Ordenanza Municipal N° 240/2024/2024
RATIFICACION CONVENIO ESPECIFICO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y SECRETARIA DE BOSQUES DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT- PODA-RALEO-BAJA DE COMBUSTIBLE- DEPTO.EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HEY.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 240/2024
TEMA: RATIFICACION CONVENIO ESPECÍFICO
VISTO: El convenio específico celebrado entre la Municipalidad de Esquel y la
Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut (Expte. 234/23) y,
CONSIDERANDO:
Que, dicho convenio tiene como objeto la ejecución de actividades ligadas a la
silvicultura preventiva (poda, raleo y baja de combustible) en zona de interface y en
distintos sitios correspondientes a los Bosques Comunales de Esquel con riesgos de
incendios, como así también, el mantenimiento de cortafuegos existentes e
implementación de cartelería indicativa, bajo el marco de la implementación del
Decreto Provincial N° 1253/2021 que crea el programa de Prevención, mitigación,
remediación, y restauración de incendios forestales.
Que, mediante el presente convenio, se promueve a la protección de las zonas de
interface entre la ciudad y los bosques comunales ante los incendios forestales. Las
actividades silvícolas preventivas reducen la intensidad y propagación de los
incendios, lo que ayuda a proteger a las personas y sus hogares. Así también se
preserva la biodiversidad y se evita la degradación del suelo y la pérdida de hábitat
naturales.
Que, dicho convenio corresponde que sea ratificado por el Honorable Concejo
Deliberante, por lo que, la Comisión de Asuntos Legales ha emitido despacho
favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio específico suscripto entre
la Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Esquel, el
cual forma parte de la presente Ordenanza como Anexo I.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 04 de octubre de 2024.-
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14º Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 21/2024, registrada como Ordenanza N° 240/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 1o de octubre de 2024 1
FOLIO
NZO,
CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA DE BOSQUES DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT Y LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Entre la SECRETARÍA DE BOSQUES DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, con domicilio
en calle 25 de mayo 893 de la localidad de Esquel, representada en este acto por la Sra.
Secretaria de Bosques, Ing. Ftal. Cecilia Adriana GAJARDO (DNI N° 27.403.233), en
adelante "LA SECRETARÍA" (CUIT 30-71435874-6), y la MUNICIPALIDAD
DE
ESQUEL (CUIT 30-99909329-5), con domicilio en Bartolomé Mitre 524 de la ciudad de
Esquel, Chubut, representada en este acto por su Intendente, el Sr. Matías Federico
TACCETTA (DNI N° 26.250.195), en adelante "LA MUNICIPALIDAD", en el marco de la
implementación del Decreto Provincial N° 635/2024, acuerdan desarrollar TAREAS DE
PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES en el ejido de Esquel, con el objeto de poner
en práctica trabajos de podas y raleos para prevenir incendios forestales con énfasis en los sitios
donde se entremezcla la vegetación con tendidos eléctricos; convienen celebrar el presente
Convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA SECRETARÍA y LA MUNICIPALIDAD en el marco de la implementación
del Decreto Provincial N° 635/2024, acuerdan desarrollar TAREAS DE PREVENCIÓN DE
INCENDIOS FORESTALES en el ejido de Esquel, para prevenir incendios forestales con
énfasis en los sitios donde se entremezcla la vegetación con tendidos eléctricos, en sitios a
determinar por LA MUNICIPALIDAD y autorizados por LA SECRETARÍA, dentro del ejido de
Esquel.--
SEGUNDA: La MUNICIPALIDAD será la encargada de brindar los recursos humanos que
requieran las tareas, de realizar las compras y asignación de materiales e insumos y
contrataciones necesarias para implementar TAREAS DE PREVENCION DE INCENDIOS
FORESTALES creado por el Decreto Provincial N° 635/2024. La línea de trabajo prioritaria
para este acuerdo es la protección y prevención activa contra incendios forestales en época
estival y disminuir el riesgo de corte de líneas eléctricas por presencia de vegetación en época
invernal.-
TERCERA: LA SECRETARÍA prestará colaboración y asesoramiento técnico a LA
MUNICIPALIDAD, y realizará el monitoreo de las actividades realizadas en el marco del
acuerdo. -
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD presentará y acordará con LA SECRETARÍA, en un plazo
de treinta (30) treinta días a contar desde, la firma de este acuerdo, un Plan de Trabajo detallado
para la implementación del acuerdo indicando como mínimo: Justificación, Objetivos,
Actividades, Cronograma, Presupuesto, Resultados Esperados e Indicadores de Cumplimiento;
con ajuste a las líneas de trabajo enunciadas en la cláusula SEGUNDA. El Plan de Trabajo
deberá estar acompañado con la documentación técnica que corresponda según las actividades a
ejecutar.
LA MUNICIPALIDAD designará un representante técnico y responsable administrativo para la
implementación del acta acuerdo, quienes serán los responsables de realizar informes periódicos
sobre los avances del trabajo y mantener comunicación permanente con el personal técnico de
LA SECRETARIA.-
1
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
QUINTA: LA SECRETARÍA entregará un Aporte Económico NO Reintegrable con cargo d
ejecución y rendición a LA MUNICIPALIDAD por un monto de PESOS VEINTE MITT ANT
($20.000.000,00) con ajuste al presupuesto del Plan de frabajo establecido en la cláusul
CUARTA y como único aporte bajo todo concepto para su aplicación a este Acta Acuerdo qu
será transferido una vez que se encuentren cumplidos los recaudos legales y administrativos de l.
Provincia del Chubut. ---
SEXTA: LA MUNICIPALIDAD deberá rendir cuentas de la aplicación de los recursos que si
transfieran en virtud del presente Acta de Acuerdo según la normativa de la Provincia del Chubu
aplicable en la materia. En razón de ello y sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de las
obligaciones establecidas en la normativa vigente, se establece el siguiente detalle:
- Informe de actividades.
- Copia de los extractos bancarios correspondientes a la cuenta bancaria pertinente o
documentación pertinente que acredite la efectiva transferencia de fondos por parte de
LA SECRETARÍA y la recepción por parte de LA MUNICIPALIDAD y de la
MUNICIPALIDAD a los terceros que ésta contrate.
- Planilla de Rendición de Comprobantes que respaldan la rendición de cuentas, indicando
mínimamente: número de factura o recibo, Clave Única de Identificación Tributaria
(CUIT) del emisor, denominación o razón social, fecha de emisión, concepto e importe,
fecha de cancelación, número de orden de pago o cheque; en las Facturas A o B el
Código de Autorización de Impresión deberá estar vigente al momento de su emisión.
- Comprobantes de gastos con la validación de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP).
Toda la documentación deberá presentarse en original. En caso de presentar copias las mismas
deben estar claramente legibles y debidamente certificadas. La SECRETARÍA podrá requerir
todo otro dato o comprobante complementario. --
SÉPTIMA: La duración del presente acuerdo es de DOCE MESES (12 meses) a contar a partir
de la fecha de transferencia de fondos por parte de LA SECRETARÍA a LA MUNICIPALIDAD.
OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD será responsable por la aplicación eficaz y efectiva de los
fondos asignados, debiendo restituir aquellos importes que no sean utilizados o que no sean
debidamente aplicados de acuerdo al del Plan de Trabajo previsto en la cláusula CUARTA. A los
efectos de supervisar y conformar el cumplimiento de las actividades que se derivan de la
aplicación del Plan de Trabajo, la SECRETARÍA se encuentra facultada para realizar las
auditorias técnicas y financieras que consideren necesarias para verificar el cumplimiento del
Plan de Actividades. -__
NOVENA: Las partes fijan domicilio a los efectos de la presente en los mencionados en el
encabezado y se someten a la competencia de los tribunales ordinarios de la Circunscripción
Judicial del Noreste del Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, renunciando a cualquier otro
fuero o jurisdicción que les pudiere corresponder.
En la localidad de Esquel, a los 25 días del mes de abril de 2024, se firman dos (2) ejemplares de
un mismo tenor, como prueba de conformidad.
2
Matías F. Taccetra
Amendente
Miminalidad
ing. Ftal. Cajardo Cecilia
Secretaria de Bosques
al chubut.