines de hormigón provistos por la planta de la ADMINISTRACIÓN, las siguientes Calles I) O'Higgins entre Av. Perón y Vuelta de Obligado, 2) Alsina entre Av. Yrigoyen y Owen Janes y 3)Pasaje Pacheco entre Av. Alvear y Alsina, con una superficie total a pavimentar de DOS MIL QUINIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (2.520 m'), que se individualiza en el planos presentados por la MUNICIPALIDAD que como ANEXO 1, pasa a formar parte del presente.- SEGUNDA: La ADMINISTRACIÓN proveerá de acuerdo a la disponibilidad, a la MUNICIPALIDAD CIEN MIL OCHOCIENTOS (100.800) adoquines de hormigón puestos en la Fábrica de Trevelin.-- TERCERA: La MUNICIPALIDAD se hará cargo del transporte, movimiento de suelo y mano de obra para la colocación de los adoquines.-- CUARTA: La MUNICIPALIDAD se hará cargo de la devolución de la totalidad de las tarimas que demande el transporte del presente convenio. - QUINTA: La MUNICIPALIDAD aportará mensualmente y en treinta y seis (36) cuotas consecutivas el valor de CIEN MIL OCHOCIENTOS (100.800 )adoquines que demanda la realización de dicha obra, a partir de la firma del presente Convenio. A los efectos de los cálculos del monto a aportar, se fija precio al adoquín en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($285,00). El valor del adoquín se actualizará en forma mensual en el mismo porcentual de variación que tenga el precio de la bolsa de cemento, que informa la Secretaría de Infraestructura Energía y Planificación a través de la tabla de precios locales en el código Dr. JOSE LUIS SARRIES 1. IS.45. Se tomará como mes base para el cálculo de la actualización la fecha del presente ASESOR LEonvenio Administración Vialidad Provincial EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SI FIRMAN TRES (3) EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO EN EL LUGAR Y FECHA INDICADO EN EL ENCABEZADO. quei Cobr. HERI TÖRTOLA PFESIDENTE Vialidad Provincial madas F. Taccetta Munic bategone Esquel ES COPIA