Ordenanza Municipal N° 122/2020/2020
CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL CANNABIS MEDICINAL Y TERAPÉUTICO ESQUEL. ( leyes I nº 604 - I nº 588 Y LEY NAC 27.350)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCA
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2020 - AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERÍA AHORA"
ORDENANZA N° 122/2020
TEMA: CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL CANNABIS MEDICINAL Y
TERAPEUTICO ESQUEL
VISTO: La presentación realizada por el Sr. Federico la Banca del Vecino (Expte.
391/19), ?
CONSIDERANDO:
Que, en su presentación, el vecino solicita la creación de un Consejo Consultivo
Municipal que determine las politicas públicas relacionadas a la producción, control de
calidad y distribución con fines terapéuticos del Cannabis.
Que este HCD, adhirió a la Ley 1 N° 601 y Ley 1 588, mediante Ordenanza N° 81/2020.
Que mediante la Ley N° 27.350 se estableció un marco regulatorio para la investigación
médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de
cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud
Que, en su artículo 2°, dicha norma crea el "PROGRAMA NACIONAL PARA EL
ESTUDIO Y LA INVESTIGACIÓN DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE
CANNABIS, SUS DERIVADOS Y TRATAMIENTOS NO CONVENCIONALES", en la
órbita del Ministerio de Salud de la Nación, al tiempo que en el artículo siguiente
describe sus objetivos.
Que, asimismo establece que la Autoridad de Aplicación "... Podrá articular acciones y
firmar convenios con instituciones académico científicas, organismos
publicos y
organizaciones no gubernamentales"... (conf. art.5°).
Que, a
su vez el artículo 6° de la referida norma establece que la autoridad de
aplicación podrá autorizar el cultivo de cannabis por parte del Conicet e INTA con fines
de investigación médica ylo científica, así como para elaborar la sustancia para el
tratamiento que suminisirará el programa y que, en todos los casos, se priorizara y
fomentará la producción a través de los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP.
Que, mediante Resolución 1537-E/2017 del Ministerio d Salud de la Nación de fecha 21
de septiembre de 2017 se aprobó la reglamentación del PROGRAMA NACIONAL
PARA EL ESTUDIO Y LA INVESTIGACIÓN DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE
CANNABIS, SUS DERIVADOS Y TRATAMIENTOS NO CONVENCIONALES.
Que, a su vez, por conducto de la Resolución N° 258/18 del Ministerio de Seguridad de
la Nación se aprobaron las condiciones de habilitación en materia de seguridad de los
predios e instalaciones de cultivo de Cannabis.
Que, asimismo, la Resolución N° 133/2019 de la Secretaria de Regulación y Gestión
Sanitaria del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación de fecha 4 de junio de
2019, se aprobó el Régimen de Acceso de Excepción a productos que contienen
cannabinoides o derivados de la planta de cannabis destinados exclusivamente para
uso medicinal, ya sea para el tratamiento de un paciente individual con diagnóstico de
epilepsia refractaria o bien dentro del contexto de investigación científica.
Que resulta necesario promover investigaciones relacionadas con el uso del Cannabis
con fines terapéuticos con la finalidad de profundizar conocimientos y crear nuevos
saberes sobre su uso.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2020 - AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERÍA AHORA"
Que, tanto la materia prima vegetal, (es decir, de la flor, obtención de esquejes y
semillas de distintas genéticas para la variabilidad de uso terapéutico potencial de la
planta) serán obtenida a través de plantaciones realizadas en convenio con el instituto
Nacional de Tecnologia Agropecuaria (INTA).
Que, en el entendimiento que debe ser el Estado quien proponga y articule políticas
públicas, en este caso de investigación, desarrollo y salud, concibiendo como un
derecho humano básico que no solo está garantizado constitucionalmente, sino que
resulta la base fundante de una sociedad con inclusión y justicia social, la Comisión de
Asuntos Legales emite despacho favorable al proyecto de creación del Consejo
Consultivo Municipal del Cannabis Medicinal y terapéutico.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la LEY XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA:
ART. 1°: CRÉASE el "CONSEJO CONSULTIVO MUNICIPAL DEL CANNABIS
MEDICINAL Y TERAPÉUTICO" con los fines especificados en la presente ordenanza.
ART. 2°: DE SU CONFORMACIÓN: El Consejo Consultivo Municipal del Cannabis
Medicinal y terapéutico estará conformado por los siguientes Organismos e
instituciones de la Sociedad Civil, presentes en el territorio, como miembros
permanentes con voz y voto, sin exclusión de los que a futuro puedan crearse
relacionados con el sector, quienes participarán con un representante titular y un
suplente, debidamente acreditado, en las reuniones periódicas:
• Un representante del Servicio de Cuidados Paliativos del Hospital Zonal Esquel
• Un representante de la Dirección del H.Z.E
• Un representante del Honorable Concejo Deliberante
• Un representante de UNPat, Sede Esquel
• Un representante de INTA.
• Un representante de la Dirección de Producción de la Municipalidad de Esquel.
• Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Esquel.
•Un representante del CONICET-CIEFAP.
n • Un representante de CONICET-CIEMEP
• Cualquier otra Institución y/o persona que el Consejo considere que sea necesaria su
ART. 3º. DE SU FINALIDAD. Velar por la transparencia de las acciones emprendidas y
garantizar el cumplimiento de los derechos de la población en los términos de acceso a
la salud y la articulación con el Consejo, Consultivo Honorario Nacional creado por el
artículo N°9 de la Ley Nacional N° 27.350. Todos sus miembros deben cumplir con los
requisitos estipulados en el Decreto 738/2017, reglamentario de la Ley No 27.350.
ART. 4º: El Consejo Consultivo de Cannabis Medicinal y terapéutico tiene como
objetivos:
1. Constituirse en espacio de consulta y participación activa de la sociedad civil en la
temática del "PROGRAMA NACIONAL PARA EL ESTUDIO Y LA INVESTIGACIÓN
DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE CANNABIS, SUS DERIVADOS Y
TRATAMIENTOS NO CONVENCIONALES".
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2020 - AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERÍA AHORA"
2. Facilitar y estimular la inscripción de pacientes de la localidad en el Registro
Nacional tal como estipula el Art.8° DECRETO NACIONAL 738/2017.
3. Facilitar y estimular la incorporación de profesionales de instituciones públicas de la
localidad de Esquel vinculados a la temática en los diferentes estamentos que incluye
el PROGRAMA.
4. Facilitar y estimular los vínculos y el intercambio de información entre las
instituciones
públicas de la localidad de Esquel vinculadas temáticamente a la
investigación del Cannabis Medicinal con laboratorios y centros de investigación del
resto del pais.
5. Difundir material disponible del PROGRAMA y contribuir a generar el acceso a la
información pública.
6. Dictar su reglamento interno de funcionamiento (dentro de los 60 días de la primera
reunión) definiendo el carácter, la periodicidad de las reuniones y la articulación con el
Consejo Consultivo Honorario creado por Artículo 9° de la Ley Nacional N.° 27.350.
ART. 5°: El Consejo será un órgano consultivo, democrático, de característica
horizontal. Sus funciones serán ad honorem cumpliendo con los requisitos del art. 3 de
la presente Ordenanza.
ART. 6°: El D.E.M. convocará a la primera reunión en el plazo de 30 (treinta) días, a
partir de la promulgación de la presente.
ART. 7°: Regístrese, corquníquese, cumplido, archívese.
Esquel, 10 septiembre de 2020.-
Lorena Andet
Axq Alejandro Wengier
Secretaria Legislatioß a/c
H. Concejo Deliberante
Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9° Sesión Ordinaria de 2020, bajo Acta
N° 17/2020, registrada como Ordenanza N° 122/2020.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 1t de septiembre de 2020.
CDOR, TACCETTA MAYAS E
SECRETARIO DE COORDINACIÓN
DE GESTIÓN Y FINANZAS
MUNICIRALIDAD DE ESQUEL
Ara, SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel