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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 234/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-10-04
Fecha de Promulgación: 2024-10-10
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS Y PATENTE AUTOMOTOR- SR. JESUS DOMINGO RIOS-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 234/2024 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS Y PATENTE AUTOMOTOR VISTO: La presentación efectuada por el Sr. Ríos Jesús Domingo (Expte. 192/24) y, CONSIDERANDO: Que, dicho vecino solicita se le condone de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel concepto de patente automotor e impuestos inmobiliarios, y en su consecuencia, se lo exima del pago de ambos tributos por encontrarse encuadrado dentro de los beneficios de exención subjetiva establecido en el Código Tributario Municipal. Que, el Sr. Ríos cuenta con certificado único de discapacidad, siendo diagnosticado con enfermedad cerebrovascular, hemiplejia espástica y anormalidades de la marcha y movilidad. Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 establece que, se encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario la unidad habitacional en donde residan personas con discapacidad debidamente certificada. Que, asimismo, el art. 124 de la Ordenanza N° 201/23 establece una exención del pago del impuesto patente automotor estableciendo lo siguiente: " el beneficio por una única unidad, cuando la misma esté a nombre de la persona con discapacidad o afectada a su servicio; en este último caso el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente, progenitor afín en los términos del Código Civil y Comercial Que, dichas exenciones son subjetivas, es decir que, no obran de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que el contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago de patente automotor e impuesto inmobiliario para el año siguiente ante la Municipalidad, presentando el certificado de discapacidad correspondiente y encontrándose vigente, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, al Sr. Ríos, al haberle generado deuda del impuesto de patente e impuesto inmobiliario, corresponde al Concejo Deliberante condonarle dichas deudas y como consecuencia eximirlo del pago hasta el 31 de diciembre a los fines que, el contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención. Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: CODÓNASE al Sr. Ríos Jesús Domingo DNI: 10.304.689, la totalidad de lo adeudado en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como: 10004775. ART. 2°: CONDÓNASE al Sr. Ríos, la totalidad de lo adeudado en concepto de patente automotor hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza, que recae sobre el vehículo identificado como R0091057 ART. 3ª: EXÍMASE al Sr. Ríos del pago del impuesto de patente automotor e impuesto inmobiliario que recae sobre el vehículo e inmueble identificados en los artículos precedentes desde, la fecha de promulgación de la presente ordenanza hasta el 31 de Diciembre del corriente año, por encontrarse encuadrado dentro de lo estipulado en el Art. 98 y 124 del Código Tributario Municipal. ART. 4°: NOTIFÍQUESE al vecino informándole que, en el mes de diciembre de cada año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario y patente automotor ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el Art. 98 y 124 de la Ordenanza N° 201/23. ART. 5°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 04 de Octubre de 2024.- Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 21/2024, registrada como Ordenanza N°234/2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN: Jo de octubre de 2024. Luis María Aguirre Secretario Gral de Coordinación Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel